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Decreto Local 015 de 2023

Decreto Local 015 de 2023 Alcaldía Local de Sumapaz

Tipo
Decreto Local
Número
015
Año
2023
Fecha
5 de octubre de 2023
Entidad
Alcaldía Local de Sumapaz
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 015 DE 2023

(Octubre 05) __ _Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2023_

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ

En uso de sus facultades constitucionales, legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, establece: _cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, (…)

Que estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

Que en la Resolución No. [SHD-191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017, por el cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención.

Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL, en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: _“es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto”._ Que de acuerdo con el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10.p) único del artículo 10° del Decreto No. 192 del 02 de junio de 2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados al interior de cada uno de los rubros que componen, siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación al quinto nivel establecida en el Catálogo de Clasificación Presupuestal del Distrito. Que, analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia 2023, se hace necesario fortalecer la apropiación de algunos rubros que se encuentran desfinanciados, para garantizar el cabal cumplimiento de las actividades a realizar según las competencias designadas. En consecuencia, se solicita efectuar el trámite pertinente a fin de adelantar los movimientos presupuestales aquí registrados.

Que con el trámite de esta modificación presupuestal, el Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, no aumenta la cuantía asignada inicialmente para Gastos de Funcionamiento, por valor de $2.510.565.000, los cuales fueron distribuidos en los rubros que se requerían para el adecuado funcionamiento de la alcaldía local, sin embargo, dadas las condiciones económicas actuales y por la particularidad del territorio de Sumapaz, algunos de ellos los valores proyectados en la vigencia anterior no alcanzan para cubrir los costos reales durante el año en curso y, otros que no fueron tenidos en cuenta por cuanto los recursos no alcanzaban. En consecuencia, tan solo se requiere efectuar un traslado al interior de este, de los saldos que se han liberado del Rubro de Obligaciones por Pagar, debido a las liquidaciones de contratos que se han adelantado durante la presente vigencia.

Que mediante oficio No. 2023EE386451O1 del 4 de octubre de 2023, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Rural, efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante el cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2023, por valor de VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($24.205.989).

Que en mérito de lo anterior expuesto

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la Vigencia Fiscal 2023, por la suma de VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($24.205.989), de acuerdo con el siguiente detalle: | | CONTRACREDITO | ---|---|--- Código Presupuestal | Rubro | Valor O2 | GASTOS | $ 24.205.989 O21 | FUNCIONAMIENTO | $ 24.205.989 02190 | Obligaciones por Pagar Funcionamiento | $ 24.205.989 O219001 | Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior | $ 8.532.513 O219002 | Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias | $ 15.673.476 | TOTAL, CONTRACREDITO | $ 24.205.989 ARTICULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2023, por la suma de VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE PE SOS M/CTE ($24.205.989), de acuerdo con el siguiente detalle:

| CRÉDITO | ---|---|--- Código Presupuestal | Rubro | Valor O2 | Gastos | $ 24.205.989 O21 | Funcionamiento | $ 24.205.989 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ 24.205.989 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $ 24.205.989 O2120201 | Materiales y suministros | $ 8.500.000 O2120201003 | Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) | $ 8.500.000 O212020100306 | Productos de caucho y plástico | $ 4.500.000 O2120201003063699060 | Cartuchos plásticos para impresora de computador | $ 4.500.000 O212020100308 | Muebles; otros bienes transportables n.c.p.

| $ 4.000.000 O2120201003083899920 | Artículos varios de publicidad y propaganda | $ 4.000.000 O2120202 | Adquisición de servicios | $ 15.705.989 O2120202007 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | $ 11.490.989 O212020200702 | Servicios inmobiliarios | $ 11.490.989 O21202020070272252 | Servicios de arrendamiento de bienes inmuebles no residenciales (vivienda) a comisión o por contrato | $ 4.000.000 O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $ 11.705.989 O212020200805 | Servicios de soporte | $ 11.705.989 O21202020080585330 | Servicios de limpieza general | $ 11.705.989 | TOTAL, CREDITOS | $ 24.205.989 ARTÍCULO TERCERO: Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO: Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.

ARTÍCULO QUINTO: Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=149670).

Dado en Bogotá D.C., a los 05 días del mes de octubre del año 2023.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

SEBASTIÁN SALDARRIAGA RIVERA

Alcalde Local de Sumapaz

Nota: Ver norma original en Anexos.

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