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Resolución 006 de 2022

Resolución 006 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
006
Año
2022
Fecha
22 de febrero de 2022
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 006 DE 2022

**( Febrero 22 )

**[Derogada por el art. 53, Decreto Distrital 337 de 2025.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=187234#53)

_Por medio de la cual se delega la participación del/la alcalde/sa mayor de Bogotá D. C., en el Comité Nacional de Coordinación Interinstitucional de la Jurisdicción de Paz y en el Comité de Coordinación Interinstitucional de la Jurisdicción de Paz del Distrito Capital de Bogotá_

**LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el articulo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política, establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que de conformidad con el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998 _"Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones ",_ las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que el artículo [40](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#40) del Decreto Ley 1421 de 1993, faculta a la alcaldesa mayor para delegar las funciones que le asignen la ley y los acuerdos distritales, en los secretarios, jefes de departamento administrativo, gerentes o directores de entidades descentralizadas, en los funcionarios de la administración tributaria, y en las juntas administradoras y los alcaldes locales.

Que el artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#17) del Acuerdo Distrital 257 de 2006 _"Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones"_, determina que las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras entidades con funciones afines o complementarias.

Que el Acuerdo PCSJAI 9-11426 de 2019, proferido por el Consejo Superior de la Judicatura, creó el Comité Nacional de Coordinación Interinstitucional de la Jurisdicción de Paz, el cual fue adicionado con el artículo 7B por el Acuerdo PCSJA22-11924 de 2022, estableciendo que el alcalde mayor de Bogotá o su delegado, formará parte del Comité Nacional de Coordinación Interinstitucional de la Jurisdicción de Paz. Que, de igual forma, el citado Acuerdo PCSJA22-11924 de 2022, adicionó el artículo 7A al Acuerdo PCSJA19-11426 de 2019, señalando que el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá creará el Comité de Coordinación Interinstitucional de la Jurisdicción de Paz del Distrito Capital de Bogotá, el cual estará conformado, entre otros miembros, por el alcalde mayor de Bogotá D.C. o su delegado.

Que de las citadas instancias formarán parte los representantes de los jueces de paz y reconsideración de las localidades de Bogotá D.C., elegidos de conformidad con lo previsto en el Acuerdo PCSJA2211924 de 2022 del Consejo Superior de la Judicatura, siendo del caso precisar que la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, tiene a su cargo la posesión de los jueces de paz y reconsideración, así como la aceptación de las renuncias de los mismos, según lo previsto en el Decreto [493](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119178) de 2021.

Que por lo anterior se hace necesario delegar en el/la secretario/a distrital de seguridad, convivencia y justicia, la participación del/la alcalde/sa mayor en el Comité Nacional de Coordinación Interinstitucional de la Jurisdicción de Paz y en el Comité de Coordinación Interinstitucional de la Jurisdicción de Paz del Distrito Capital de Bogotá. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar en el/la secretario/a distrital de seguridad, convivencia y justicia, la participación del/la alcalde/sa mayor en el Comité Nacional de Coordinación Interinstitucional de la Jurisdicción de Paz y en el Comité de Coordinación Interinstitucional de la Jurisdicción de Paz del Distrito Capital de Bogotá. Artículo 2°.- Comunicar la presente resolución al secretario distrital de seguridad, convivencia y justicia, en el despacho de la entidad respectiva, y a la doctora Diana Alexandra Remolina Botía, magistrada del Consejo Superior de la Judicatura, en la dirección Calle 12 No. 7 - 65, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, Artículo 3 °.-** La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D. C., a los 22 días del mes de febrero del año 2022. CLAUDIA LÓPEZ HERNÁNDEZ

Alcaldesa Mayor de Bogotá

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