Resolución 027 de 2023
Resolución 027 de 2023 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Tipo
- Resolución
- Número
- 027
- Año
- 2023
- Fecha
- 11 de diciembre de 2023
- Entidad
- Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 027 DE 2023
(Diciembre 1)
_Por la cual se aprueban unas modificaciones al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023 de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Sur Occidente E.S.E_
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 3° del Decreto Distrital 191 de 2021, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo No. [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=494) de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital. Que, como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#3)º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo [25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=494#25)° del Acuerdo No. 17 de 1997, en el Decreto Distrital [662](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431) de 2018 y en los artículos que lo modifican según Decreto Distrital [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778) de 2021.
Que según lo establecido en el acuerdo Distrital [641](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65686) de 2016 _“por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”_, se reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.
Que conforme a lo estipulado en el literal [e](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.e)) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo establecido en el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#3)° del Decreto Distrital 191 de 2021, “(…) las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto (…) Así mismo, el mencionado artículo indica que _“(…) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud.”._ Que de acuerdo con el numeral 4 del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal, CONFIS, aprobado en sesión No. 01 del 31 de enero de 2020 las decisiones del CONFIS se notificarán “Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas industriales y Comerciales del Distrito Capital y la Empresas Sociales del Estado”.
Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No. [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129422) del 27 de octubre del 2022, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud – SISS Empresas Sociales del Estado - E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2023.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, mediante el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118112#4)° de la Resolución No. 015 del 25 de octubre de 2021, delegó en las Juntas o Consejos Directivos de las Empresas Distritales no Financieras a las que hace referencia el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#1)° del Decreto Distrital 662 de 2018, _“la aprobación, mediante acto administrativo, del ajuste al presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversiones en curso de la vigencia, con base en el ejercicio del cierre presupuestal y financiero de la vigencia inmediatamente anterior y previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto"._ Que, en aplicación de la delegación citada anteriormente, la Junta Directiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Sur Occidente E.S.E., mediante Acuerdo 058 del 4 de abril de 2023, aprobó los ajustes al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de esta Subred para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2023 como resultado del cierre financiero de la vigencia 2022.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E. requiere efectuar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos de la vigencia 2023 en el rubro Ingresos Corrientes por un monto de $5.000.000.000, considerando los mayores esfuerzos de facturación y el recaudo efectivo de las cuentas por cobrar de la SISS Sur Occidente E.S.E., que no ha sido objeto de adición previamente.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E. requiere adicionar el monto de $5.000.000.000 para cubrir Gastos de Operación Comercial en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023.
Que la Junta Directiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E. mediante Acuerdo No. 184 del 27 de noviembre de 2023, emitió concepto favorable a la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023 por $5.000.000.000.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E. requiere efectuar un traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023 por un monto de $3.008.456.320 contracreditando este monto en el agregado de Funcionamiento para acreditarlo en el agregado de Gastos de Operación Comercial.
Que el traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones por $3.008.456.320 fue justificado por la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. en la proyección de necesidades de bienes y servicios a 31 de diciembre de 2023 que realizó esta Subred, determinando un saldo libre de afectación por valor de $3.008.456.320 en diferentes rubros de gastos generales susceptibles de ser contra acreditados, para complementar la apropiación para la contratación de personal asistencial para el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas del mes de diciembre del 2023 del rubro Contratación de servicios asistenciales generales.
Que la Junta Directiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Sur Occidente E.S.E. mediante Acuerdo No. 187 del 30 de noviembre de 2023, emitió concepto favorable al traslado en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023 por $3.008.456.320.
Que el CONFIS Distrital en sesión No. 22 del 11 de diciembre de 2023, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y la recomendación de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023 por $5.000.000.000, y el traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2023 por $3.008.456.320 de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Sur Occidente E.S.E.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de las modificaciones presupuestales aprobadas por el CONFIS Distrital es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Sur Occidente E.S.E.
RESUELVE:
Artículo primero.
Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2023 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS Sur Occidente – E.S.E, por un valor total de $5.000.000.000, conforme al siguiente detalle: pesos | | RUBRO | ADICIÓN ---|---|--- 4.1 | INGRESOS | 5.000.000.000 4.1.1 | Ingresos Corrientes | 5.000.000.000 4.2 | GASTOS | 5.000.000.000 4.2.4 | Gastos de Operación Comercial | 5.000.000.000
Artículo segundo.
Aprobar un traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones para la vigencia 2023 por $3.008.456.320, conforme al siguiente detalle:
| RUBRO | CONTRA- CRÉDITO | CRÉDITO ---|---|---|--- 4.2 | GASTOS | | 4.2.1 | Funcionamiento | -3.008.456.320 | 4.2.4 | Gastos de Operación Comercial | | 3.008.456.320
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de la fecha de [publicación ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152042)en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los 11 días del mes de diciembre del año 2023.
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS
Secretario Distrital de Hacienda
FELIPE JIMÉNEZ ÁNGEL
Secretario Técnico de CONFIS
Secretario Distrital de Planeación
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