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Resolución 028 de 2022

Resolución 028 de 2022 Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES

Tipo
Resolución
Número
028
Año
2022
Fecha
21 de enero de 2022
Entidad
Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 028 DE 2022

(Enero 21)

_Por la cual se modifica la Resolución[090](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107505#0)de 2021 sobre el cronograma de los exámenes de Estado Saber Pro y Saber TyT_

La Directora General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 1324 de 2009, por el numeral 9 del artículo 9° del Decreto 5014 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [2.5.3.4.1.3.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#2.5.3.4.1.3) del Decreto 1075 de 2015 señala que el calendario de aplicación del examen de Estado de Calidad de la Educación Superior es determinado por el Icfes. En cumplimiento de lo anterior, el Icfes expidió la Resolución 090 de 2021 por medio de la cual fijó el calendario 2021 de, entre otros, los exámenes Saber Pro, Saber Pro en el exterior, Saber TyT y Saber TyT en el exterior, del segundo semestre del año 2021 (artículo 1°, numerales [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107505#1.n.3) y [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107505#1.n.4) de la Resolución).

Que mediante la Resolución [258](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112628#0) de 2021 se modificaron algunas etapas de los exámenes de Estado Saber 11 calendario B, Saber TyT primer semestre y Saber Pro extemporáneo 2021 y se modifican las Resoluciones números [574](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103104#0) de 2020, [240](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112401#0) de 2021 y [090](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107505#0) de 2021.

Que el examen Saber TyT se presentó entre el 9 y 10 de octubre de 2021. Entretanto, el examen Saber Pro y Saber Pro en el exterior se presentó entre el 23 y el 31 de octubre de 2021. La modalidad de estos exámenes fue electrónica, y según la escogencia del examinando, en el domicilio de la persona o en un sitio de aplicación designado por el Icfes.

Que durante la presentación de los exámenes, ocurrieron circunstancias técnicas de fuerza mayor imprevisibles e irresistibles para la entidad, que obligaron a este Instituto a suspender y reprogramar la prueba para cerca de 24 mil estudiantes durante los días 7, 18 y 19 de noviembre de 2021. De otro lado, y con ocasión a las alteraciones en el orden público que se presentaron en algunos sitios de aplicación designados por el Icfes, fue necesario de igual manera reprogramar la prueba a 359 estudiantes.

Que la lectura de los resultados es posible de realizar sólo si se cuenta con la totalidad de las respuestas de la población que presentó el examen, no obstante, las eventualidades antes mencionadas afectaron el cumplimiento de las actividades asociadas a lectura y codificación en las fechas inicialmente establecidas, entre tanto que, el análisis del total de la población, la necesidad de identificar adecuadamente los reprogramados y la unión de los string de respuesta implicaron un trabajo adicional no contemplado, así como validaciones con mayor rigor y complejidad a las inicialmente consideradas, factores que generaron un retraso en la operación necesaria para publicar los resultados individuales el 29 de enero de 2022. Por todo lo anterior, es necesario modificar la Resolución [090](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107505#0) de 2021 en lo que se refiere a la publicación de resultados institucionales del examen Saber TyT que se realizó en el primer semestre, al igual que la modificación de los resultados individuales e institucionales de los exámenes Saber TyT y Saber Pro que se realizaron en el segundo semestre de 2021. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Modifíquense las etapas de publicación de resultados institucionales y sus etapas subsiguientes, contenidas en los numerales [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107505#1.n.2) y [2.2.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107505#2.n.2.2) del artículo 1° de la Resolución 090 de 2021, modificados por el artículo [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112628#2) y [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112628#3) de la Resolución 258 de 2021, las cuáles quedarán así: _“2. EXAMEN SABER TYT PRIMER SEMESTRE 2021 - MODALIDAD ELECTRÓNICA EN SITIO DE APLICACIÓN

| Descripción de la etapa | Fecha de Inicio | Fecha Final ---|---|--- Primera publicación de resultados institucionales Saber TyT | Sábado, 19 de marzo de 2022 | Sábado, 19 de marzo de 2022 Publicación definitiva de resultados institucionales Saber TyT* | Martes 31 de mayo de 2022 | Martes 31 de mayo de 2022 Plazo para interponer reclamos contra resultados individuales | Dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales, inclusive Plazo para interponer reclamos contra resultados institucionales | Dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de la primera publicación de los resultados institucionales inclusive

_2.2 EXAMEN SABER TYT PRIMER SEMESTRE 2021 - MODALIDAD ELECTRÓNICA EN LUGAR PRIVADO_

Descripción de la etapa | Fecha de Inicio | Fecha Final ---|---|--- Primera publicación de resultados institucionales Saber TyT | Sábado, 19 de marzo de 2022 | Sábado, 19 de marzo de 2022 Publicación definitiva de resultados institucionales Saber TyT | Martes 31 de mayo de 2022 | Martes 31 de mayo de 2022 Plazo para interponer reclamos contra resultados individuales | Dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales, inclusive Plazo para interponer reclamos contra resultados institucionales | Dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de la primera publicación de los resultados institucionales inclusive Artículo 2°. Modifíquense las etapas de publicación de resultados individuales y sus etapas subsiguientes, contenidas en los numerales [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107505#1.n.3) y [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107505#1.n.4) del artículo 1° de la Resolución 090 de 2021, las cuáles quedarán así:

3. EXAMEN SABER TyT SEGUNDO SEMESTRE Y SABER TyT EXTERIOR

Descripción de la etapa | Fecha de Inicio | Fecha Final ---|---|--- Publicación de resultados individuales en página web | Sábado, 19 de febrero de 2022 | Sábado, 19 de febrero de 2022. Primera publicación de resultados institucionales Saber TyT | Sábado, 19 de marzo de 2022 | Sábado, 19 de marzo de 2022 Publicación definitiva de resultados institucionales Saber TyT | Martes 31 de mayo de 2022 | Martes 31 de mayo de 2022 Plazo para interponer reclamos contra resultados individuales | Dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales, inclusive Plazo para interponer reclamos contra resultados institucionales | Dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de la primera publicación de los resultados institucionales inclusive **4.

EXAMEN SABER PRO Y SABER PRO EXTERIOR Descripción de la etapa | Fecha de Inicio | Fecha Final** ---|---|--- Publicación página web de resultados individuales en la página web | Sábado, 19 de febrero de 2022. | Sábado, 19 de febrero de 2022. Primera publicación de resultados institucionales Saber Pro y Saber Pro exterior | Sábado, 19 de marzo de 2022 | Sábado, 19 de marzo de 2022 Publicación definitiva de resultados institucionales Saber Pro y Saber Pro exterior | Martes 31 de mayo de 2022 | Martes 31 de mayo de 2022 Plazo para interponer reclamos contra resultados individuales | Dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de publicación de los resultados individuales, inclusive Plazo para interponer reclamos contra resultados institucionales | Dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de la primera publicación de los resultados institucionales inclusive

_(…)”._

Artículo 3°. Las otras etapas contenidas en la Resolución [090](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107505#0) de 2021 y las demás resoluciones emitidas que no se modifican expresamente continúan vigentes.

Artículo 4°. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los 21 día del mes de enero del año 2022.

La Directora General,

MÓNICA OSPINA LONDOÑO

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