Decreto Local 021 de 2023
Decreto Local 021 de 2023 Alcaldía Local de Usaquén
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 021
- Año
- 2023
- Fecha
- 20 de noviembre de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de Usaquén
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 021 DE 2023
(Noviembre 20)
_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2023_
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local –FDL- y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38677#31) del Decreto 372 de 2010, establece para las modificaciones presupuestales: _“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente”:_ Numeral primero: _“(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”._ __ Que el Artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: _“Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local” (…)._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación._ __ Parágrafo._Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).(…)_ Que, a finales del año 2022, se adelantó el anteproyecto de presupuesto para la vigencia 2023, el cual llevó la planeación de los contratos de funcionamiento, al máximo nivel de desagregación en los bienes a contratar, siguiendo el lineamiento impartido en su momento por la Secretaria Distrital de Hacienda. Que, la entidad suscribió el contrato de seguridad y vigilancia que tiene como objeto “ _PRESTAR EL_ _SERVICIO INTEGRAL DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA PERMANENTE CON MEDIO HUMANO, CON ARMA Y MEDIOS TECNOLÓGICOS PARA TODOS LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE PROPIEDAD DE LA ALCALDÍA LOCAL DE USAQUÉN - FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USAQUÉN - FDLUSA Y DE LAS QUE LEGALMENTE SEA O LLEGARE A SER RESPONSABLE_ ”, La Alcaldía Local de Usaquén tiene a su cargo bienes muebles e inmuebles de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén y le corresponde a esta entidad velar por la adecuada protección y custodia de dichos bienes que conforman su patrimonio, así como de aquellos por los cuales sea o llegara a ser legalmente responsable, para lo cual debe adelantar las acciones necesarias tendientes a garantizar la protección de los recursos de la organización, con el objeto de prevenir riesgos, hechos y registros que atenten contra la seguridad de los mismos de conformidad con lo señalado en el literal del artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#2) de la Ley 87 de 1993. La protección y cuidado de las instalaciones, se debe aplicar utilizando estrategias que apunten a la prestación del servicio de manera eficiente y eficaz, lo cual requiere de personal de vigilancia con experiencia e idoneidad que garanticen el bienestar de funcionarios y visitantes, servicio que debe ser prestado por una empresa debidamente constituida y que cuente con sus respectivas licencias de funcionamiento y demás requisitos legales. Pese a que el contrato actual tiene fecha de finalización 15 de enero de 2024 se requiere la adición del recurso solicitado toda vez que el presupuesto inicial alcanza para cubrir los servicios hasta diciembre, por este motivo es necesario a la adición y la prórroga por 5 días la cual terminaría el 20 de enero de 2024. Por lo que se requiere el traslado de recursos por valor deQUINCE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($ 15.232.398) para realizar la adición de dicho contrato De igual forma, en la proyección realizada por el Fondo de Desarrollo Local del pago de servicio público de energía se requiere el valor de SIETEMILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CUATRO PESOS M/CTE ($ 7.796.104) para garantizar el suministro de este servicio. En consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén requiere adelantar un traslado presupuestal por valor de VEINTITRÉS MILLONES VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS DOS PESOS M/CTE ($ 23.028.502). Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- O2 | GASTOS | $ 23.028.502 O21 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $ 23.028.502 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ 23.028.502 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $ 23.028.502 O2120202 | Adquisición de servicios | $ 23.028.502 O2120202006 | Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua | $ 4.290.471 O212020200603 | Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas | $ 4.265.044 O21202020060363399 | Otros servicios de suministro de comidas | $ 4.265.044 O212020200604 | Servicios de transporte de pasajeros | $ 25.427 O21202020060464114 | Servicios de transporte terrestre especial local de pasajeros | $ 25.427 O2120202007 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | $ 666.528 O212020200701 | Servicios financieros y servicios conexos | $ 666.528 O21202020070103 | Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) | $ 666.528 O2120202007010301 | Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | $ 6.982 O212020200701030102 | Ediles | $ 6.982 O21202020070103010271311 | Servicios de seguros de vida individual | $ 6.982 O2120202007010305 | Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | $ 659.546 O212020200701030571351 | Servicios de seguros de vehículos automotores | $ 92.710 O212020200701030571354 | Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción | $ 321.859 O212020200701030571355 | Servicios de seguros generales de responsabilidad civil | $ 188.900 O212020200701030571359 | Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p. | $ 56.077 O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $ 15.567.503 O212020200806 | Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos | $ 5.292.104 O21202020080686330 | Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato) | $ 5.292.104 O212020200807 | Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) | $ 10.275.399 O21202020080787130 | Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos | $ 900.420 O2120202008078715399 | Servicios de mantenimiento y reparación de equipos y aparatos de telecomunicaciones n.c.p. | $ 4.827.393 O2120202008078715699 | Servicio de mantenimiento y reparación de máquinas de uso general n.c.p. | $ 4.547.586 O2120202009 | Servicios para la comunidad, sociales y personales | $ 2.504.000 O212020200904 | Servicios de alcantarillado, recolección, tratamiento y disposición de desechos y otros servicios de saneamiento ambiental | $ 2.504.000** O21202020090494239 | Servicios generales de recolección de otros desechos | $ 2.504.000
Artículo segundo.
Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- O2 | GASTOS | $ 23.028.502 O21 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $ 23.028.502 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ 23.028.502 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $ 23.028.502 O2120202 | Adquisición de servicios | $ 23.028.502 O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $ 23.028.502 O212020200805 | Servicios de soporte | $ 15.232.398 O21202020080585250 | Servicios de protección (guardas de seguridad) | $ 15.232.398 O212020200806 | Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos | $ 7.796.104 O21202020080686312 | Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato) | $ 7.796.104
Artículo tercero.
Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.
Artículo cuarto.
Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.
Artículo quinto.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=151017)**.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. C, a los veinte (20) días del mes de noviembre del dos mil veintitrés (2023).
JAIME ANDRES VARGAS VIVES
Alcalde Local Usaquén
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