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Decreto Local 005 de 2022

Decreto Local 005 de 2022 Alcaldía Local de Suba

Tipo
Decreto Local
Número
005
Año
2022
Fecha
19 de abril de 2022
Entidad
Alcaldía Local de Suba
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 005 DE 2022

(Abril 19)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal 2022_

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.1.i.2) del numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 en relación a los traslados presupuestales señala: _“(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”_ Que el numeral 3.9.1. del Manual Operativo Presupuestal - Fondos de Desarrollo Local – FDL, en relación al Traslado Presupuestal señala: _Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto_, _previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.”_ Que de conformidad con el parágrafo del artículo 9° de la Circular Externa DDP-N°.000008 del 31 de diciembre de 2019, cuando el traslado al interior de los gastos de funcionamiento estén a nivel 5° y no cambie los valores inicialmente aprobados, será incorporada la modificación por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto solamente con el Decreto firmado por el Ordenador del Gasto.

Que el Fondo de Desarrollo Local de Suba requiere hacer un traslado presupuestal al interior del agregado funcionamiento por valor de QUINCE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS MCTE ($15.781.653) con el fin de incorporarle recursos al rubro “O212020200701030571354 _“Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción”_, con el fin de garantizar la continuidad del contrato de seguros generales para la entidad. Por lo anteriormente expuesto, se hace necesario efectuar un Contrarédito de QUINCE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS MCTE ($15.781.653) dentro del agregado Gastos de Funcionamiento, de los rubros O212020200701030471341 _“Servicios de seguros por accidentes personales_ ”, O212020200701030571351 “Servicios de seguros de vehículos automotores” y O212020200701030571355 “Servicios de seguros generales de responsabilidad civil” de la vigencia de 2022, de la siguiente manera: En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Suba,

DECRETA:

Artículo 1. Efectúense el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | CONTRACRÉDITOS ---|---|--- O2 | Gastos | 15.781.653 O21 | Gastos de Funcionamiento | 15.781.653 O212 | Adquisición de bienes y servicios | 15.781.653 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | 15.781.653 O2120202 | Adquisición de servicios | 15.781.653 O2120202007 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | 15.781.653 O212020200701 | Servicios financieros y servicios conexos | 15.781.653 O21202020070103 | Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de segu- ridad social de afiliación obligatoria) | 15.781.653 O2120202007010304 | Servicios de seguros de salud y de accidentes | 498.202 O212020200701030471341 | Servicios de seguros por accidentes personales | 498.202 O2120202007010305 | Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | 15.283.451 O212020200701030571351 | Servicios de seguros de vehículos automotores | 12.140.515 O212020200701030571355 | Servicios de seguros generales de responsabilidad civil | 3.142.936 TOTAL CONTRACRÉDITO | | 15.781.653 Artículo 2. Efectúense el siguiente crédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2021, de conformidad con el siguiente detalle:

CÓDIGO | CONCEPTO | CONTRACRÉDITOS ---|---|--- O2 | Gastos | 15.781.653 O21 | Gastos de Funcionamiento | 15.781.653 O212 | Adquisición de bienes y servicios | 15.781.653 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | 15.781.653 O2120202 | Adquisición de servicios | 15.781.653 O2120202007 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | 15.781.653 O212020200701 | Servicios financieros y servicios conexos | 15.781.653 O21202020070103 | Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) | 15.781.653 O2120202007010304 | Servicios de seguros de salud y de accidentes | 498.202 O212020200701030471341 | Servicios de seguros por accidentes personales | 498.202 O2120202007010305 | Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | 15.283.451 O212020200701030571351 | Servicios de seguros de vehículos automotores | 12.140.515 O212020200701030571355 | Servicios de seguros generales de responsabilidad civil | 3.142.936 TOTAL CONTRACRÉDITO | | 15.781.653 Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de abril del año 2022.

JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN

Alcalde Local de Suba

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