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Decreto Local 008 de 2023

Decreto Local 008 de 2023 Alcaldía Local de Suba

Tipo
Decreto Local
Número
008
Año
2023
Fecha
17 de mayo de 2023
Entidad
Alcaldía Local de Suba
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 008 DE 2023

(Mayo 17)

_Por el cual se adiciona el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal de 2023._

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y __

CONSIDERANDO:

Que el literal [“c”](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.2.l.c) del numeral 2 del artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, con relación a las modificaciones presupuestales contempla: _(...) c) Adición por Excedentes Financieros: 51 persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L. mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y os conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes._ Que mediante circular CONFIS No. 04 del 05 de abril de 2023, se comunicó que el CONFIS Distrital en sesión N° 03 celebrada el día 31 de marzo de 2023, y de acuerdo con lo establecido en el literal [h)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.h) del artículo 10° y el artículo [73°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#73) del Decreto Distrital 714 de 1996; así como, en los artículos [37°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto Distrital 372 de 2010, distribuyo los excedentes financieros de los 20 FDL a 31 de diciembre de 2022, correspondiéndole a la Localidad de Suba la suma de $1.352.023.003, discriminados en $152.423.903 para _“Acceso a la Justicia”,_ $245.000.000 __ para _“Dotación Organismos de Seguridad”,_ $579.999,100 __ para _“Sistemas de video-vigilancia”, $200.000.000 para “Cultura”,_ y $174.600.000 _para “Fortalecimiento Institucional Gestores”._ Que mediante circular CONFIS No. 05 del 05 de abril de 2023, se comunicó que el CONFIS Distrital en sesión N° 03 celebrada el día 31 de marzo de 2023, y de acuerdo con lo establecido en el literal [f)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.f) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996 y en el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto Distrital 372 de 2010, distribuyo los recursos de la Conciliación Judicial Parcial Convenio Interadministrativo de cooperación 1292 de 2012, referencia 25000-23-36-000-2018-000343-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Tercera Subsección C, emitió concepto favorable a una adición en el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023, correspondiéndole a la Localidad de Suba la suma de $ 289.541.578.

Que mediante radicado No. 2-2023-38322 del 17 de abril de 2023, la Secretaría Distrital Planeación emitió Concepto previo favorable sobre la adición de recursos al presupuesto de gastos de inversión _por valor de $1.352.023.003, correspondiente a los excedentes financieros distribuidos en la localidad de Suba, de conformidad a los lineamientos expedidos por el CONFIS, y que con esta adición se aporta al cumplimiento de las metas de los respectivos proyectos de inversión del Plan de Desarrollo Local de la localidad_ Que de conformidad con lo señalado en el literal [“c”](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.2.l.c) del numeral 2 del artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, la Junta Administradora Local de Suba mediante Acuerdo Local No. [01](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142638) del 16 de mayo de 2023, acordó efectuar una adición al presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba en la vigencia fiscal 2023, por valor de MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN PESOS M/CTE. ($1.641.564.581). En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Suba,

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese una adición al presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba en la vigencia fiscal 2023, por valor de MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN PESOS M/CTE. ($1.641.564.581), y distribuyéndose los excedentes financieros y recursos adicionales, según el siguiente detalle:

Artículo segundo.

Efectúese una adición al presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba en la vigencia fiscal 2023, por valor de MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN PESOS M/CTE. ($1.641.564.581) y distribuyéndose los excedentes financieros y recursos adicionales, según el siguiente detalle:

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. **PUBLÍQUESE

Y CÚMPLASE.**

Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de mayo del año 2023. JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN

Alcalde Local de Suba

Nota: Ver norma original en Anexos.

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