Decreto Local 013 de 2023
Decreto Local 013 de 2023 Alcaldía Local de Sumapaz
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 013
- Año
- 2023
- Fecha
- 20 de septiembre de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de Sumapaz
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 013 DE 2023
(Septiembre 20)
_Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2023_
EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ
En uso de sus facultades constitucionales, legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, establece: _cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, (…)_
Que estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que en la Resolución No. SHD-[191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017, por el cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención.
Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL, en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: _“es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”._ Que de acuerdo con el parágrafo único del artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10)° del Decreto No. 192 del 02 de junio de 2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados al interior de cada uno de los rubros que componen, siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación al quinto nivel establecida en el Catálogo de Clasificación Presupuestal del Distrito. Que, analizado el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia 2023, se hace necesario fortalecer la apropiación de algunos rubros que se encuentran desfinanciados, para garantizar el cabal cumplimiento de las actividades a realizar según las competencias designadas. En consecuencia, se solicita efectuar el trámite pertinente a fin de adelantar los movimientos presupuestales aquí registrados.
Que con el trámite de esta modificación presupuestal, el Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, no aumenta la cuantía asignada inicialmente para Gastos de Funcionamiento, por valor de $2.510.565.000, los cuales fueron distribuidos en los rubros que se requerían para el adecuado funcionamiento de la alcaldía local, sin embargo, dadas las condiciones económicas actuales y por la particularidad del territorio de Sumapaz, algunos de ellos han sufrido un alto incremento para la presente vigencia, como es el caso de los seguros y del Diesel Oil ACPM, lo cual hace que lo proyectado en la vigencia anterior, no alcance para cubrir los costos reales durante el año en curso y otros rubros que inicialmente no se contemplaron dentro del agregado. En consecuencia, tan solo se requiere efectuar un traslado al interior de este, de los saldos de algunos rubros cuyos gastos ya se cubrieron y de otros que se han liberado del Rubro de Obligaciones por Pagar, debido a las liquidaciones de contratos que se han adelantado durante la presente vigencia.
Que en mérito de lo anterior expuesto
DECRETA
Artículo primero.
Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la Vigencia Fiscal 2023, por la suma de SESENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($67.320.367), de acuerdo con el siguiente detalle: | | CONTRACREDITO | ---|---|--- Código Presupuestal | Rubro | Valor O2 | GASTOS | $ 67.320.367 O21 | FUNCIONAMIENTO | $ 67.320.367 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ 67.320.367 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $ 67.320.367 O2120201 | Materiales y suministros | $ 28.157.979 O2120201003 | Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) | $ 28.157.979 O212020100302 | Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares | $ 4.104.000 O2120201003023212897 | Papeles especiales p | $ 1.000.000 O2120201003023219996 | Artículos n.c.p. de | $ 1.104.000 O2120201003023219998 | Cartón n.c.p. | $ 1.000.000 O2120201003023270103 | Agendas y similares | $ 1.000.000 O212020100303 | Productos de hornos de coque; productos de refinación de petróleo y combustible nuclear | $ 24.053.979 O2120201003033331101 | Gasolina motor corriente | $ 24.053.979 O2120202 | Adquisición de servicios | $ 39.162.388 O2120202007 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | $ 39.162.388 O212020200701 | Servicios financieros y servicios conexos | $ 39.162.388 O21202020070103 | Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) | $ 39.162.388 O2120202007010301 | Servicios de seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | $ 554.377 O212020200701030102 | Ediles | $ 554.377 O21202020070103010271311
| Servicios de Seguro de vida ediles | $ 554.377 O2120202007010304 | Servicios de seguros de salud y de accidentes | $ 1.047.220 O212020200701030471347 | Servicios de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) | $ 1.047.220 O2120202007010305 | Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | $ 37.560.791 O212020200701030571354 | Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción | $ 3.925.525 O212020200701030571355 | Servicios de seguros generales de responsabilidad civil | $ 32.615.841 O212020200701030571359 | Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p. | $ 1.019.425 | TOTAL, CONTRACREDITO | $ 67.320.367
Artículo segundo.
Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2023, por la suma SESENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($67.320.367), de acuerdo con el siguiente detalle
CRÉDITO --- Código Presupuestal | Rubro | Valor O2 | Gastos | $ 67.320.367 O21 | Funcionamiento | $ 67.320.367 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ 67.320.367 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $ 67.320.367 O2120201 | Materiales y suministros | $ 67.320.367 O2120201003 | Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) | $ 28.157.979 O212020100302 | Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares | $ 4.104.000 O2120201003023241001 | Periódicos impresos publicados menos de cuatro veces por semana | $ 4.104.000 O212020100303 | Productos de hornos de coque; productos de refinación de petróleo y combustible nuclear | $ 24.053.979 O2120201003033336103 | Diésel oíl ACPM (fuel gas gasoil marine gas) | $ 24.053.979 O2120202007 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | $ 39.162.388 O212020200701 | Servicios financieros y servicios conexos | $ 39.162.388 O21202020070103 | Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) | $ 39.162.388 O2120202007010305 | Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | $ 39.162.388 O212020200701030571351 | Servicios de seguros de vehículos automotores | $ 38.729.388 O212020200701030471349 | Otros servicios de seguros de salud n.c.p. (Otros servicios de salud ediles) | $ 433.000 | TOTAL, CRÉDITOS | $ 67.320.367
Artículo tercero.
Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.
Artículo cuarto.
Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.
Artículo quinto.
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=148037).
Dado en Bogotá D.C., a los 20 días del mes de septiembre del año 2023.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
SEBASTIÁN SALDARRIAGA RIVERA
Alcalde Local de Sumapaz
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