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Decreto Local 018 de 2023

Decreto Local 018 de 2023 Alcaldía Local de Chapinero

Tipo
Decreto Local
Número
018
Año
2023
Fecha
24 de agosto de 2023
Entidad
Alcaldía Local de Chapinero
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 018 DE 2023

(Agosto 24)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2023_

EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) de 2010 del 30 de agosto de 2010, “ _Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo 31, establece las Modificaciones Presupuestales e indica que “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto”._ Que, el alcalde Local de Chapinero mediante Memorando No 20235220009393 del 1 de agosto de 2023, solicitó a la Profesional de Presupuesto adelantar las gestiones pertinentes para realizar el traslado presupuestal al nivel “ _0212 Adquisición de bienes y servicios_ ”

Que mediante oficio No. 2023EE32427801 del 23 de agosto de 2023, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento vigencia 2023, por valor de CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS CUARENTA PESOS MCTE. ($ 5.360.340) CONTRACRÉDITOS 0212 Adquisición de bienes y servicios En el rubro 021202020070103010271311 Servicios de seguros de vida individual, se tenía una apropiación disponible por valor de $8.636.891, los cuales fueron utilizados en la adquisición de las pólizas de Seguro de Vida de los ediles del Fondo de Desarrollo Local, a través del contrato de seguros No 197 de 2023 por valor de $5.443.916, debido a menores costos del proceso por oferta del proveedor queda un saldo disponible de $3.192.975. Por lo anterior se hace necesario disminuir el Rubro en $ 3.192.975, En el rubro 02120202008078714102 Servicio de mantenimiento y reparación de vehículo, se tenía una apropiación disponible por valor de $40.000.000, Teniendo en el comité de contratación donde el profesional encargado de los 5 vehículos del Fondo de Desarrollo Local presento el proceso correspondiente al mantenimiento y reparación de los vehículos por valor de $32.480.000 y se generó el CDP por el mismo valor, quedando un saldo disponible de $7.520.000 de los cuales se hace necesario disminuir el rubro presupuestal en $2.167.365. CRÉDITOS 0212Adquisición de bienes y servicios En el rubro O02120201003033331101 Gasolina motor corriente, se tiene una apropiación inicial por valor de $11.889.000, los cuales se presupuestaron para cubrir el proceso de adquisición de combustible de la vigencia 2023, para los 5 vehíulos del Fondo de Desarrollo Local respecto de la vigencia 2023, dado que según proyecciones del gobierno nacional se estima que este combustible continue incrementando su valor se hace necesario realizar una adición a este rubro presupuestal por valor de $5.360.340

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2023, de conformidad con el siguiente detalle: ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente crédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2023, de conformidad con el siguiente detalle: ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=145757). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de agosto del año 2023.

OSCAR YESID RAMOS CALDERON

Alcalde Local de Chapinero

Nota: Ver norma original en Anexos.

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