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Resolución 463 de 2022

Resolución 463 de 2022 Secretaría Distrital de Salud

Tipo
Resolución
Número
463
Año
2022
Fecha
7 de marzo de 2022
Entidad
Secretaría Distrital de Salud
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 463 DE 2022

(Marzo 07)

_Por la cual se delega la coordinación de la Comisión para el goce de un ambiente sano, la salubridad pública en la ronda hídrica del río Tunjuelo_

EL SECRETARIO DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ D.C.

En uso de sus facultades legales y en especial, las conferidas en el artículo 3 del Decreto 507 de 2013

CONSIDERANDO:

Que según el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política de Colombia _“La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.”_ Que la Ley [489 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186)de 1998 _“Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales[15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#189.n.15) y [16](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#189.n.16) del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”_ dispone en el artículo [4o](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#4).: _“FINALIDADES DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA. La función administrativa del Estado busca la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes, de conformidad con los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política. Los organismos, entidades y personas encargadas, de manera permanente o transitoria, del ejercicio de funciones administrativas deben ejercerlas consultando el interés general.”_ Que de conformidad con el artículo [9º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) ibidem _“Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.”_ Que el Decreto [507](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55363) de 2013 _“Por el cual se modifica la Estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C.”_ consagra en el artículo [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55363#1): _“La Secretaría Distrital de Salud es un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y financiera que tiene por objeto orientar y liderar la formulación, adaptación, adopción e implementación de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias conducentes a garantizar el derecho a la salud de los habitantes del Distrito Capital. Como organismo rector de la salud ejerce su función de dirección, coordinación, vigilancia y control de la salud pública en general del Sistema General de Seguridad Social y del régimen de excepción, en particular.”_ Que, mediante el Decreto Distrital [818](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88647) de 2019 “Por el cual se articula el esquema de cumplimiento del fallo judicial proferido dentro de la acción popular No. 25000-23-25-000-2001-00544-01”, modificado por el Decreto Distrital [043](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107356) de 2021, la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. conformó la Comisión para el goce de un ambiente sano, la salubridad pública en la ronda hídrica del río Tunjuelo, de la cual es integrante la Secretaría Distrital de Salud.

Que en las voces del artículo [1 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88647#1)del citado Decreto Distrital 818 de 2019, modificado por el Decreto Distrital [043](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107356) de 2021, la mencionada instancia es una Comisión Especial de Coordinación y Apoyo Interinstitucional conformada, para coordinar y ejecutar las acciones administrativas según la competencia misional y funcional de cada una de las entidades distritales que la integren, con el fin de apoyar de manera directa e indirecta el cumplimiento de las providencias proferidas dentro de la Acción Popular 25000-23-25-000-2001- 00544-01.

Que de conformidad con el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88647#1.p.1) del artículo 1º ibidem corresponde a la Secretaría Distrital de Salud coordinar la aludida Comisión, gestión que implica liderar y armonizar el trabajo de las entidades que la conforman, estructurar un cronograma de actividades, reportar trimestralmente el cumplimiento de la sentencia, exclusivamente en lo relacionado con la función de la comisión, a la Dirección Distrital de Gestión Judicial de la Secretaria Jurídica Distrital. Que, la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Salud, emitió concepto sobre la procedencia de delegación por parte del señor Secretario Distrital de Salud, si lo considera necesario, de la atención y decisión de los asuntos a él confiados a través del artículo [1o](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88647#1). del Decreto Distrital 818 de 2019 en la Subdirectora de Vigilancia en Salud Pública por ser empleada pública del nivel directivo de conformidad con los criterios establecidos en la Ley [489](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186) de 1998. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Delegar en la (el) Subdirectora (Subdirector) de Vigilancia en Salud Pública de la Secretaría Distrital de Salud las funciones que le asigna el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88647#1.p.1) del artículo 1º del Decreto 818 de 2019, modificado por el del Decreto [043](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107356) de 2021, de coordinar la Comisión para el goce de un ambiente sano, la salubridad pública en la ronda hídrica del río Tunjuelo, lo cual implica liderar y armonizar el trabajo de las entidades que la conforman, estructurar un cronograma de actividades, reportar trimestralmente el cumplimiento de la sentencia, exclusivamente en lo relacionado con la función de la comisión, a la Dirección Distrital de Gestión Judicial de la Secretaría Jurídica Distrital. Artículo 2. La presente Resolución rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=121837). Dada en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes marzo del año 2022.

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

ALEJANDRO GÓMEZ LÓPEZ

Secretario Distrital de Salud

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