Resolución 105 de 2022
Resolución 105 de 2022 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 105
- Año
- 2022
- Fecha
- 4 de marzo de 2022
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 105 DE 2022
( Marzo 04)
_Por la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., para la vigencia fiscal de 2022_
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001 y, el Decreto Distrital 061 de 2022
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal [g)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#13.l.g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996[1], _"Las apropiaciones deben referirse en cada Entidad de la Administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas."_ Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que _"Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones (...)”._ Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10)[°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto Distrital No. 192 de 2021 _"Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones",_ establece que: _"Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación._ __ _Parágrafo Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).”_ Que mediante el Decreto Distrital No. [540](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119620#0) del 24 de diciembre de 2021, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Decreto Distrital [518](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119300#0) del 16 de diciembre de 2021.
Que mediante comunicación 3-2022-7427 del 1 de marzo de 2022 la Dirección de Talento Humano, solicita recursos con el propósito de dar continuidad a la implementación y consolidación del teletrabajo en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., en cumplimiento a las metas trazadoras No. 74 y 75, identificadas dentro del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 _"Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI"._ Que el presente traslado no modifica el monto agregado de las apropiaciones de funcionamiento y, al encontrarse dentro de las causales en las que se exceptúa el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, se hace mediante resolución expedida por el representante de la entidad. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°-: Efectuar el siguiente traslado presupuestal interno en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2022, por valor de Ocho Millones Cuatro Cientos Ochenta y Tres Mil Tres pesos ($ 8.483.003) m/cte, así: | RUBRO| DESCRIPCION RUBRO| CREDITO | CONTRACREDITO ---|---|---|--- 02| Gastos| 8.483.003| 8.483.003 021| Funcionamiento| 8.483.003| 8.483.003 0212| Adquisición de bienes y servicios| 8.483.003 | 8.483.003 021202| Adquisiciones diferentes de activos| 8.483.003| 8.483.003 02120202| Adquisición de servicios| 8.483.003| 8.483.003 02120202007| Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios servicios de leasing| -| 8.483.003 0212020200703| Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario| -| 8.483.003 021202020070373122| Servicios de arrendamiento o de alquiler de maquinaria y equipo de construcción sin operario| | 8.483.003 02120202008| Servicios prestados a las empresas y servicios de producción| 8.043.003| - 0212020200804| Servicios de telecomunicaciones, transmisión suministro de información| 8.043.003| - 021202020080484222| Servicios de acceso a Internet de banda ancha| 8.483.003| Artículo 2°-: Ordenar a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., efectuar el trámite correspondiente en el Sistema Hacendario Distrital.
Artículo 3°-: Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección de Administrativa y Financiera, y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Artículo 4°-: Contra la presente resolución no procede recurso alguno de reposición o de apelación.
Dada en Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de marzo del año 2022.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
MARÍA CLEMENCIA PEREZ URIBE
Secretaría General
NOTA DE PIE DE PÁGINA:
[1] _"Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital"_
__
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