Decreto Local 001 de 2022
Decreto Local 001 de 2022 Alcaldía Local de Usaquén
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 001
- Año
- 2022
- Fecha
- 9 de marzo de 2022
- Entidad
- Alcaldía Local de Usaquén
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 001 DE 2022
(Marzo 09)
_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2022_
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local –FDL- y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, establece para las modificaciones presupuestales: _“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente”:_ Numeral primero: _“(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”._ Que el Artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación _: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales,_ se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local” (…).
Que el mismo numeral establece: _“Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)”._ Que el fondo de Desarrollo Local de Usaquén requiere adelantar la contratación de la póliza de manejo global por un valor de TREINTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE ($ 33.990.755) para el funcionamiento y la misionalidad del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, con el fin proteger a la entidad contra los riesgos que impliquen menoscabo de fondos y bienes causados por sus servidores públicos. Con el fin de adelantar esta contratación, se requiere contraacreditar los siguientes rubros: Para acreditar el rubro O212020200701030571359 otros seguros otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida N.C.P., por un valor total de TREINTA Y TRES MILLONES. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle: Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle: Artículo 3. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. Artículo 4. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes. Artículo 5. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=122198). COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a 09 días del mes de marzo del año 2022.
JAIME ANDRÉS VARGAS VIVES
Alcalde Local Usaquén
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