Jurismart

Directiva Presidencial 03 de 2022

Directiva Presidencial 03 de 2022 Presidencia de la República

Tipo
Directiva Presidencial
Número
03
Año
2022
Fecha
8 de marzo de 2022
Entidad
Presidencia de la República
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO NUMERO DIRECTIVA PRESIDENCIAL 003 DE 2022 **(Marzo 08)

[Derogada por la Directiva Presidencial 001 de 2023.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=138541#0) PARA: MINISTROS DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS ENTIDADES DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL RAMAS DEL PODER PÚBLICO ÓRGANOS AUTÓNOMOS Y DE CONTROL Y VIGILANCIA ENTIDADES TERRITORIALES**

DE: PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

ASUNTO: PROTOCOLOS PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE ACOSO SEXUAL Y/O DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DEL SEXO EN EL ÁMBITO LABORAL

FECHA: 8 MAR 2022 El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - DAPRE elaboró el "Protocolo para Prevención y Atención de Acoso Sexual y/o Discriminación por Razón del Sexo en el Ámbito Laboral", como materialización de la política de cero tolerancia a la violencia contra las mujeres que debe primar en el ejercicio de la Función Pública y en línea con el Pacto por la Equidad de las Mujeres del Plan Nacional de Desarrollo 2018 2022 "Pacto por Colombia, pacto por la Equidad", que incluye como una de las líneas de política el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencias. Acorde con lo anterior y con el ánimo de fortalecer la institucionalidad encargada de prevenir, atender y proteger a las mujeres víctimas de la violencia de género en el ámbito laboral y de construir espacios de trabajo seguros y libres de violencia, acoso, y discriminación contra las mujeres, y en los que prime el respeto por la protección de sus derechos, los representantes legales de los Ministerios, Departamentos Administrativos y demás entidades de la rama Ejecutiva del orden nacional, deberán atender las siguientes directrices: 1. En un plazo no mayor a tres (3) meses, contados a partir de la expedición de la presente directiva, crear e implementar al interior de sus entidades Protocolos contra el acoso sexual y/o discriminación por razón del sexo en el ámbito del trabajo. Para efectos de la elaboración del referido Protocolo se debe tener en consideración, en especial, lo dispuesto en las Leyes [734](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4589) de 2002, [1010](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18843) de 2006, [1257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34054) de 2008 y [1752](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61858) de 2015, así como las demás normas que resulten aplicables. 2. Promover el conocimiento e implementación del protocolo al interior de la entidad, documento que debe ser de obligatorio conocimiento del personal vinculado a cualquier título a la entidad, especialmente en su proceso de ingreso e inducción a la misma. 3. Implementar acciones para la prevención, atención y protección a las mujeres víctimas de la violencia de género en el ámbito laboral, en el marco de sus competencias. 4. Especificar la ruta de atención y orientación institucional ante las denuncias que deban presentarse por acoso sexual y/o discriminación por razón del sexo en el ámbito laboral, ante las autoridades pertinentes. 5. Adoptar acciones destinadas a erradicar toda forma de violencia verbal de género y/o con connotación sexual, incluyendo el uso de apelativos o denominaciones de tipo romántico o erótico para dirigirse a las personas, o que se enfoquen en su apariencia corporal. 6. Adoptarán acciones destinadas a erradicar toda forma de violencia física por razones de sexo o género, incluyendo cualquier contacto físico indebido. 7. Coordinar con la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la expedición de los protocolos. 8. Fomentar mediante procesos formativos, pedagógicos, comunicativos, de transformación cultural u otras estrategias, una cultura institucional de cero tolerancia al acoso sexual y/o discriminación por razón del sexo o género en el ámbito del trabajo, con perspectiva de género y de derechos de las mujeres. En igual medida, se invita a las demás ramas del poder público, a los entes autónomos, los organismos de control y vigilancia y las entidades territoriales a adoptar las medidas que permitan fortalecer la institucionalidad encargada de prevenir, atender y proteger a las mujeres víctimas de la violencia de género en el ámbito laboral y de construir espacios de trabajo seguros y libres de violencia, acoso, y discriminación contra las mujeres, y en los que prime el respeto por la protección de sus derechos, en los términos antes señalados. Acompaño a la presente copia el Protocolo para Prevención y Atención de Acoso Sexual y/o Discriminación por Razón del Sexo en el Ámbito Laboral elaborado por el Departamento Administrativo de la Presidencia de Ia República, el cual puede servir de guía para las entidades que así lo consideren. Bogotá D.C., a los 08 días del mes de marzo del año 2022

IVAN DUQUE MARQUEZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar