Decreto Local 015 de 2023
Decreto Local 015 de 2023 Alcaldía Local de La Candelaria
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 015
- Año
- 2023
- Fecha
- 5 de diciembre de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de La Candelaria
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 015 DE 2023
(Diciembre 05)
_Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal 2023_
LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, la que le confiere Articulo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.1) del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde al Alcalde Local decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mismos agregados. Que, de acuerdo con el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 02 de junio de 2021, se establece: _“Modificaciones al anexo del decreto de liquidación.__Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”._ Que, revisado el presupuesto de gastos de inversión de la vigencia 2023, se observa que los rubros presupuestales relacionados a continuación, presentan saldos insuficientes para cumplir con las obligaciones propias de cumplimiento de las metas de los proyectos de inversión de la vigencia 2023, de la Alcaldía Local de La Candelaria: _i) 023011603480000001788-La Candelaria segura: dotación en seguridad_, en la presente vigencia presenta un saldo de $200.000.000, los cuales, de acuerdo a los estudios de mercado realizados por el FDL, resultan insuficientes para cubrir los recursos necesarios para la dotación tecnológica de sala CIEPS de la Policía Nacional, de acuerdo a lo establecido en la meta del Plan de Desarrollo, en la vigencia 2023. __ _ii) 023011604490000002020-La Candelaria sostenible: espacio público e infraestructura para la movilidad:_ Se requiere contar con recursos adicionales para adicionar los contratos de servicios profesionales provenientes de este rubro, en razón a que a este proyecto de inversión se le adicionaron recursos provenientes del reintegro por concepto de las resultas del proceso judicial por las controversias ocurridas con ocasión de la ejecución del Convenio interadministrativo de Cooperación No. 1292 de 2012; la adición presupuestal se realizó por valor de $3.634.411.869, destinados a la línea de inversión de infraestructura, asociada a la conservación de Espacio Publico, lo que ha implicado el incremento de la contratación de personal para la formulación y seguimiento a la ejecución de los proyectos asociados a este rubro de inversión. _iii) 0O23011605570000002021- La Candelaria gobierno abierto y transparente: fortalecimiento institucional:_ Este proyecto requiere recursos para adicionar los contratos de vigilancia, aseo y cafetería, en el componente de presupuesto de inversión, para permitir la continuidad de estos servicios para finalización de la vigencia 2023 e inicio del 2024, de igual manera, la adición de los contratos de servicios de personas naturales que ejecutan actividades misionales de la entidad. Que, una vez se comprometieron los recursos y se alcanzaron las metas asociadas a los siguientes rubros presupuestales, estos cuentan con recursos disponibles, susceptibles de ser trasladados para cumplir con las necesidades arriba descritas: _i) 023011601010000001605- La Candelaria solidaria; ii) 023011601060000001662- La Candelaria territorio libre de violencia intrafamiliar y sexual; iii) 023011601060000001663- La Candelaria redistributiva: democratizando el trabajo de cuidado; iv) 023011601060000001664-La Candelaria incluyente y ancestral; v) 023011601120000001608- La Candelaria pedagógica: bases sólidas para la vida; vi) 023011601170000001607- La Candelaria pedagógica: proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XX; vii) 023011601240000001626- La Candelaria sostenible: agricultura urbana; viii) 023011601240000001627- La Candelaría emprendedora e innovadora; ix) 023011602330000001706- La Candelaria recreativa: parques para la vida; x) 023011602380000001705- La Candelaria sostenible: ecoeficiencia, reciclaje y cambio de hábitos de consumo: xi) 023011603390000001777- La Candelaria territorio de paz y reconciliación; xii) 023011603400000001781- La Candelaria segura: mujeres libres de violencias; xiii) 023011605550000002019- La Candelaria participativa; xiv) O23011605570000002023- La Candelaria segura: inspección, vigilancia y control;_ __ Que, mediante Actas No. 6 y 7 de 2023, se liberaron los saldos de obligaciones por pagar de gastos de inversión, a trasladar en el aplicativo financiero Bogdata, realizado y certificado por la funcionaria responsable de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local, quedando recursos disponibles susceptibles de trasladar para atender necesidades del Plan de Desarrollo vigente: “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXl" - UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA CANDELARIA. Que, mediante radicado No. 2-2023-120785 del 27 de noviembre de 2023, la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría de Planeación Distrital, emitió CONCEPTO FAVORABLE sobre el traslado presupuestal de inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, de conformidad con lo hasta aquí expuesto. Que, mediante radicado No. 2023EE48408901 de 05 de diciembre de 2023, el Director Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió CONCEPTO FAVORABLE sobre el traslado presupuestal de inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, de conformidad con lo hasta aquí expuesto Que, en mérito de lo expuesto anteriormente,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. Efectúese un contracrédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por la suma, CUATROCIENTOS VEINTIDOS MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PESOS MCTE ($422.119.142) según el siguiente detalle: ARTÍCULO SEGUNDO. Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por la suma CUATROCIENTOS VEINTIDOS MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PESOS MCTE ($422.119.142) según el siguiente detalle: ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=159397).
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de diciembre del año 2023.
ÁNGELA MARÍA QUIROGA CASTRO
Alcaldesa Local de La Candelaria
Nota: Ver norma original en Anexos.
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