Decreto Local 001 de 2022
Decreto Local 001 de 2022 Alcaldía Local de Teusaquillo
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 001
- Año
- 2022
- Fecha
- 3 de marzo de 2022
- Entidad
- Alcaldía Local de Teusaquillo
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 001 DE 2022
(Marzo 03)
_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2022_
LA ALCALDESA LOCAL DE TEUSAQUILLO (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que según los establecido en el [párrafo tercero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.p.3) del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: _“Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”._ Que el parágrafo único del artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 2021, dispone que … _“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”_ Que existe un saldo de apropiación disponible en los rubros de gastos de funcionamiento O212020200701030471347 _“Servicio de seguro obligatorio de SOAT”_ por valor de $ 1.706.800; O212020200701030571354 _“Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción”_ por valor de $ 8.411.066; y O212020200701030571359 _“Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida N.C.P.”_ por valor de $11.000.000; los cuales pueden ser utilizados para fortalecer rubros necesarios para el desarrollo de la gestión institucional. Que, en consecuencia, dichos recursos serán adicionados a los rubros O21202020070103010271311 _“Servicios de seguros de vida individual” por valor de $ 3.052.685, O212020200701030571351 “Servicios de seguros de vehículos”_ por valor de $ 9.275.401, y O212020200701030571355 _“Servicios de seguros generales de responsabilidad civil”_ por valor de $8.789.781, dichas adiciones le permitirán a la Administración Local dar cumplimiento al desarrollo de su misionalidad, amparando los intereses patrimoniales, así como los bienes que estén bajo su responsabilidad, custodia, cuidado y control, o por los que pueda ser legalmente responsable, así como la expedición de cualquier otra póliza de seguros que requiera la entidad en el desarrollo de su actividad. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle: | CODIGO | NOMBRE | CONTRACREDITO ---|---|--- O2 | Gastos | $ 21.117.866 O21 | Funcionamiento | $ 21.117.866 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ 21.117.866 O21202 | Adquisición de diferentes activos | $ 21.117.866 O2120202 | Adquisición de servicios | $ 21.117.866 O2120202007 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | $ 21.117.866 O212020200701 | Servicios financieros y servicios conexos | $ 21.117.866 O21202020070103 | Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) | $ 21.117.866 O2120202007010304 | Servicios de seguros de salud y de accidentes | $ 1.706.800 O212020200701030471347 | Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) | $ 1.706.800 O2120202007010305 | Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | $ 19.411.066 O212020200701030571354 | Servicios de Seguros contra incendio, terremoto o sustracción | $ 8.411.066 O212020200701030571359 | Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida N.C.P. | $ 11.000.000 TOTAL CONTRACREDITOS | $ 21.117.866 Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:
CODIGO | NOMBRE | CREDITO ---|---|--- O2 | Gastos | $ 21.117.866 O21 | Funcionamiento | $ 21.117.866 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ 21.117.866 O21202 | Adquisición de diferentes activos | $ 21.117.866 O2120202 | Adquisición de servicios | $ 21.117.866 O2120202007 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | $ 21.117.866 O212020200701 | Servicios financieros y servicios conexos | $ 21.117.866 O21202020070103 | Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) | $ 21.117.866 O2120202007010301 | Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | $ 3.052.685 O212020200701030102 | Ediles | $ 3.052.685 O21202020070103010271311 | Servicios de Seguros de vida individual | $ 3.052.685 O2120202007010305 | Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | $ 18.065.182 O212020200701030571351 | Servicios de seguros de vehículos automotores | $ 9.275.401 O212020200701030571355 | Servicios de seguros generales de responsabilidad civil | $ 8.789.781 TOTAL CREDITOS | $ 21.117.866 Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.
Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de marzo del año 2022.
ROSA ISABEL MONTERO TORRES
Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)
NOTA: Ver Anexos.
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