Resolución 011 de 2022
Resolución 011 de 2022 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General
- Tipo
- Resolución
- Número
- 011
- Año
- 2022
- Fecha
- 31 de enero de 2022
- Entidad
- Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 011 DE 2022
(Enero 31)
_Por la cual se adoptan los Instrumentos Archivísticos de Gestión de la Información Pública en el Instituto Distrital de Turismo_
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere los artículos 2.8.2.5.10. y 2.8.5.2 del Decreto 1080 de 2015, el artículo 2.1.1.5.2. del Decreto 1081 de 2015, el Artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, D.C., el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 01 de 2007, el literal c) del Artículo 4 del Acuerdo 008 de 2016, modificado por el Acuerdo 006 de 2019 de la Junta Directiva, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 74 de la Constitución Política dispone _“T odas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley”._ Que la Ley 594 de 2000 _“ Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones”, _en su artículo 21 frente a los Programas de Gestión Documental establece que _“ las entidades públicas deberán elaborar programas de gestión de documentos, pudiendo contemplar el uso de nuevas tecnologías y soportes, en cuya aplicación deberán observarse los principios y procesos archivísticos.”_ Que la Ley 1712 de 2014 en el artículo 15 define que el “ _Programa de Gestión Documental._ _Dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, los sujetos obligados deberán adoptar un Programa de Gestión Documental en el cual se establezcan los procedimientos y lineamientos necesarios para la producción, distribución, organización, consulta y conservación de los documentos públicos. Este Programa deberá integrarse con las funciones administrativas del sujeto obligado. Deberán observarse los lineamientos y recomendaciones que el Archivo General de la Nación y demás entidades competentes expidan en la materia.”_ Que el artículo 2.1.1.5.4.1 del Decreto Nacional 1081 de 2015 _,_ establece que _“En desarrollo de la Ley 1712 de 2014 se entenderá por Programa de Gestión Documental el plan elaborado por cada sujeto obligado para facilitar la identificación, gestión, clasificación, organización, conservación y disposición de la información pública, desde su creación hasta su disposición final, con fines de conservación permanente o eliminación”_ Que el artículo 2.8.2.5.8. del Decreto 1080 de 2015, establece los instrumentos archivísticos para la gestión documental, estableciendo que “ _La gestión documental en las entidades públicas se desarrollará a partir de los siguientes instrumentos archivísticos:_ __ _(…)_ __ _c) El Programa de Gestión Documental (PGD)._ __ _d) Plan Institucional de Archivos de la Entidad (PINAR).”_ Que el artículo 2.8.5.2. del Decreto Nacional 1080 de 2015 y el artículo 2.1.1.5.2. del Decreto Nacional 1081 de 2015 estipulan que el Programa de Gestión Documental debe ser adoptado y actualizado por medio de acto administrativo o documento equivalente de acuerdo con el régimen legal al sujeto obligado. __ Que el artículo 2.8.2.5.11 __ del Decreto Nacional 1080 de 1015 establece que _“El Programa de Gestión Documental (PGD) debe ser aprobado por el Comité de Desarrollo Administrativo conformado en cada una de las entidades del orden nacional o el Comité Interno de Archivo en las entidades del orden territorial_ __ Que el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015, establece que en cada una de las entidades del Orden Nacional y Territorial deberán integrar un _“(...) Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integral de Planeación y Gestión - MIPG (1..)_ ", dentro del cual es incluida la política de Gestión Documental. __ Que, en virtud de las disposiciones anteriores, para el presente año el Comité de Gestión y Desempeño del Instituto Distrital de Turismo, en sesión del __ de enero de 2022 aprobó el Programa de Gestión Documental y el Plan Institucional de Archivos, previa remisión del detalle de las actividades por proyectos.
Que el artículo 2.8.2.5.12 del Decreto 1080 de 2015 _,_ indica que "(…) _El Programa de Gestión Documental (PGD) debe ser publicado en la página web de la respectiva entidad, dentro de los siguientes treinta (30) días posteriores a su aprobación por parte del Comité de Desarrollo Administrativo de la Entidad en las entidades del orden nacional o el Comité Interno de Archivos en las entidades del orden territorial, siguiendo los lineamientos del Manual de Gobierno en Línea. _(…).
Que en el marco de lo dispuesto en los artículos 12 y 13 de la Ley 1712 de 2014, la Oficina Asesora de Planeación realizó de manera coordinada con las demás dependencias de la entidad, la construcción, verificación y validación de los documentos adoptados a través del presente acto administrativo. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, __
RESUELVE:
Artículo 1**.
A DOPCIÓN.
Adoptar la actualización de los siguientes Instrumentos Archivísticos de Gestión de Información en el Instituto Distrital de Turismo: 1. Programa de Gestión Documental - PGD. 2. Plan Institucional de Archivos – PINAR. _P ARÁGRAFO_ ** _P RIMERO._
Los documentos mencionados se incorporan al presente acto administrativo, formando parte integral de la resolución. _P ARÁGRAFO_ ** _S EGUNDO_
_._
De conformidad con la normatividad vigente en la materia, dichos instrumentos archivísticos podrán ser modificados y actualizados cuando así se requiera. Artículo **2.
P U B L I CAC IÓ N DE LOS INSTRUMENTOS**.
Publicar por el conducto de la Oficina Asesora de Comunicaciones, Programa de Gestión Documental PGD y Plan Institucional de Archivos PINAR del Instituto Distrital de Turismo en la página web de la entidad. Artículo **3.
VIG ENCIA.** La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución [228](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106805) de 29 de diciembre de 2020 _“Por medio de la cual se adoptan los instrumentos de gestión de la función pública en el Instituto Distrital de Turismo”_ los cuales son sujetos de actualización en la presente resolución.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D. C., a los 31 días del mes de enero del año 2022
KAROL FAJARDO MARIÑO
Directora General Proyectado por: Myriam Alejandra Montaño Bonilla Weimar Larry Rojas Gamba. SGC Revisado por: Edwin Oswaldo Peña Roa Subdirector de Gestión Corporativa Revisado por Alejandra Mogollón Bernal Contratista Oficina Asesora Jurídica Revisado por: Damaris Lagos Duarte Jefe Oficina Asesora Jurídica (e) Aprobado para firma por: German Andrés Almeida Valle (Subdirector(a) / Asesor(a) Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el presente documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales. Así mismo, la información contenida en él, es precisa, correcta, veraz y completa, y por lo tanto, lo presentamos para firma de la Directora del Instituto Distrital de Turismo.
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