Resolución 469 de 2023
Resolución 469 de 2023 Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
- Tipo
- Resolución
- Número
- 469
- Año
- 2023
- Fecha
- 31 de agosto de 2023
- Entidad
- Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 469 DE 2023
**(Agosto 31)
**[Derogada por el art. 4, Resolución 525 de 2023](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153668#4)
_Por medio de la cual se efectúan unas delegaciones en materia de Talento Humano_
EL SECRETARIO DISTRITAL DE SEGURIDAD, CONVIVENCIA Y JUSTICIA
En uso de las facultades constitucionales y legales contempladas en el artículo 211 de la Constitución Política, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 1083 de 2015, los Decretos Distritales 101 de 2004 y 413 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política establece que: “ _La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. (...)”._ Que en desarrollo del artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política el Congreso de la República expidió la Ley 489 de 1998, “ _Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones_ ”, en cuyos artículos [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) al [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#14) regula lo relacionado con la delegación.
Que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la citada ley señala: “ _Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. // Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente Ley.”_ (subrayado fuera de texto).
Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#10) ibidem define los requisitos de la delegación, señalando que: “ _En el acto de la delegación, que siempre será escrito, se determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren_.”
Que el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#12) de la ley antes citada se refiere al “ _Régimen de los actos del delegatario_ ”, indicando que: “ _Los actos expedidos por las autoridades delegatarias estarán sometidos a los mismos requisitos establecidos para su expedición por la autoridad o entidad delegante y serán susceptibles de los recursos procedentes contra los actos de ellas...”._ Que en el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=12746#1)° del Decreto Distrital 101 de 2004, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., se asignó a las Secretarías de Despacho, Departamentos Administrativos y Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, y en el artículo 11 se estableció que las atribuciones conferidas podrán ser delegadas en los términos de la Ley [489](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186) de 1998.
Que de conformidad con el literal [g](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67100#7.l.g)) del artículo 7° del Decreto Distrital 413 de 2016, le corresponde al Despacho del Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia dirigir el desarrollo institucional de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, incluyendo la delegación de las funciones que se considere pertinentes.
Que el ejercicio de la función pública debe adelantarse con base en los principios de celeridad, economía, eficacia, entre otros; por lo que en aras de hacer ágil, eficiente y eficaz el funcionamiento de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, es necesario y procedente la delegación de ciertas funciones en materia de administración de personal a la Subsecretaría de Gestión Institucional y a la Dirección de Gestión Humana con el fin de optimizar la gestión de los asuntos operativos de administración de personal.
Que mediante el Decreto Distrital [413](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67100) de 2016 y la Resolución 213 de 2020 se asignaron a la Subsecretaría de Gestión Institucional y a la Dirección de Gestión Humana de esta Secretaría funciones en materia de dirección, coordinación y administración del talento humano, y en la ejecución de procedimientos de vinculación, permanencia y retiro de los servidores públicos, entre otras.
Que mediante las Resoluciones 080 de 2016 y 253 de 2021 fueron delegadas algunas funciones a la Subsecretaría de Gestión Institucional y a la Dirección de Gestión Humana en materia de administración de personal, las cuales es preciso modificar. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.- Delegar en la Subsecretaría de Gestión Institucional de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, las siguientes funciones: 1. Realizar el nombramiento en periodo de prueba de los servidores públicos de las listas de elegibles enviadas por la Comisión Nacional del Servicio Civil. 2. Dar posesión, aceptar la renuncia y declarar la insubsistencia, cuando la calificación no sea satisfactoria de los servidores públicos que no sean de libre nombramiento y remoción. 3. Dar posesión a los servidores públicos que sean encargados de empleos de Libre Nombramiento y Remoción. 4. Declarar vacancias temporales o definitivas del personal de los servidores públicos que no sean de libre nombramiento y remoción. 5. Expedir los actos administrativos de encargo y finalización de encargo en empleos de carrera administrativa de conformidad con las disposiciones legales vigentes. 6. Ordenar el gasto y el pago a la Comisión Nacional del Servicio Civil, dando cumplimiento a los cobros por concepto de concursos. 7. Adoptar mediante acto administrativo los planes anuales de bienestar e incentivos institucionales y de capacitación. 8. Expedir los actos administrativos que otorgan, reconocen y ordenan incentivos y el pago de estímulos educativos. Expedir el acto administrativo de cumplimiento de decisiones judiciales sobre administración de personal. 9. Expedir los actos administrativos de vinculación de practicantes, pasantes o judicantes, así como los de finalización de práctica, pasantía o judicatura. 10. Conferir comisiones de servicio al interior del país, ordenar el pago de viáticos y gastos de viaje. Artículo 2.- Delegar en la Dirección de Gestión Humana de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia las siguientes funciones: 1. Decidir sobre las solicitudes de otorgamiento de permisos remunerados por tres (3) días hábiles. 2. Decidir sobre las solicitudes de otorgamiento de licencias, traslados y reubicaciones de los servidores públicos que no sean de libre nombramiento y remoción. 3. Expedir la autorización previa para laborar horas extras. 4. Expedir los actos administrativos relacionados con avances parciales de cesantías. 5. Autorizar permisos sindicales remunerados. 6. Otorgar permisos académicos compensados para estudio y para ejercer la docencia universitaria de los servidores públicos en empleos que no sean de libre nombramiento y remoción. 7. Expedir el acto administrativo que autoriza la modalidad de teletrabajo y para desempeñar trabajo en casa a los servidores públicos que no sean de libre nombramiento y remoción. 8. Expedir el acto administrativo de descuento por ausentismo de los servidores públicos, previa verificación de los soportes respectivos. 9. Adelantar el procedimiento de declaratoria de vacancia por abandono del empleo, conforme a la normatividad vigente 10. Conceder el disfrute del tiempo compensatorio o reconocer su pago cuando a ello hubiere lugar 11. Reconocer, conceder, autorizar, ordenar y liquidar los pagos correspondientes a la nómina, prestaciones sociales, aportes en seguridad social, parafiscales y demás conceptos inherentes a la nómina. 12. Certificar pagos de seguridad social y parafiscales. 13. Suscribir el plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo junto con el responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. 14. Ejecutar las sanciones disciplinarias. Artículo 3.- Delegar en los servidores que desempeñen los empleos de Nivel Directivo y Jefes de Oficina Asesora, la autorización de otorgar permisos remunerados de los servidores públicos de su dependencia hasta por dos (2) días hábiles. Artículo 4.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=145904) y deroga las Resoluciones 080 de 2016 y 253 de 2021. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de agosto del año 2023.
OSCAR ANTONIO GÓMEZ HEREDIA
Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
Nota: Ver norma original en Anexos.
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