Resolución SDH-000496 de 2023
Resolución SDH-000496 de 2023 Secretaría Distrital de Hacienda
- Tipo
- Resolución
- Número
- SDH-000496
- Año
- 2023
- Fecha
- 29 de diciembre de 2023
- Entidad
- Resolución SDH-000496 de 2023 Secretaría Distrital de Hacienda
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN SDH-000496 DE 2023 (Diciembre 29)
_Por medio de la cual se adopta la versión cinco del Manual Contable de la Secretaría Distrital de Hacienda_ __ EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA En uso de las facultades que le confiere los literales a) y o) del artículo 4° del Decreto Distrital 601 de 2014, modificado por el Decreto Distrital 364 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que los literales [a)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60281#4.l.a) y [o)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60281#4.l.o) del artículo 4° del Decreto Distrital 601 de 2014, modificado por el artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63160#1) del Decreto Distrital 364 de 2015, “ _Por el cual se modifica la estructura interna y funcional de la Secretaría Distrital de Hacienda y se dictan otras disposiciones”,_ asigna a la Secretaría Distrital de Hacienda las funciones de: _“Formular la política del Distrito Capital en materia fiscal, tributaria, presupuestal, contable, de tesorería y de crédito público_ ”, así como, “ _Establecer las políticas generales de la Secretaría Distrital de Hacienda, velar por el adecuado y oportuno cumplimiento de sus funciones, organizar el funcionamiento de la entidad, y proponer ajustes a la organización interna y demás disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos”._ Que en el numeral 2.1.1 del Anexo de la Resolución [193](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91146) de 2016 expedida por la Contaduría General de la Nación (CGN), establece que, “(…) _las políticas contables se formalizarán mediante documento emitido por el representante legal o la máxima instancia administrativa de la entidad”._ Que adicionalmente, el numeral 3.2.4 del anexo de la misma resolución indica que: “(…) Los manuales que se elaboren deberán permanecer actualizados en cada una de las dependencias que corresponda, para que cumplan con el propósito de informar adecuadamente a sus usuarios directos”.
Que el literal c) del numeral 1.2.4. del anexo de la Resolución No. [SDH-537](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=133377) de 2022, que adopta la segunda versión del _“Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D. C._ ”, en el literal c) “ _Anexos de política elaborados por_ _quienes conforman la ECP Bogotá D.C.”_, señala que estos anexos, _“(…) son elaborados en los casos que aplique, por los Entes Públicos Distritales con sujeción a las políticas contables de la ECP Bogotá D.C., y contienen aquellos lineamientos adicionales que surgen de la realidad y casuística específica de quien los elabora (…)”_ Que el párrafo tercero del literal c) del numeral 1.2.4. del Anexo de la precitada Resolución establece que, _“(…) La aprobación de la incorporación, modificación o eliminación de los anexos es responsabilidad de la máxima autoridad de cada Ente Público Distrital que genere el anexo, esto una vez la Dirección Distrital de Contabilidad dé visto bueno a la decisión.”_ Que con la expedición de las Resoluciones No. [331](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=137399) de 2022 y [285](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=147437) de 2023 emitidas por la Contaduría General de la Nación, mediante las cuales se modifican las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, se requiere actualizar la versión 4 del Manual de Políticas Contables de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que producto de la actualización normativa se identificaron políticas del manual en las cuales se consideró pertinente ajustar algunos aspectos, que permitan una mayor claridad en el momento de su aplicación por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda en uso de su autonomía administrativa, adopta el Manual Contable, donde se incluyen los anexos de política contable, elaborados conforme a la realidad y casuística propia, y se sintetizan las políticas contables que deben llevarse y tenerse en cuenta en el desarrollo de su proceso contable, el cual fue expedido mediante la Resolución [SDH–538](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=133338) del 29 de diciembre de 2022 “ _Por medio de la cual se adopta la versión cuatro del Manual Contable de la Secretaría Distrital de Hacienda”._ Que en cumplimiento del artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#8) de la Ley 1437 de 2011, el Decreto Distrital [474](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129100) de 2022 el proyecto de esta resolución se publicó en el Sistema Legalbog del 21 de diciembre al 29 de diciembre de 2023, sin que se hubieran recibidos observaciones o sugerencias por parte de la ciudadanía. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º. Adopción. Adoptase la versión cinco del Manual Contable de la Secretaría Distrital de Hacienda, que hace parte integral de esta resolución. Artículo 2º. Campo de aplicación. El Manual Contable emitido mediante esta resolución aplica para la Secretaría Distrital de Hacienda. Artículo 3º. Vigencia y derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga la Resolución No. [SDH-538](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=133338) del 29 de diciembre de 2022 y demás normas que le sean contrarias. Publíquese de manera adicional en el sitio web de la entidad, de conformidad con lo establecido en los artículos [8º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#8) y [65º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. PUBLÍQUESE y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2023.
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS
Secretario Distrital de Hacienda
Nota: Ver norma original en Anexos.
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