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Resolución 104 de 2023

Resolución 104 de 2023 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación

Tipo
Resolución
Número
104
Año
2023
Fecha
7 de noviembre de 2023
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 104 DE 2023

(Noviembre 07)

_Por medio de la cual se liberan los recursos no ejecutados y amparados mediante Resolución 002 del 06 de febrero de 2023 de la Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación_

LA ALTA CONSEJERA DE PAZ, VÍCTIMAS Y RECONCILIACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, especialmente las conferidas en el artículo 1 de la Resolución 042 del 26 de enero de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley [489](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186) de 1998 estableció en su artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) que las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias, y en su artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#10) dispuso que el acto de delegación siempre será escrito, y determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.

Que el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5306#71) del Decretos Nacional No. 111 de 1996, establece que: _“Todos los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuéstales deberán contar con ce, sados de disponibilidad previos que garanticen la existencia de apropiación suficiente para atender estos gastos. Igualmente, estos compromisos deberán contar con registro presupuestal para que los recursos con él financiados no sean desviados a ningún otro fin. En este registro se deberá indicar claramente el valor y el plazo de las prestaciones a las que haya lugar”._ Que el Decreto Distrital [512](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86192) de 27 de agosto de 2019 _"Por medio del cual se adopta el protocolo de participación efectiva de las víctimas del conflicto armado en Bogotá, D.C."_, en el artículo [55](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86192#55) establece el apoyo alimentario, de transporte y compensatorio, respectivamente, para los miembros de los espacios de participación de las víctimas en el Distrito Capital Que mediante Resolución [042](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106886) del 26 de enero de 2021, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. delegó en el/la Alto/a Consejero/a para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, la función de ordenar el gasto y disponer los trámites asociados al reconocimiento y pago de los apoyos de transporte, compensatorio y alimentarios previstos en los numerales [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86192#55.n.1), [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86192#55.n.2), [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86192#55.n.3) del artículo 55 del Decreto Distrital 512 de 2019. Que, en virtud de dicha delegación, la Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación mediante la Resolución 002 del 06 de febrero de 2023 resolvió:_"Amparar los recursos requeridos para el pago delos apoyos establecidos en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 55 del Decreto Distrital 512 de 2019 modificado por el artículo 42 del Decreto Distrital 596 de 2022, a favor de los miembros titulares de los espacios de participación de las víctimas del conflicto armado en Bogotá D.C.: Mesas Locales de Participación, Mesa Distrital de Participación, Mesas de Enfoque Diferencial, el Es, Ampliado, los Subcomités Temáticos de Justicia Transicional y el Comité Distrital de Justicia Transicional de Bogotá, durante la vigencia 2023, hasta por la suma deDOSCIENTOS OCHENTA MILLONES DE PESOS MCTE. ($280.000.000).”_ y a su vez ordenó la expedición del Registro Presupuestal 598 con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal 599 del 25 de enero de 2023.

Que durante la vigencia 2023, se efectuaron los pagos del reconocimiento de garantías a los asistentes que participaron de las sesiones realizadas durante la vigencia por valor de CIENTO SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($174.519.599) por parte de la Subdirección Financiera de la Secretaría General.

Que en la actualidad el Registro Presupuestal 598 de 2023, tiene un saldo que asciende a la suma de: CIENTO CINCO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS UN PESOS M/CTE($ 105.480.401). Que al realizar la revisión de las sesiones realizadas a la fecha y la proyección de los recursos requeridos para el pago de garantías para las sesiones que se realicen hasta el mes de diciembre de 2023 junto con un rubro para imprevistos (Anexo 1), se pudo determinar que se requiere de la suma aproximada de SETENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y UN PESOS M/CTE., ($ 74.209.151). Que teniendo en cuenta que no se ejecutarán en la presente vigencia todos los recursos amparados mediante la Resolución 002 de 2023 y, considerando que no todos los integrantes de los espacios cumplieron con los requisitos de asistencia y permanencia para acceder a el reconocimiento y pago del apoyo de transporte, alimentario y compensatorio previstos en el artículo 55 del Decreto 512 de 2019 es procedente avanzar en la liberación de recursos. Por las razones expuestas, a la fecha no se requieren recursos por un monto de TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE., ($31.271.250) correspondientes del Registro Presupuestal 598 del Certificado de Disponibilidad Presupuestal 599 del 25 de enero de 2023, siendo necesario proceder con la liberación de estos Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1 \- Liberación de recursos. Ordenara la Subdirección Financiera de la Secretaría General liberar los saldos presupuestales comprometidos y no ejecutados que fueron amparados en la Resolución 002 del 06 de febrero de 2023 de la Alta Consejería de Paz, Victimas y Reconciliación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, que fueron apropiados mediante Registro Presupuestal 598 con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal 599 del 25 de enero de 2023, y que corresponden a la suma de TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE., ($31.271.250) de conformidad con la siguiente relación: | Valor | **Descripción ---|--- 74.209.151 | Valor de los gastos proyectados para octubre, noviembre y diciembre de 2023. $ 105.480.401 | Valor saldo del Registro Presupuestal 598 $ 31.271.250 | Recursos a liberar

Artículo 2- Comunicación. Por conducto de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. se comunicará el contenido de la presente resolución a la Subdirección Administrativa y Financiera.

Artículo 3- Vigencia. La presente resolución rige desde el día siguiente de su comunicación.

Dada en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de noviembre del año 2023.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

JONNATHA IVONNE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ

ALTA CONSEJERA DE PAZ, VÍCTIMAS Y RECONCILIACIÓN

Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.

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