Jurismart

Decreto Local 021 de 2023

Decreto Local 021 de 2023 Alcaldía Local de San Cristóbal

Tipo
Decreto Local
Número
021
Año
2023
Fecha
4 de diciembre de 2023
Entidad
Alcaldía Local de San Cristóbal
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 021 DE 2023

(Diciembre 04)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal 2023 por $7.504.023_

EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTOBAL

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, sobre las Modificaciones Presupuestales estipula: “ _Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:_ __ _1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados Presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo FD.L._ __ _Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez, del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto._ __ _Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital. de Planeación”._ (...).

Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 del 02 de junio de 2021, estipula sobre las Modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación:

“ _Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez, del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación._ __ Que, el Decreto [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, determinó que los Fondos de Desarrollo Local deben realizar el pago de los Honorarios de los Ediles, así como las primas de seguros, a cargo de su propio presupuesto. Que, de acuerdo con el artículo [72](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#72) del Decreto 1421 de 1993, a los ediles se les reconocen honorarios (...) por cada sesión a la. que concurran, sus honorarios serán iguales a la remuneración del alcalde local, 1 divida por veinte (20) Que, mediante el decreto [067](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136478) de 2023 se fijó el incremento salarial para los empleados públicos del Sector Central, en un porcentaje de catorce punto sesenta y dos por ciento (14. 62%) para los “niveles jerárquicos asistencial, técnico y profesional y trece punto sesenta y dos por ciento (13.62%) para los niveles jerárquicos asesor y directivo. Que, de acuerdo con este incremento se evidenció que los recursos existentes en el presupuesto de la vigencia 2023 para este fin no eran suficientes.

Que mediante el Decreto local No. 14 de 2023 se trasladaron $159.221.3650 al rubro “ _O2110103007 Honorarios Ediles_ ” para proveer este gasto hasta diciembre de 2023. Que, mediante el Decreto [293](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143658) de 2023, el Decreto [067](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136478) de 2023 fue modificado, y fijó el incremento salarial para los niveles asesor y directivo en catorce punto sesenta y dos por ciento (4 62%), lo cual implica un nuevo incremento en los honorarios de los ediles y pago de retroactivos. Que, una vez revisada la ejecución presupuestal con corte a 08 de noviembre de 2023, se encuentra que en el rubro- “ _O2110103007 Honorarios Ediles_ ”, posee una apropiación de $1. 226. 137. 365, se han realizado giros por $1.027.017.014, quedando un saldo de $199.120,351. Que, teniendo en cuenta el incremento estipulado en el Decreto [293](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143658) de 2023, este gasto asciende mensualmente a $ 103.312.187, por lo que para garantizar el pago de honorarios para los ediles de localidad para los meses de noviembre y diciembre son requeridos $ 206.624. 374, presentándose un déficit de $ 7.504. 023. Que, de acuerdo con lo anterior se hace necesario realizar un traslado. presupuestal donde se acredite el rubro “O2110103007 Honorarios Ediles”, en siete millones quinientos cuatro mil veintitrés pesos M/C $7.504.023.

Que una vez revisadas las metas del plan de adquisiciones y los saldos pendientes de giro, se acu entra que es posible contracreditar el rubro “ _0271202020080686330 Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión por contrato)_ ” en siete millones quinientos cuatro mil veintitrés pesos M/C $7. 504. 023. Qué mediante oficio No. 2023EE480021O1 del 01 de diciembre de 2023 la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos e Inversión vigencia 2023 por valor de $ 7.504. 023. En mérito de lo anteriormente expuesto el alcalde local,

DECRETA:

Artículo 1.** Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal conforme al siguiente detalle:

Artículo 2°. Efectúese los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal conforme al siguiente detalle:

Artículo 3°.- _Comunicación._ Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido de este a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital presupuesto, para lo de su cargo. Artículo 4°. _Vigencia._ El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152138). COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá D.C., en la Localidad de San Cristóbal a los 04 días del mes de diciembre del año 2023.

JUAN CARLOS TRIANA RUBIANO

Alcalde Local de San Cristóbal

Nota: Ver norma original en Anexos.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar