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Resolución 325 de 2023

Resolución 325 de 2023 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Tipo
Resolución
Número
325
Año
2023
Fecha
12 de septiembre de 2023
Entidad
Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 325 DE 2023

(Septiembre 12) __ _Por la cual se da cumplimiento a lo ordenado en el Acuerdo No 03 de 25 Agosto de 2023 por el Comité Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR y dispone adelantar los trámites para la entrega de los estímulos establecidos en las Convocatorias No 14 “Bogotá un Destino Estrella” - Mercadeo y Promoción Turística, No. 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”, No. 16 “Eventos por Bogotá”, No. 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia”, No. 18 “Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y HOSPEDAJE_

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confieren los Acuerdos Distritales No. 275 de 2007 y 761 de 2020 y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto Distrital No 268 de 2020 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política establece que "_La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad_, _moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad_ y _publicidad_, _mediante la descentralización_, _la delegación y la desconcentración de funciones_ "_._ Que el artículo [52](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#52) ibidem reconoce el derecho de todas las personas a la recreación y aprovechamiento del tiempo libre, señalando que el Estado fomentará estas actividades. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8634#1) de la Ley 300 de 1996 "_Por la cual se expide la Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones"_, modificado por el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48321#2) de la Ley 1558 de 2012, el turismo es una industria esencial para el desarrollo del país y en especial para sus entidades territoriales y cumple una función social. Que, a su vez, el artículo [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8634#2) de la Ley 300 de 1996 señala a la descentralización como uno de los principios rectores de la actividad turística, "en _virtud del cual la actividad turística es responsabilidad de los diferentes niveles del Estado en sus áreas de competencia”_.

Que la [citada](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8634#2) disposición indica que el fomento es otro de los principios "_en virtud del cual el Estado protegerá y otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades turísticas, recreacionales y en general, todo lo relacionado con esta actividad en todo el territorio nacional"._ __ Que, de la misma manera, el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104746#2) de la Ley 2068 de 2020, “ _por la cual se modifica la Ley General de Turismo_ y se _dictan otras disposiciones_ ", modificó el concepto del principio de desarrollo social, económico y cultural, según el cual "_la actividad turística, conforme al artículo_ 52 _de la Constitución Política, es un derecho social y económico que contribuye al desarrollo integral de las personas, de los seres sintientes y de los territorios y comunidades, que fomenta_ el _aprovechamiento del tiempo libre_ y _revaloriza la identidad cultural de las comunidades y se desarrolla con base en que todo ser humano y sintiente tiene derecho a una vida saludable productiva en armonía con la naturaleza”_.

Que el artículo [122](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93649#122) del Acuerdo Distrital 761 de 2020, _"Por medio del cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 "Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI_, creó el Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR como un fondo cuenta sin personería jurídica, dependiente del Instituto Distrital de Turismo, con el fin de promover, apoyar e impulsar el desarrollo del sector turístico en la ciudad de Bogotá.

Que los artículos [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102747#3), [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102747#4) y [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102747#5) del Decreto Distrital 268 de 2020, "_Por_ el _cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR”_, señalan que el Fondo tiene como propósito promover, apoyar e impulsar el desarrollo del sector turístico en la ciudad, para lo cual promoverá la igualdad y generación de nuevas oportunidades para el crecimiento socioeconómico de comunidades y tejido productivo del sector turístico de la capital, al mismo tiempo que dispuso que a través de los recursos del Fondo se implementarían herramientas de gestión como incentivos, estímulos y otras actividades de fomento del sector turismo. Que, de la misma manera, el Decreto en mención estableció en su artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102747#5) que el Fondo realizaría acciones encaminadas a "_Financiar_, _cofinanciar_ y _asesorar_ el _desarrollo_ de _iniciativas privadas provenientes de grupos comunitarios y del tejido productivo_ del _sector turístico, que favorezcan la creación de empleo, la igualdad de oportunidades y el desarrollo humano en el territorio; (_..._) Desarrollar convocatorias públicas para la selección de proyectos turísticos que puedan ser ejecutados con recursos del Fondo y que den cumplimiento al Plan Distrital de Desarrollo y a los lineamientos de desarrollo turístico de la ciudad y la región; (_...) _Apoyar el desarrollo de modelos de sofisticación del sector turismo en la ciudad; (...)Promover actuaciones para_ el _bienestar del turismo_ en _situaciones_ de _emergencia_ y _apoyar la implementación_ de _cambios en_ el _sector asociados a la transformación digital_, el _turismo inteligente_, _la responsabilidad social empresarial_, _la innovación social_, el _liderazgo_, _la gobernanza del sector, el cambio climático, el turismo regenerativo, el turismo comunitario, el empleo digno, el cumplimiento de los ODS y la relación de turismo y paz_, _entre otros aspectos"_.

Que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102747#9) del Decreto ídem, señaló como instancia de dirección del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR a su Comité Ejecutivo, el cual tiene entre otras funciones las de _"aprobar la priorización y ejecución de recursos del FONDETUR_, _de acuerdo con_ los _instrumentos_ de _planeación correspondientes"_ y "_aprobar las condiciones_ y _los términos para cada una de las convocatorias del FONDETUR_, _incluyendo las condiciones de condonación cuando a ello haya lugar”_.

Que en sesión tres (3) del 2023 del Comité Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR, realizada el día 15 de mayo de 2023, se aprobaron las condiciones de participación de las Convocatorias: No 14 “ _Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística_, No. 15 “ _Somos Destino Turístico Inteligente_ ”, No. 16 “ _Eventos por Bogotá_ ”, No. 17 “ _Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia_ ” y No. 18 “ _Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje_ ”; las cuales fueron adoptadas mediante Acuerdo 2 de 2023 del Comité Ejecutivo.

Que el Director General del Instituto Distrital de Turismo mediante Resolución 200 del 19 de mayo de 2023, da la apertura de las Convocatorias No 14 “ _Bogotá un Destino Estrella_ ” – _Mercadeo y Promoción Turística_, Convocatoria No. 15 “ _Somos Destino Turístico Inteligente_ ”, Convocatoria No 16 “ _Eventos por Bogotá, Convocatoria_ ”, No 17 “ _Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia, y Convocatoria_ ”, No 18 “ _Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje_ ”. Que, de conformidad con lo previsto por el parágrafo del artículo [7°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102747#7) del Decreto Distrital 268 de 2020,_"para efectos_ de _la evaluación_ de _los programas_ y _proyectos presentados_ a _consideración_ del _FONDETUR_, se _creará un Comité de Evaluación, cuya conformación y funcionamiento será reglamentado por parte del Instituto Distrital de Turismo"._ Que con la Resolución [146](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115684) de 2021 de la Dirección General, el Instituto Distrital de Turismo dio cumplimiento a lo previsto por el parágrafo citado y creó el Comité de Evaluación para el Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR.

Que mediante el Acuerdo [07](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129539) de 2022, “ _Se modifica la Estructura Organizacional del Instituto Distrital de Turismo - IDT, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones_ ”.

Que mediante la Resolución 267 del 17 de julio de 2023 se actualizó la conformación del Comité de Evaluación de FONDETUR. COMITÉ DE EVALUACIÓN. En su calidad de instancia encargada de realizar la evaluación de las iniciativas, convocatorias, postulaciones, programas y proyectos presentados a consideración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR, integrado por: a. Un designado por la Dirección General del IDT b. El Subdirector de Mercadeo. c. El Subdirector de Desarrollo y Competitividad. d. El Subdirector de Inteligencia y Gestión de Tecnologías de la Información Que, de conformidad con el Acuerdo N° 3 de 2023 en sus considerandos, se describe el proceso de la convocatoria No 14 “ _Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción_ Turística, Convocatoria No. 15 “ _Somos Destino Turístico Inteligente_ ”, Convocatoria No. 16 “ _Eventos por Bogotá_ ”, Convocatoria No. 17 “ _Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia_ ”, la evaluación y selección de las propuestas habilitadas, realizadas por el Comité de Evaluación, mediante las Actas Nos. 13, 14, 15 y 16 del 31 de Julio de 2023,, presentando los siguientes resultados: RESULTADOS DE LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS | Propuestas Presentadas | 176 ---|--- Propuestas Rechazadas no habilitadas para la etapa de evaluación | 24 Propuestas Evaluados | 152 Que, una vez realizado el proceso de recepción de propuestas presentadas en el marco de la convocatoria No 14 “ _Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística_, Convocatoria No. 15 “ _Somos Destino Turístico Inteligente_ ”, Convocatoria No 16 “ _Eventos por Bogotá_ ”, Convocatoria No 17 “ _Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia_ ”, y N° 18 “ _Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje_ ”, el Comité de Evaluación emitió concepto técnico y recomendó al Comité Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR la selección de las propuestas ganadoras dentro de las convocatorias en mención.

RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN

Propuestas aprobadas | 87 ---|--- Propuestas que presentaron renuncia | 5 Propuestas anuladas | 2 Propuestas seleccionadas como beneficiarios finales de estímulos | 80 Que, mediante Acuerdo N° 3 del 25 de agosto de 2023, el Comité Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá FONDETUR acogió la recomendación efectuada por el Comité de Evaluación y dispuso la entrega de los estímulos a las propuestas ganadoras de la Convocatoria No 14 “ _Bogotá un Destino Estrella_ ” – _Mercadeo y Promoción Turística_, Convocatoria No. 15 “ _Somos Destino Turístico Inteligente_ ”, Convocatoria No. 16 “ _Eventos por Bogotá_ ”, y la Convocatoria No 17 “ _Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia_ ” y N° 18 “ _Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje_ ”.

Que el Acuerdo N° 3 de 25 de agosto de 2023 del Comité Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR fue publicado el 25 de agosto de 2023 en la página del Instituto Distrital de Turismo-Fondetur: www.idt.gov.co/es/normativa-fondetur; notificado mediante correo electrónico a cada uno de los participantes de la convocatoria el día 28 de agosto de 2023, y se encuentra en firme, tal y como se evidencia en el respectivo expediente.

Que para dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 10 literales [d](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102747#10.l.d), [f](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102747#10.l.f) y [h](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102747#10.l.h) del Decreto Distrital N° 268 de 2020, dentro del compromiso y reconocimiento del estímulo a los beneficiarios designados, el Instituto Distrital de Turismo- IDT cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se enuncian a continuación:

Convocatoria N° 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística --- Certificado de disponibilidad presupuestal | 26 Objeto | Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Bogotá un Destino Estrella Valor | $ 240.000.000 Rubro | O23011601260000007908 Descripción del Rubro | Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA Concepto del Gasto | 83117 - Servicios de gestión de desarrollo empresarial Fondo | 1-100-F001_VA-Recursos distrito Fecha | 8 de septiembre de 2023 Convocatoria N° 15 “Somos Destino Turístico Inteligente” --- Certificado de disponibilidad presupuestal | 21 Objeto | Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Somos Destino Turístico Inteligente Valor | $ 182.500.000 Rubro | O23011601260000007908 Descripción del Rubro | Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA Concepto del Gasto | 85540 - Servicios de operadores turísticos Fondo | 1-100-F001_VA-Recursos distrito Fecha | 8 de septiembre de 2023 Convocatoria N° 15 “Somos Destino Turístico Inteligente” Certificado de disponibilidad presupuestal | 22 Objeto | Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Somos Destino Turístico Inteligente Valor | $ 50.000.000 Rubro | O23011601260000007908 Descripción del Rubro | Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA Concepto del Gasto | 85540 - Servicios de operadores turísticos Fondo | 1-100-F001_VA-Recursos distrito Fecha | 8 de septiembre de 2023 Convocatoria N° 16 “Eventos por Bogotá” --- Certificado de disponibilidad presupuestal | 24 Objeto | Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Eventos por Bogotá Valor | $ 280.000.000 Rubro | O23011601260000007908 Descripción del Rubro | Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA Concepto del Gasto | 85540 - Servicios de operadores turísticos Fondo | 1-100-F001_VA-Recursos distrito Fecha | 8 de septiembre de 2023 Convocatoria N° 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia” Certificado de disponibilidad presupuestal | 23 Objeto | Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Bogotá, enfoque de género para un escenario turístico por excelencia Valor | $ 160.000.000 Rubro | O23011601260000007908 Descripción del Rubro | Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA Concepto del Gasto | 85540 - Servicios de operadores turísticos Fondo | 1-100-F001_VA-Recursos distrito Fecha | 8 de septiembre de 2023 Convocatoria N° 18 "Transformación digital para establecimientos de alojamiento y hospedaje" --- Certificado de disponibilidad presupuestal | 25 Objeto | Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Turismo y herramientas de gestión tecnológicas para establecimientos de alojamiento y hospedaje Valor | $ 6.000.000 Rubro | O23011601260000007908 Descripción del Rubro | Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA Concepto del Gasto | 85540 - Servicios de operadores turísticos Fondo | 1-100-F001_VA-Recursos distrito Fecha | 8 de septiembre de 2023 Que, de conformidad con lo señalado por el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023#5) del Acuerdo Distrital 275 de 2007, _"Por el cual se crea el Instituto Distrital de Turismo"_, la Dirección General del IDT debe expedir los actos administrativos necesarios para el buen funcionamiento del Instituto y, de igual forma, el literal [a](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102747#10.l.a), artículo 10 del Decreto Distrital 268 de 2020 dispuso que la Dirección General, entre otras acciones, debe ejecutar las directrices impartidas por el Comité Ejecutivo Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR-.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCIMIENTO- Dar cumplimiento a lo ordenado por el Comité Ejecutivo del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR-, mediante Acuerdo N° 03 de 25 de agosto de 2023, y de conformidad con lo anterior, otorgar los estímulos dispuestos en la convocatoria No. 14 “ _Bogotá un Destino Estrella_ ” – _Mercadeo y Promoción_ _Turística_, Convocatoria No. 15 “ _Somos Destino Turístico Inteligente_ ”, Convocatoria No. 16 “ _Eventos por Bogotá_ ”, Convocatoria No. 17 ” _Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia_ " No. 18 “ _Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje_ ” como se señala a continuación:

Convocatorias No 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística

No. | Código | Razón Social | Puntaje | Estímulo ---|---|---|---|--- 1 | C0014-00003 | John Alexander Chaves - Manacu | 80,50 | $10.000.000 2 | C0014-00004 | Inversiones Newport S.A.S -Viajes Newport | 89,00 | $10.000.000 3 | C0014-00005 | Logistbox L&L S.A.S | 66,75 | $10.000.000 4 | C0014-00006 | Bo explore S.A.S | 91,00 | $10.000.000 5 | C0014-00010 | SAS - Apata Colombia | 96,25 | $10.000.000 6 | C0014-00013 | Territorio Colombia Transporte y Turismo S.A.S | 79,50 | $10.000.000 7 | C0014-00014 | Fundación Universidad de América - Unidad de patrimonio-museo de trajes de la universidad de américa. | 85,00 | $10.000.000 8 | C0014-00017 | KIAX V&T - Gineth Dayana Bedoya Gaona | 70,50 | $10.000.000 9 | C0014-00018 | Julián Andrés Mondragón Guzmán -Andigena Birding | 85,75 | $10.000.000 10 | C0014-00020 | Tegua Travel S.A.S | 85,25 | $10.000.000 11 | C0014-00021 | Acción Juvenil Ambiental por la Conservación - AJAC | 80,50 | $10.000.000 12 | C0014-00022 | Conecta tu viaje S.A.S | 87,25 | $10.000.000 13 | C0014-00025 | Passion travel Colombia - Mónica Andrea Luis Duarte | 76,75 | $10.000.000 14 | C0014-00028 | Make your plan Colombia S.A.S | 96,75 | $10.000.000 15 | C0014-00029 | Paramoverte: turismo, patrimonio y cultura - Paola Carolina Juez Mahecha | 92,25 | $10.000.000 16 | C0014-00034 | Asociación Hotelera y Turística de Colombia - Cotelco Capítulo Bogotá- Cundinamarca | 75,25 | $10.000.000 17 | C0014-00036 | Bogotá Experience tours S.A.S | 81,00 | $10.000.000 18 | C0014-00037 | Agencia De Viajes Y De Turismo Montañeros 2. O - María Cristina Caballero Mendoza | 91,25 | $10.000.000 19 | C0014-00038 | Red De Mujeres Cannábicas De Colombia - Redmucann | 85,50 | $10.000.000 20 | C0014-00039 | Ala ventura - Mayra Alejandra Ávila Bohórquez | 70,50 | $10.000.000 21 | C0014-00040 | Atelier S2dio Fotografía Producción y Turismo S.A.S Bic -Parche Cachaco Tours | 72,75 | $10.000.000 22 | C0014-00041 | Corporación Ambiental SIE | 85,50 | $10.000.000 23 | C0014-00044 | Asociación De Turismo Rural Comunitario De Bogotá | 67,25 | $10.000.000 24 | C0014-00046 | Ecohills | 65,50 | $10.000.000

Convocatoria No. 15 “Somos Destino Turístico Inteligente”

No. | Código | Razón Social | Puntaje | Estímulo ---|---|---|---|--- 1 | C0015-00001 | Arturo Delgadillo Martínez | 83.00 | $7.500.000 2 | C0015-00004 | Patasolatrekk SAS | 80,75 | $7.500.000 3 | C0015-00006 | Carlos Enrique Roa Diaz | 79.75 | $7.500.000 4 | C0015-00007 | William Muñoz Triana | 75.00 | $7.500.000 5 | C0015-00008 | Cultura Turística SAS | 68.75 | $7.500.000 6 | C0015-00009 | Reserva Natural De La Sociedad Civil La Casita Feliz SAS | 75.75 | $7.500.000 7 | C0015-00010 | Big Mama Colombia S.A.S. | 89.75 | $7.500.000 8 | C0015-00012 | León Sánchez | 86,25 | $7.500.000 9 | C0015-00013 | Hernán David Hueso Linares | 70.25 | $7.500.000 10 | C0015-00015 | Margery Julieth Triana Beltrán | 66,00 | $7.500.000 11 | C0015-00016 | Katerin Flórez Carrillo | 86,75 | $7.500.000 12 | C0015-00018 | Yeisson Alexander Vela Cáceres | 84,50 | $7.500.000 13 | C0015-00022 | Sandra Cely | 88,75 | $7.500.000 14 | C0015-00025 | Juan Carlos Alfonso González | 68,75 | $7.500.000 15 | C0015-00028 | Nomada Explora S.A.S | 73,75 | $7.500.000 16 | C0015-00029 | Colombia 1000 Estaciones S.A.S | 86,25 | $7.500.000 17 | C0015-00032 | Tourexito S.A.S | 79,75 | $7.500.000 18 | C0015-00035 | Lady Alejandra Hernández Ortiz | 65,75 | $7.500.000 19 | C0015-00037 | Eu Mepego-Boutique - María Alexandra Cadena Fernández | 78,50 | $7.500.000 20 | C0015-00039 | Giovanni Alfonso | 66.50 | $7.500.000 21 | C0015-00045 | Capital Graffiti S.A.S | 81,75 | $7.500.000 22 | C0015-00052 | Leonardo Rodríguez | 66.25 | $7.500.000 23 | C0015-00056 | Instinto Extremo - German Arnulfo Antonio | 81,25 | $7.500.000 24 | C0015-00057 | Transfers & Tours S.A.S | 80.00 | $7.500.000 25 | C0015-00063 | Inversiones Hoteleras Rosales SA | 68.00 | $7.500.000 26 | C0015-00065 | Guía Profesional De Turismo \- Albeiro Noreña Ocampo | 80.00 | $7.500.000 27 | C0015-00066 | Natural Tribe Colombia - Jimmy Leonardo Caballero Herrera | 91,25 | $7.500.000 28 | C0015-00071 | Jasbleidy Salas Guzmán | 75,50 | $7.500.000 29 | C0015-00072 | Café Shop - Wilson Camilo Roncancio Chavarro | 80.50 | $7.500.000 30 | C0015-00073 | Usaquén Station Hostel -Edwin Piraquive Mondragón | 85,25 | $7.500.000 31 | C0015-00076 | Tras La Huella De Tibacuy | 76,25 | $7.500.000

Convocatoria No 16 “Eventos por Bogotá”

No. | Código | Razón Social | Puntaje | Estímulo ---|---|---|---|--- 1 | C0016-00001 | Asociación De Bares De Colombia - ASOBARES | 65,00 | $ 40.000.000 2 | C0016-00002 | Corporación Cultural Museo del Vidrio de Bogotá | 69,00 | $ 40.000.000 3 | C0016-00004 | Fundación Festival Macarenazo | 66,75 | $ 40.000.000 4 | C0016-00011 | Corporación Cultural InterColombia | 65,75 | $ 40.000.000 5 | C0016-00014 | Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo – ANATO- CAPÍTULO CENTRAL | 67,25 | $ 40.000.000 6 | C0016-00017 | ING3NIO SAS | 65,50 | $ 40.000.000 7 | C0016-00018 | Odretours International E.U. | 71,50 | $ 40.000.000

Convocatoria No. 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia”

No. | Código | Razón Social Proponente | Puntaje | Estímulo ---|---|---|---|--- 1 | C0017-00001 | German Enrique Calderón Jiménez | 82,75 | $ 10.000.000 2 | C0017-00002 | Mirador La Regadera - Melida Esperanza Gerena Velazco | 66,50 | $ 10.000.000 3 | C0017-00004 | Escuela De Cultura Campesina | 86,50 | $ 10.000.000 4 | C0017-00005 | Consentidos Por Naturaleza SAS | 88,50 | $ 10.000.000 5 | C0017-00007 | GEH Grupo Happy | 71,75 | $ 10.000.000 6 | C0017-00008 | Asociación Mirachuelo Ecoambiental | 83,00 | $ 10.000.000 7 | C0017-00010 | Hotel Cabrera Real - Álvaro Cabrera Duran | 65,50 | $ 10.000.000 8 | C0017-00012 | Avícola La Gallina Campesina | 84,00 | $ 10.000.000 9 | C0017-00014 | Frog Bolirana Club SAS | 85,75 | $ 10.000.000 10 | C0017-00015 | Silvicultura Ambiental De Colombia S.A.S | 71,25 | $ 10.000.000 11 | C0017-00017 | Viajes Mundo Colombia - Ruby Adalgisa Sepúlveda Corzo | 94,50 | $ 10.000.000 12 | C0017-00018 | Kaizen Green Colombia - Nenfer Elena Rojas Monroy | 68,75 | $ 10.000.000 13 | C0017-00021 | Omni Tours Colombia S.A.S. | 66,50 | $ 10.000.000 14 | C0017-00022 | ASOPROAM | 86,75 | $ 10.000.000 15 | C0017-00024 | Granja Meraki SAS | 86,25 | $ 10.000.000 16 | C0017-00025 | Jardín Botánico Real De Colombia -Edgar Alonso Parra Talero | 92,50 | $ 10.000.000

Convocatoria No. 18 “Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje”.

No. | Código | Razón Social Proponente ---|---|--- 1 | C0018-00001 | Hostal Villa candelaria 2 | C0018-00004 | Open By Holidays ARTÍCULO SEGUNDO: TRÁMITE Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL-. Para dar cumplimiento a lo anterior, la Subdirección Corporativa del Instituto Distrital de Turismo, deberá realizar las gestiones necesarias para el desembolso de los recursos objeto de los estímulos en conjunto con la Subdirección de Planeación, como responsable del proyecto, con el respaldo de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal - CDP, que se enuncian a continuación:

Convocatoria N° 14 “Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística --- Certificado de disponibilidad presupuestal | 26 Objeto | Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Bogotá un destino estrella Valor | $ 240.000.000 Rubro | O23011601260000007908 Descripción del Rubro | Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA Concepto del Gasto | 83117 - Servicios de gestión de desarrollo empresarial Fondo | 1-100-F001_VA-Recursos distrito Fecha | 8 de septiembre de 2023 Convocatoria N° 15 “Somos Destino Turístico Inteligente” --- Certificado de disponibilidad presupuestal | 21 Objeto | Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Somos destino turístico inteligente Valor | $ 182.500.000 Rubro | O23011601260000007908 Descripción del Rubro | Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA Concepto del Gasto | 85540 - Servicios de operadores turísticos Fondo | 1-100-F001_VA-Recursos distrito Fecha | 8 de septiembre de 2023 Convocatoria N° 15 “Somos Destino Turístico Inteligente” --- Certificado de disponibilidad presupuestal | 22 Objeto | Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Somos destino turístico inteligente Valor | $ 50.000.000 Rubro | O23011601260000007908 Descripción del Rubro | Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA Concepto del Gasto | 85540 - Servicios de operadores turísticos Fondo | 1-100-F001_VA-Recursos distrito Fecha | 8 de septiembre de 2023 Convocatoria N° 16 “Eventos por Bogotá” --- Certificado de disponibilidad presupuestal | 24 Objeto | Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Eventos por Bogotá Valor | $ 280.000.000 Rubro | O23011601260000007908 Descripción del Rubro | Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA Concepto del Gasto | 85540 - Servicios de operadores turísticos Fondo | 1-100-F001_VA-Recursos distrito Fecha | 8 de septiembre de 2023 Convocatoria N° 17 “Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia” --- Certificado de disponibilidad presupuestal | 23 Objeto | Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Bogotá, enfoque de género para un escenario turístico por excelencia Valor | $ 160.000.000 Rubro | O23011601260000007908 Descripción del Rubro | Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá - FONDETUR BOGOTA Concepto del Gasto | 85540 - Servicios de operadores turísticos Fondo | 1-100-F001_VA-Recursos distrito Fecha | 8 de septiembre de 2023 Convocatoria N° 18 "Transformación digital para establecimientos de alojamiento y hospedaje" --- Certificado de disponibilidad presupuestal | 25 Objeto | Generar estímulos para la ejecución de la convocatoria Turismo y herramientas de gestión tecnológicas para establecimientos de alojamiento y hospedaje Valor | $ 6.000.000 Rubro | O23011601260000007908 Descripción del Rubro | Administración del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá -FONDETUR BOGOTA Concepto del Gasto | 85540 - Servicios de operadores turísticos Fondo | 1-100-F001_VA-Recursos distrito Fecha | 8 de septiembre de 2023 ARTÍCULO TERCERO: DESEMBOLSO. \- Para la entrega de los estímulos económicos de que trata el Artículo Primero de este acto, la entidad realizará dos desembolsos, el primero equivalente al 75% del valor asignado a cada una de las propuestas, previa aceptación escrita del estímulo por parte del beneficiario dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la notificación del presente acto, presentación de la certificación bancaria y verificación de la póliza de cumplimiento, de acuerdo con las condiciones de la Convocatoria No. 14 “ _Bogotá un Destino Estrella_ ” – _Mercadeo y Promoción Turística_, Convocatoria No. 15 “ _Somos Destino Turístico Inteligente_ ”, Convocatoria No. 16 “ _Eventos por Bogotá_ ”, Convocatoria No. 17 “ _Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia_ ”; y el segundo correspondiente al 25% una vez se realice la aprobación del informe final de la implementación del cien por ciento (100%) del proyecto.

Para la convocatoria No. 18 “ _Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje_ ”, una vez se realice el proceso de mínima cuantía para la contratación del proveedor que suministrará las licencias por un valor de $6.000.000, estas serán asignadas a los beneficiarios seleccionados.

Parágrafo. PRIMERO: En los casos en que la documentación requerida para el desembolso no sea aportada en fechas establecidas en la convocatoria, se entenderá como renuncia del beneficiario al estímulo, caso en el cual el FONDETUR adelantará los trámites administrativos a los que haya lugar., PARÁGRAFO SEGUNDO: Los desembolsos del estímulo se realizarán atendiendo el Plan Anual de Caja (PAC) y los mismos no generan intereses.

Parágrafo. TERCERO: Los beneficiarios de los estímulos deberán cumplir con las actividades a las cuales se comprometieron, para que el giro de los recursos por parte del IDT se realice en la presente vigencia fiscal.

ARTÍCULO CUARTO: GARANTÍA. Los beneficiarios deberán constituir Póliza de cumplimiento de disposiciones legales a favor del Distrito Capital - Instituto Distrital de Turismo (NIT 900.140.515-6) en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el cien por ciento (100%) del valor total del estímulo asignado, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución de la propuesta y seis (6) meses más.

Parágrafo. La verificación de la suficiencia de la garantía se realizará mediante la plataforma con los usuarios designados por FONDETUR, la cual se incorporará a la constancia referida en el artículo segundo de la presente resolución. Durante la ejecución de la propuesta los beneficiarios mantendrán vigente el amparo; en caso de cualquier modificación la póliza debe ser ajustada.

ARTÍCULO QUINTO: SEGUIMIENTO. El seguimiento al desembolso y la ejecución de los recursos se adelantará por parte de la Subdirección de Planeación del IDT, siguiendo los parámetros dados por las condiciones generales y específicas de participación de la Convocatoria No. 14 “ _Bogotá un Destino Estrella” – Mercadeo y Promoción Turística_, Convocatoria No. 15 “ _Somos Destino Turístico Inteligente_ ”, Convocatoria No. 16 “ _Eventos por Bogotá_ ” y Convocatoria No. 17 “ _Bogotá, Escenario Turístico por Excelencia_ “y No. 18 “ _Transformación Digital para Establecimientos de Alojamiento y Hospedaje_ ”...

ARTÍCULO SEXTO: NOTIFICACIÓN. Notificar el presente acto administrativo en los términos y condiciones dadas por los artículos [56](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#56) y [67](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#67) y s.s. de la Ley 1437 de 2011 a los beneficiarios señalados en el artículo primero de la presente resolución, haciéndoles saber que contra ella no procede recurso alguno, por ser un acto de ejecución, de acuerdo con el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO SÉPTIMO: PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en la página web del Instituto Distrital de Turismo - IDT- FONDETUR, y en el Registro Distrital.

ARTÍCULO OCTAVO: VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146898).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de septiembre del año 2023.

ANDRÉS ORLANDO CLAVIJO RANGEL

Director General

Nota: Ver norma original en Anexos.

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