Resolución 095 de 2023
Resolución 095 de 2023 Instituto Distrital de Patrimonio Cultural
- Tipo
- Resolución
- Número
- 095
- Año
- 2023
- Fecha
- 14 de febrero de 2023
- Entidad
- Instituto Distrital de Patrimonio Cultural
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DES-MN-01-FR-05 RESOLUCIÓN 095 DE 2023
(Febrero 14)
_Por medio de la cual se ordena la apertura del Banco de Expertos para el Sector Cultura del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte_
LA SECRETARIA DE DESPACHO
En uso de sus facultades conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, el numeral tercero del artículo 1 y los artículos 17 y 18 de la Ley 397 de 1997, el artículo 90 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Decreto Distrital 340 de 2020, y demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [70](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#70) de la Constitución Política, establece: _"El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación"._ __ Que el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#71) de la Constitución Política de Colombia dispone: _"La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades"._ __ Que, de conformidad con el mandato constitucional indicado, la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señaló en el numeral tercero del artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#1)° lo siguiente: _"El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana"._ __ Que, así mismo, en su artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#18) establece: _"El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como y para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo...”_ __ Que el artículo [90](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#90) del Acuerdo 257 de 2006 establece: “ _El Sector Cultura, Recreación y Deporte tiene como misión garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo. (...)”_ __ Que el Decreto Distrital [340](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187) de 30 de diciembre de 2020, _"Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones" _señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto “(…) _orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculada y la sociedad civil”._ __ Que el artículo 3º, literal ([j](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#3.l.j)) del decreto ibidem señala que dentro de las funciones de esta Secretaría la de: _“Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”_.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 340 de 2020, artículo 12, literal ([h](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#12.l.h)), __ Que con el objetivo de materializar los lineamientos de fomento, y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ha establecido como una de las estrategias el Programa Distrital de Estímulos, el cual tiene como objeto fortalecer los procesos, proyectos e iniciativas desarrolladas por los agentes culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad, a través de la entrega de estímulos mediante convocatorias públicas para el desarrollo de propuestas o para realzar la excelencia de procesos y trayectorias relevantes de agentes del sector. Que, una vez aprobadas las modificaciones para la selección del Banco de Expertos del sector Cultura, Recreación Deporte, se expidió la Resolución No. 93 del 13 de febrero del 2023, “ _Por medio de la cual se modifica el Banco Sectorial de Hojas de vida de jurados por el Banco de Expertos para el Sector Cultura, Recreación y Deporte en el marco del Programa Distrital de Estímulos y se deroga la Resolución 185 del 7 de mayo de 2013”_ __ Que, en virtud de lo anterior y en desarrollo de los lineamientos de fomento, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ordena la apertura del Banco de Expertos para el Sector Cultura- PDE 2023.
Que las condiciones y requisitos de participación de las convocatorias que se abren mediante el presente acto administrativo, se encuentran establecidas en documento denominado _“CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN BANCO DE EXPERTOS PARA EL SECTOR CULTURA” el_l cual hace parte integral de la presente resolución y que será publicado en el siguiente micrositio: [https://sicon.scrd.gov.co/jurados#block-views-block-](https://sicon.scrd.gov.co/jurados#block-views-block-jury-bank-registration-opening-date) [jury-bank-registration-opening-date](https://sicon.scrd.gov.co/jurados#block-views-block-jury-bank-registration-opening-date), en el que los interesados podrán registrar su hoja de vida o actualizarla si es del caso, en la plataforma web dispuesta para el efecto.
Que en consideración de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Ordenar la apertura del Banco de Expertos para el Sector Cultura del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2023, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, a partir del 14 de febrero de 2023, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo. ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación del Banco de Expertos para el Sector Cultura del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2023 que tiene apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentran establecidos en el documento denominado _“CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN BANCO DE EXPERTOS PARA EL SECTOR CULTURA”, _el cual forma parte integral de la presente resolución y podrá ser consultado en el siguiente micrositio: [https://sicon.scrd.gov.co/jurados#block-views-block-jury-bank-registration-opening-date](https://sicon.scrd.gov.co/jurados#block-views-block-jury-bank-registration-opening-date) ARTÍCULO TERCERO: Ordenar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación del Banco de Expertos para el Sector Cultura en el micrositio de convocatorias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. ARTICULO CUARTO: Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano comunicar el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Dirección de Fomento y a la Oficina Asesora de Comunicaciones de la SCRD, para los trámites de su competencia. ARTÍCULO QUINTO: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación y contra este no proceden los recursos en los términos del artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C, a los 14 días del mes de febrero del año 2023.
CATALINA VALENCIA TOBÓN
Secretaria de Despacho
Nota: Ver norma original en Anexos.
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