Acuerdo Regional 011 de 2023
Acuerdo Regional 011 de 2023 Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca - Consejo Regional
- Tipo
- Acuerdo Regional
- Número
- 011
- Año
- 2023
- Fecha
- 14 de noviembre de 2023
- Entidad
- Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca - Consejo Regional
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO REGIONAL 11 DE 2023
(Noviembre 14)
_Por medio del cual se aprueban unas vigencias futuras ordinarias vigencia periodo 2024-2026_ __ EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ-CUNDINAMARCA
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el literal c) del numeral 6 del artículo 21 de la Ley 2199 de 2022 y los artículos 57, 58 y 59 del Acuerdo Regional No. 04 de 2023, y
CONSIDERANDO:
1.
Que a través de la Ley [2199](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779) del 2022 se expidió el régimen de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, definiéndose su naturaleza como una entidad administrativa de asociatividad regional con régimen especial, dotada de personería jurídica de derecho público, autonomía administrativa y patrimonio propio, a través de la cual las entidades territoriales que la integran concurren en el ejercicio de las competencias que les corresponden, con el fin de hacer eficaces los principios constitucionales de coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad en la función administrativa y en la planeación del desarrollo dada su interdependencia geográfica, ambiental, social o económica. 2.
Que los numerales [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779#10.n.3) y [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779#10.n.5) del artículo 10 de la Ley 2199 de 2022 establece que la Región Metropolitana ejercerá sus competencias en materia de movilidad, en la planeación y desarrollo, en su ámbito geográfico, la infraestructura para la movilidad entre los municipios de su jurisdicción, teniendo en cuenta las determinantes ambientales, en articulación interinstitucional con la Nación y el resto de los territorios colindantes. 3.
Que el literal [c)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779#21.n.6.l.c) del numeral 6 del artículo 21 Ley 2199 de 2022 señala como función del Consejo Regional, en materia fiscal, la de aprobar las vigencias futuras ordinarias y excepcionales de los proyectos de inversión de la Región Metropolitana y sus entidades. 4.
Que el artículo [32](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779#32) de la Ley 2199 del 2022, creó la Agencia Regional de Movilidad, como una entidad pública adscrita a la Región Metropolitana, encargada de ejercer como autoridad Regional de Transporte, y de la planeación, gestión y cofinanciación de la movilidad y el transporte a nivel regional, la cual estará a cargo del Sistema de Movilidad Regional, que está integrado por el conjunto de infraestructuras y servicios de transporte público y privado de carácter regional que conectan las personas y mercancías entre los municipios del ámbito geográfico de la movilidad, así como los demás elementos requeridos para su organización, planeación, gestión, regulación, financiación y operación. 5.
Que mediante el Acuerdo Regional [07](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=133578) de 2022 se trasladaron transitoriamente las funciones de la Agencia Regional de Movilidad al Sector Movilidad del Distrito Capital. 6.
Que mediante Decreto Distrital [145](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=139838) de 2023 se distribuyeron las funciones trasladadas transitoriamente por la Región Metropolitana al Sector Movilidad de la Administración del Distrito Capital, asignándosele al Instituto de Desarrollo Urbano, tal como lo contempla su artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=139838#2.n.1), la función de: _“Planear, formular, estructurar, financiar, construir, operar o mantener directa o indirectamente infraestructura de transporte, a excepción de las líneas férreas y de metro, en la Región Metropolitana.”_ 7.
Que mediante Acuerdo Regional 04 de 2023 se expidió el Estatuto de Presupuesto de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, el cual consagra los requisitos para la aprobación de las vigencias futuras. 8.
Que el Acuerdo Regional [05](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=150499) del 2023 adoptó el Plan de Gestión Institucional de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca para la vigencia 2023-2025, instrumento de planeación y gestión de carácter transitorio que incluye en el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=150499#4) como parte de sus objetivos estratégicos el de fortalecer la conexión entre los territorios de la Región Metropolitana y así facilitar y promover la movilidad de pasajeros y carga de manera sostenible y segura. 9.
Que dicho documento contempla como parte de los programas a desarrollar en materia de movilidad durante la vigencia del Plan de Gestión Institucional, el relacionado con la “ampliación de capacidad en las vías de conectividad regional y generación de nuevos accesos regionales”, el cual incluye como proyecto la “gestión del corredor de la Calle 80: Fase 1. Intercambiador Calle 80 por Avenida Las Quintas y Fase 2. Intervención glorieta Siberia”. 10.
Que mediante el Acuerdo Regional [08](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152199) de 2023 se declaró el hecho metropolitano de “Planeación, integración y gestión de la infraestructura de transporte y accesibilidad, en el área temática de movilidad”, dentro del cual se encuentra incluido el programa “Ampliación de capacidad en los corredores de conectividad regional y generación de nuevos accesos regionales”. 11.
Que en concordancia con lo establecido en el literal [c)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779#21.n.6.l.c) del numeral 6 del artículo 21 de la Ley 2199 del 2022, el artículo 57 del Acuerdo Regional 04 de 2023 consagra que el Consejo Regional es la autoridad competente para autorizar la asunción de obligaciones con cargo a recursos de funcionamiento e inversión de vigencias fiscales futuras de la Región Metropolitana a solicitud del Director de la Región Metropolitana y para autorizar la asunción de obligaciones con cargo a recursos de inversión de vigencias futuras de las entidades adscritas y vinculadas de la Región, que para este efecto le soliciten sus respectivos representantes legales, previo aval de sus juntas directivas. 12.
Que para dar cumplimiento a dicho requisito, la Junta Directiva de la Agencia Regional de Movilidad en transitoriedad mediante Acuerdo [02](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=139921) de 2023 emitió concepto previo favorable para las vigencias futuras ordinarias del proyecto denominado Estudios y Diseños Fase lll y construcción del intercambiador Calle 80 por Avenida las Quintas. 13.
Que el artículo 57 del Acuerdo Regional 04 de 2023 igualmente señala que la autorización por parte del Consejo Regional no podrá superar el respectivo periodo constitucional para el cual fueron elegidos los miembros del Consejo Regional, exceptuando los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo Regional previamente los declare de importancia estratégica. 14.
Que en virtud de lo anterior, mediante Acuerdo Regional [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153089) del 14 de noviembre de 2023, el Consejo Regional declaró de importancia estratégica el proyecto _“Estudios y Diseños Fase Ill y construcción del intercambiador Calle 80 por Avenida las Quintas”._ __ 15.
Que atendiendo lo establecido por los artículos 58 y 59 del Acuerdo Regional 04 del 2023, la directora Ad Hoc, de la Región Metropolitana, a través del documento radicado bajo el No. CCE-20231024-276 del 25 de octubre del 2023, certificó que las vigencias futuras a autorizar para el proyecto denominado _“Estudios y Diseños Fase II! y construcción del intercambiador Calle 80 por Avenida las Quintas”_: son de naturaleza ordinaria, dado que cuentan con apropiación presupuestal del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal 2023; su monto máximo, el plazo y las condiciones consultan las metas del plan financiero de mediano plazo; se encuentran dentro del Plan Plurianual de Inversiones de la Región Metropolitana y los compromisos que se pretenden adquirir no exceden la capacidad de endeudamiento de la Región Metropolitana. Asimismo, certificó que el proyecto se encuentra registrado y viabilizado en el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión. 16.
Que conforme con lo anterior, se entienden cumplidas las exigencias establecidas en los artículos 57, 58 y 59 del Acuerdo Regional 04 del 2023, para proceder a aprobar las vigencias futuras del proyecto _“Estudios y Diseños Fase III y construcción del intercambiador Calle 80 por Avenida las Quintas”._ __ Que en mérito de lo expuesto, el Consejo Regional de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca:
ACUERDA:
ARTÍCULO 1°. Aprobar las vigencias futuras ordinarias del proyecto _“Estudios y Diseños Fase Ill y construcción del intercambiador Calle 80 por Avenida las Quintas_ ” de la siguiente manera: | AÑO | VALOR PESOS CONSTANTES | VALOR PESOS CORRIENTES ---|---|--- 2024 | $10.820.624.509 | $11.440.646.294 2025 | $17.509.101.147 | $19.067.743.823 2026 | $30.598.429.190 | $34.321.938.881 TOTAL | $58.928.154.846 | $64.830.328.997
Artículo 2°.
El presente Acuerdo Regional rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152356).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de noviembre del año 2023.
NICOLÁS GARCÍA BUSTOS
Presidente
CLARA INÉS MÁRQUEZ VÁSQUEZ
Secretaria Técnica
Nota. Ver norma original en Anexos.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Acuerdo Regional 013 de 2025
ACUERDO REGIONAL 013 DE 2025 (Octubre 24) Por media del cual se realiza la elección del Director General código 050, grado 06 de la Agencia Regional de Movilid…
-
Acuerdo Regional 009 de 2025
ACUERDO REGIONAL 009 DE 2025 (Septiembre 29) Por medio del cual se fija el incremento salarial de la vigencia 2025, para los empleos públicos de la Región Metr…
-
Acuerdo Regional 010 de 2025
ACUERDO REGIONAL 010 DE 2025 (Septiembre 29) Por medio del cual se concede autorización al Director de la Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca o su delegad…
-
Acuerdo Regional 011 de 2025
ACUERDO REGIONAL 011 DE 2025 (Septiembre 29) Por medio del cual se adoptan los estatutos de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca y se adoptan otras di…
-
Acuerdo Regional 012 de 2025
ACUERDO REGIONAL 012 DE 2025 (Septiembre 29) Por medio del cual se admite el ingreso del Municipio de Fusagasugá a la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca …