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Resolución 4463 de 2023

Resolución 4463 de 2023 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Tipo
Resolución
Número
4463
Año
2023
Fecha
19 de septiembre de 2023
Entidad
Instituto de Desarrollo Urbano - IDU
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 4463 DE 2023

(Septiembre 19)

_Por la cual se corrige un error de digitación en la Resolución Nº[4205](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146937) del 4 de septiembre de 2023_

El Director General del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo Distrital No. 19 de 1972, los Acuerdos del Consejo Directivo del IDU Nos. 001 de 2009 y 006 de 2021 y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución No. [4205](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146937) del 4 de septiembre de 2023, la Dirección General del IDU adoptó la modificación al Manual de Funciones y Competencias labores del Instituto de Desarrollo Urbano.

Que por error de digitación en la Resolución No. [4205](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146937) del 4 de septiembre de 2023, se señaló en la identificación del empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 03, que la denominación del empleo era Profesional Especializado, siendo el correcto Profesional Universitario, así: | | I. IDENTIFICACIÓN ---|--- Nivel: | Profesional Denominación del Empleo: | Profesional Universitario Código: | 219 Grado: | 03 No. de cargos: | Cincuenta y uno (51) Dependencia: | Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: | Quien ejerza la supervisión directa Que al respecto, es importante señalar que las respectivas fichas de manuales de funciones asociadas al empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 03, establecidas en la Resolución No. [4205](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146937) del 4 de septiembre de 2023, corresponden con exactitud con el concepto técnico favorable emitido mediante oficio No. 2-202311335 del 28 de agosto de 2023 del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, las cuales no se vieron afectadas por el yerro de digitación cometido, para ningún efecto.

Que el artículo [45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#45) de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, dispone en relación con la corrección de errores formales de los actos administrativos, lo siguiente:

_“Artículo 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”_

Que de acuerdo con lo anterior, se hace necesario corregir la denominación del empleo del Profesional Universitario, Código 219, Grado 03, indicado en la Resolución No. 4205 del 4 de septiembre de 2023.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Corregir del artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146937#1)° de la Resolución No. 4205 del 4 de septiembre de 2023, en cuanto a la identificación del empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 03, el cual quedará así:

| I. IDENTIFICACIÓN ---|--- Nivel: | Profesional Denominación del Empleo: | Profesional Universitario Código: | 219 Grado: | 03 No. de cargos: | Cincuenta y uno (51) Dependencia: | Donde se ubique el cargo Cargo del Jefe Inmediato: | Quien ejerza la supervisión directa

Artículo segundo.

La presente Resolución corrige únicamente el error de digitación de la denominación del empleo de Profesional Universitario, Código 219, Grado 03, dispuesto en la Resolución No. [4205](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146937) del 4 de septiembre de 2023 y en ningún caso dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión establecida en dicho acto administrativo.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 19 días del mes de septiembre del año 2023.

DIEGO SANCHEZ FONSECA

Director General

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