Decreto Local 019 de 2023
Decreto Local 019 de 2023 Alcaldía Local de Sumapaz
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 019
- Año
- 2023
- Fecha
- 28 de noviembre de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de Sumapaz
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 019 DE 2023
(Noviembre 28)
_Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2023_
EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ
En uso de sus facultades constitucionales, legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, establece: _cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, (…)_ __ Que estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda \- Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que en la Resolución No. [SHD-191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017, por el cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención.
Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL, en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que _: “es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”._ __ Que de acuerdo con el parágrafo único del artículo [10°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto No. 192 del 02 de junio de 2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados al interior de cada uno de los rubros que componen, siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación al quinto nivel establecida en el Catálogo de Clasificación Presupuestal del Distrito. Que, analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia 2023, se hace necesario fortalecer la apropiación de algunos rubros que son insuficientes para garantizar el cabal cumplimiento de las obligaciones que por competencias le han sido designadas. En consecuencia, se solicita efectuar el trámite pertinente a fin de adelantar los movimientos presupuestales aquí registrados. Que, con el trámite de esta modificación presupuestal, el Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, no aumenta la cuantía asignada inicialmente para Gastos de Funcionamiento, por valor de $2.510.565.000, sin embargo, analizada la necesidad de continuar dándole uso a algunas impresoras se observa que los recursos con que se cuentan a la fecha no son suficientes para su adecuado funcionamiento, por lo cual, se requiere efectuar un traslado al interior de este para contar con los recursos suficientes a fin de dotarlas de estos elementos para su adecuado uso. Así mismo, en el rubro de Derechos de uso de otros productos de propiedad intelectual al adquirir las licencias la oferta económica adjudicataria se presentó por un menor valor que puede ser trasladado toda vez que se requiere adicionar el contrato actual de vigilancia y seguridad, por el rubro de Servicios de Protección (Guardas de seguridad).
Que el Fondo de Desarrollo Rural, efectuó los estudios técnicos, legales y financieros para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento vigencia 2023, por valor de NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS M/CTE ($ 9.470.790). Que en mérito de lo anterior expuesto
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO:[Modificado por el art. 1, Decreto Local 020 de 2023.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152245#1)
_< El nuevo texto es el siguiente> _Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la Vigencia Fiscal 2023, por la suma de **NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS M/CTE ($9.470.790)
conforme al siguiente detalle: | | CONTRACRÉDITOS| ---|---|--- CODIGO PRESUPUESTAL| RUBRO| VALOR O2| GASTOS| $ 9.470.790 O21| Funcionamiento| $ 9.470.790 O212| Adquisición de bienes y servicios| $ 9.470.790 O21202| Adquisiciones diferentes de activos| $ 9.470.790 O2120201| Materiales y suministros| $ 4.442.462 O2120201003| Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)| $ 4.442.462 O212020100303| Productos de hornos de coque; productos de refinación de petróleo y combustible nuclear | $ 4.442.462** O2120201003033336103 | Diésel oil ACPM (fuel gas gasoil marine gas)
| $ 4.442.462 | CONTRACRÉDITOS| ---|---|--- O2120202| Adquisición de servicios| $ 5.028.328 O2120202007| Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing| $ 5.028.328 O212020200703| Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario| $ 5.028.328 O21202020070373390| Derechos de uso de otros productos de propiedad intelectual| $ 5.028.328 | TOTAL, CONTRACREDITOS| $ 9.470.790
_El texto original era el siguiente:_
_Artículo primero: Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la Vigencia Fiscal 2023, por la suma de NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS M/CTE ($ 9.470.790), de acuerdo con el siguiente detalle:_
CONTRACRÉDITOS | ---|--- CODIGO PRESUPUESTAL | RUBRO | VALOR O2 | GASTOS | $ 9.470.790 O21 | Funcionamiento | $ 9.470.790 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ 9.470.790 O21201 | Adquisiciones de activos No financieros | $ 4.442.462 O2120101 | Activos fijos | $ 4.442.462 O2120101003 | Maquinaria y equipo | $ 4.442.462 O212010100303 | Maquinaria de oficina, contabilidad e informática | $ 4.442.462 O21201010030302 | Maquinaria de informática y sus partes, piezas y accesorios | $ 4.442.462 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $ 5.028.328 O2120202 | Adquisición de servicios | $ 5.028.328 O2120202007 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | $ 5.028.328 O212020200703 | Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario | $ 5.028.328 O21202020070373390 | Derechos de uso de otros productos de propiedad intelectual | $ 5.028.328 | TOTAL, CONTRACREDITO | $ 9.470.790
Artículo segundo.
Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2023, por la suma NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS NO- VENTA PESOS M/CTE ($ 9.470.790), de acuerdo con el siguiente detalle:
CRÉDITOS | ---|--- CODIGO PRESUPUESTAL | RUBRO | VALOR O2 | GASTOS | $ 9.470.790 O21 | Funcionamiento | $ 9.470.790 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ 9.470.790 O21201 | Adquisiciones de activos No financieros | $ 4.442.462 O2120101 | Activos fijos | $ 4.442.462 O2120101003 | Maquinaria y equipo | $ 4.442.462 O212020100306 | Productos de caucho y plástico | $ 4.442.462 O2120201003063699060 | Cartuchos plásticos para impresora de computador | $ 4.442.462 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $ 5.028.328 O2120202 | Adquisición de servicios | $ 5.028.328 O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $ 5.028.328 O212020200805 | Servicios de soporte | $ 5.028.328 O21202020080585250 | Servicios de protección (guardas de seguridad) | $ 5.028.328 | TOTAL, CRÉDITO | $ 9.470.790
Artículo tercero.
Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.
Artículo cuarto.
Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.
Artículo quinto.
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=151877).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de noviembre del año 2023.
SEBASTIÁNSALDARRIAGARIVERA
Alcalde Local de Sumapaz
Nota: Ver norma original en Anexos.
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