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Resolución 698 de 2023

Resolución 698 de 2023 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
698
Año
2023
Fecha
27 de noviembre de 2023
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 698 DE 2023

(Noviembre 27) __ _Por la cual se adopta la cartilla “Estándares de Calidad Espacial - Equipamientos Sector Gestión Pública” y se modifica el documento “Estándares de Calidad Espacial de los Equipamientos del Sector Gestión Pública”_

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial la (s) conferida (s) por el Decreto Distrital 140 de 2021 y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto Distrital 555 de 2021 se adoptó la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Bogotá, D.C., el cual en el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119582#1) del artículo 1 estableció que las disposiciones del Plan se aplicarán para toda la jurisdicción del Distrito Capital en sus suelos urbano, rural y de expansión.

Que el artículo [174](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119582#174) del Decreto Distrital 555 de 2021, con relación a los estándares de calidad espacial (ECE), estableció que las entidades responsables de la prestación o regulación del respectivo servicio, formularán y adoptarán los estándares de calidad espacial acordes con las necesidades del servicio o conjunto de servicios según su competencia, acotados a las condiciones espaciales producto de la aplicación de la edificabilidad y volumetría previstas para el proyecto que le sean aplicables, en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación, en cumplimiento y armonía al POT y demás políticas públicas vigentes.

Que el artículo [48](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#48) del Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65635#6) del Acuerdo Distrital 638 de 2016, estableció que: _“La Secretaría General es un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y financiera que tiene por objeto orientar y liderar la formulación y seguimiento de las políticas para el fortalecimiento de la función administrativa de los organismos y entidades de Bogotá, Distrito Capital, mediante el diseño e implementación de instrumentos de coordinación y gestión, la promoción del desarrollo institucional, el mejoramiento del servicio a la ciudadana y ciudadano, la protección de recursos documentales de interés público y la coordinación de las políticas del sistema integral de información y desarrollo tecnológico.”_ Que el Decreto [140](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=109479) de 2021 mediante el cual se realizó la modificación de la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en su artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=109479#2)° expone que la entidad tiene entre otras, las siguientes funciones: _“4, Formular, orientar y coordinar las políticas, planes y programas para la atención y prestación de los servicios a la ciudadana y al ciudadano en su calidad de usuarios de los mismos en el Distrito Capital. Para tal fin la Secretaría General reglamentará lo referente al defensor del ciudadano en cada una de las entidades u organismos distritales conforme a las normas legales y reglamentarias. (...) 7. Realizar seguimiento y monitoreo a las políticas, programas y/o proyectos de interés prioritario para la ciudad, en aras de fortalecer la Gestión Pública Distrital, la eficiencia administrativa y la transparencia organizacional. ”_ Que, de acuerdo con la norma citada, en concordancia con lo dispuesto por parte del Decreto Distrital [555](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119582) de 2021, corresponde a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, formular y adoptar los estándares de calidad espacial (ECE), para el desarrollo de los equipamientos del sector Gestión Pública, donde se atienda a la ciudadanía mediante la ampliación y mejoramiento de los servicios de orientación e información de las entidades distritales, a través de la Red CADE y sobre los equipamientos donde se implementan las estrategias locales, que permiten materializar la atención, asistencia, reparación integral y prevención temprana con las víctimas del conflicto, mediante los Centros de Encuentro para la paz.

Que con base en lo anterior, el 21 de abril de 2023 se expidió la Resolución No. [180](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140299) de 2023 _“Por la cual se adoptan los estándares de calidad espacial que deben cumplir los proyectos de infraestructura que se realicen en la Secretaría General en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 174 del Decreto 555 de 2021”;_ no obstante luego de su publicación, se evidenciaron inconsistencias en el numeral 3.1 _“Normas Urbanas generales aplicables a los equipamientos de Seguridad Ciudadana, defensa, convivencia y justicia” del documento “Estándares de Calidad Espacial de los Equipamientos del Sector Gestión Pública”_, en el entendido de que se está haciendo referencia a los sectores Seguridad Ciudadana, Defensa, Convivencia y Justicia, por lo que no es coherente con la misionalidad de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, la cual se enmarca dentro del Sector Gestión Pública, motivo por el cual, es necesario realizar el ajuste en el mencionado documento. Que, adicionalmente, el [Parágrafo 2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140299#1.p.2) del artículo 1 de la Resolución No. 180 de 2023 dispone que: _“Dentro de los tres (3) meses siguientes a la publicación del presente acto se deberá adoptar la cartilla o manual gráfico de los Estándares de Calidad Espacial, considerándose este como un documento adicional, con aporte gráfico de los Estándares de Calidad de los equipamientos de la Entidad_ ”; en este orden de ideas, es necesaria la adopción a través de acto administrativo de la cartilla “Estándares de Calidad Espacial - Equipamientos Sector Gestión Pública. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°: Adoptar la cartilla denominada “Estándares de Calidad Espacial - Equipamientos Sector Gestión Pública”.

Parágrafo. 1°: El citado documento podrá ser sujeto a los ajustes, adiciones y/o las modificaciones necesarias por parte de la entidad de acuerdo con los lineamientos que en su momento se concreten con la Secretaría Distrital de Planeación, en caso tal, de requerirse nuevos ajustes de conformidad con la reglamentación vigente, este documento, cobrará plena validez y aplicabilidad con la expedición de un nuevo acto administrativo que los adopte. Artículo 2°: Modificar el documento “Estándares de Calidad Espacial de los Equipamientos del Sector Gestión Pública” adoptado mediante la Resolución No. 180 de 2023, con el fin de ajustar la denominación del numeral 3.1 en el siguiente sentido: _“3.1. NORMAS URBANAS GENERALES APLICABLES A LOS EQUIPAMIENTOS DEL SECTOR GESTIÓN PÚBLICA”_ Artículo 3°: Comunicar la presente Resolución a la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía y la Oficina de Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Entidad, para lo de su competencia. Artículo 4°: Las disposiciones contenidas en la presente resolución rigen a partir del día siguiente de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=151667), y modifican en lo pertinente la Resolución 180 de 2023. **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C. a los 27 días del mes de noviembre del año 2023.

MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE

Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Nota: Ver norma original en Anexos.

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