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Decreto Local 024 de 2023

Decreto Local 024 de 2023 Alcaldía Local de Fontibón

Tipo
Decreto Local
Número
024
Año
2023
Fecha
28 de diciembre de 2023
Entidad
Alcaldía Local de Fontibón
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 024 DE 2023

(Diciembre 28)

_Por medio de la cual se modifica el Acuerdo Local[06](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59774)de 2014, se armoniza normativamente y se reactiva el Consejo Local de Paz, Reconciliación Convivencia y Transformación de Conflictos de la Localidad de Fontibón_ __ EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por los numerales 1, 3 y 4 del artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y

CONSIDERANDO:

Que, mediante oficio JAL 443/2023 de fecha 26 de diciembre de 2023, la Junta Administradora Local de Fontibón, remite al Despacho de la Alcaldía Local de Fontibón, el Acuerdo 047 de 2023, “ _POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO LOCAL[06](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59774) DE 2014, SE ARMONIZA NORMATIVAMENTE Y SE REACTIVA EL CONSEJO LOCAL DE PAZ, RECONCILIACIÓN CONVIVENCIAY TRANSFORMACIÓN DE CONFLICTOS DE LA LOCALIDAD DE FONTIBÓN_”, y proceda a la respectiva sanción. Que, el artículo [81](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#81) del Decreto 1421 de 1993, señala: _“Aprobado en segundo debate un proyecto de acuerdo, pasará al alcalde local para su sanción, quien podrá objetarle por razones de inconveniencia o por encontrarlo contrario a la Constitución, a la ley, a otras normas nacionales aplicables, a los acuerdos distritales o a los decretos del alcalde mayor. Las objeciones deberán formularse dentro del término improrrogable de los cinco (5) días siguientes a su recibo. Si el alcalde una vez transcurrido el citado término, no hubiere devuelto el proyecto objetado, deberá sancionarlo y promulgarlo. Las objeciones sólo podrán ser rechazadas por el voto de la mitad más uno de los miembros de la corporación”._ __ Que, el Alcalde Local, una vez revisado el Acuerdo Local presentado por la Junta Administradora Local, y aprobado por esta corporación el día 21 de diciembre del 2023, no encontró lugar a objetar el proyecto de acuerdo 047 de 2023, llenando así los elementos de conveniencia y legalidad. Que, el Alcalde local Encargado, encuentra procedente la sanción del Acuerdo Local 043 (sic) de 2023, en los términos del artículo 89 del Reglamento Interno de la Junta Administradora Local de Fontibón. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Fontibón (E).

DECRETA:

Artículo 1. SANCIÓNESE el Acuerdo Local 047 de 2023, “ _POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO LOCAL[06](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59774) DE 2014 SE ARMONIZA NORMATIVAMENTE Y SE REACTIVA EL CONSEJO LOCAL DE PAZ, RECONCILIACIÓN CONVIVENCIAY TRANSFORMACIÓN DE CONFLICTOS DE LA LOCALIDAD DE FONTIBÓN”._ __ Artículo 2. Remitir el Acuerdo Local 047 de 2023, debidamente sancionado a la Junta Administradora Local de Fontibón y la Imprenta Distrital para su publicación. Artículo 3. Publíquese el presente decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con el artículo 89 del reglamento interno de la Junta Administradora Local de Fontibón. Artículo 4. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152704). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de diciembre del año 2023.

DIEGO ALEJANDRO MALDONADO ROLDAN

Alcalde Local de Fontibón (E)

Nota: Ver norma original en Anexos.

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