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Resolución 257 de 2023

Resolución 257 de 2023 Instituto Distrital de Patrimonio Cultural

Tipo
Resolución
Número
257
Año
2023
Fecha
2 de mayo de 2023
Entidad
Instituto Distrital de Patrimonio Cultural
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

Formato Resolución RESOLUCIÓN 257 DE 2023

(Mayo 02)

_Por medio de la cual se modifica el artículo[primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146257#1)de la primero (sic) de la Resolución No.229 del 18 de abril de 2023_

LA SUBDIRECTORA DE DIVULGACIÓN Y APROPIACIÓN DEL PATRIMONIO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 397 de 1997, el Acuerdo Distrital 257 de 2006 del Concejo de Bogotá, el Acuerdo 001 de 2023 de Junta Directiva, Resolución N°285 del 06 de julio de 2020, Resolución N° 588 del 02 de noviembre de 2022 y;

CONSIDERANDO:

Que el día 06 de febrero de 2023 el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural expidió la Resolución No. 26 “ _Por medio de la cual se ordena la apertura del Programa Distrital de Estímulos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC 2023”._ Que este programa comprende el diseño, planeación y ejecución de un sistema de becas, premios, residencias y pasantías para los agentes del sector, cuyas reglas se definen teniendo en cuenta las condiciones específicas de cada una de las prácticas del arte, la cultura, el patrimonio, la recreación y el deporte.

Que para la evaluación de las propuestas participantes y la selección de los ganadores es necesario contar con un grupo de personas externas a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y a las entidades adscritas, denominados jurados.

Que el 28 de marzo de 2023, mediante Resolución No. [144](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146238) se conformó el Comité Técnico para la evaluación, selección y designación de los jurados que evaluarían las propuestas presentadas en la “ _BECA PARA LA ACTIVACIÓN DE MURALISMO CON TÉCNICAS TRADICIONALES DE PINTURA (CENTRO HISTÓRICO)”_, en el marco del Programa Distrital de Estímulos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC 2023.

Que el 18 de abril de 2023 el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural expidió la Resolución No.[229](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146257) “ _Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria: _“ _BECA PARA LA ACTIVACIÓN DE MURALISMO CON TÉCNICAS TRADICIONALES DE PINTURA (CENTRO HISTÓRICO)”_, _del Programa Distrital de Estímulos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – DPC 2023 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignado”._ Que de conformidad con lo establecido en el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146257#1) del citado acto administrativo se designó como los jurados principales para evaluar las propuestas de la convocatoria: “ _BECA PARA LA ACTIVACIÓN DE MURALISMO CON TÉCNICAS TRADICIONALES DE PINTURA (CENTRO HISTÓRICO)”,_ del Programa Distrital de Estímulos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC 2023, a las siguientes personas: | CONVOCATORIA | NOMBRE DEL JURADO | No. DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD | VALOR DEL ESTIMULO ---|---|---|--- | CAROLINA PINZÓN RIVERA | C.C. 63.540.633 | $2.500.000 BECA PARA LA ACTIVACIÓN | | | DE MURALISMO CON | MÓNICA ANDREA PULIDO | C.C. 52.881.574 | $2.500.000 TÉCNICAS TRADICIONALES | VILLAMARÍN | | DE PINTURA (CENTRO | | | HISTÓRICO) | MILDRED TATIANA MORENO | C.C.1.032.413.06 | Ad honorem | CASTRO (Jurado Ad honorem) | 6 | Que según lo establecido en el parágrafo segundo del citado artículo se designó como jurado suplente en caso de que alguno de los jurados principales presentara renuncia, impedimento, inhabilidad, conflicto de intereses, ausencia temporal o absoluta, o cualquiera que fuere la causa que le impidiera cumplir con los deberes establecidos por la Entidad y las condiciones de participación del Banco de Expertos 2023, en cualquier etapa del proceso y previa comunicación formal dirigida a la Entidad, al señor PAUL SEBASTIÁN MESA VACCA identificado con C.C 1.020.740.267.

Que, con posterioridad a la publicación de la resolución referida, mediante correo electrónico del 19 de abril de 2023 la señora CAROLINA PINZÓN RIVERA identificada con cédula de ciudadanía 63.540.633 informó a la Entidad que actualmente es contratista de la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte.

Que de acuerdo a lo establecido en las Condiciones de participación del Banco de Expertos para el sector cultura, la señora CAROLINA PINZÓN RIVERA incurre en lo descrito en el numeral 3.2 ¿Quiénes no pueden participar? _“Personas naturales _ _contratistas Las personas naturales contratistas de la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o de la entidad con la que se haya suscrito un convenio para ofertar convocatorias en el marco del PDE (…)_.

Que el documento Condiciones de participación del Banco de Expertos para el sector cultura en el numeral 5.6 ¿Cuándo se designa al experto suplente?, establece que _“En cualquier etapa del proceso, en el evento de presentarse renuncia, impedimento, restricción de participación, inhabilidad, conflicto de intereses, ausencia temporal o absoluta de un experto, que impida al experto cumplir con la totalidad de los compromisos establecidos o con las actividades propias de su participación, previa comunicación formal dirigida a la entidad. En tal caso, se procederá a relevarlo y a designar al suplente, quien asumirá sus deberes como experto. El experto que ha sido reemplazado no tendrá derecho a estímulo alguno por las actividades realizadas hasta el momento de su ausencia, toda vez que su compromiso culmina con la entrega del informe de evaluación, acompañamiento, orientación o asesoría. El recurso respectivo se destinará al experto que haya asumido la suplencia_”.

Que, de conformidad con lo anterior, se hace necesario designar al señor PAUL SEBASTIÁN MESA VACCA identificado con C.C 1.020.740.267 como jurado principal para evaluar las propuestas de la convocatoria: _“BECA PARA LA ACTIVACIÓN DE MURALISMO CON TÉCNICAS TRADICIONALES DE PINTURA (CENTRO HISTÓRICO)”,_ del Programa Distrital de Estímulos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC 2023.

Que conforme a la Resolución No. [144](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146238) de 2023, el 26 de abril de 2023 se reunió el Comité Técnico para la evaluación, selección y designación de los jurados que evaluarían las propuestas habilitadas para la convocatoria “ _BECA PARA LA ACTIVACIÓN DE MURALISMO CON TÉCNICAS TRADICIONALES DE PINTURA (CENTRO HISTÓRICO)”_ conformado por Camila Medina Arbeláez, Subdirectora de Divulgación y Apropiación del Patrimonio, María Fernanda Ángel y Nathaly Andrea Bonilla Rodríguez, contratistas de la Subdirección de Divulgación y Apropiación del Patrimonio del IDPC, con el fin de seleccionar a quien sería designado como suplente.

Que según lo establecido en el numeral séptimo del acta del Comité Técnico del 26 de abril de 2023 para la “ _BECA PARA LA ACTIVACIÓN DE MURALISMO CON TÉCNICAS TRADICIONALES DE PINTURA (CENTRO HISTÓRICO)”_ el comité recomienda seleccionar como jurado suplente, a la siguiente experta:

NOMBRE | DOCUMENTO | PERFIL | PUNTAJE ---|---|---|--- Leidy Anguley Isaza Urrego | C.C 53.091.187 | Maestra en Artes Plásticas y Visuales de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Magister en Estética e Historia del Arte de la Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano. Experiencia como docente universitaria de áreas teóricas y prácticas de artes, diseño y humanidades. Jurado de proyectos de grado, concursos a nivel nacional y par evaluadora en procesos editoriales y artísticos. Investigadora en áreas relacionadas con el patrimonio, el arte y la identidad nacional, con publicaciones nacionales e internacionales y participación como conferencista en eventos locales e internacionales. Ganadora del Premio de Ensayo sobre Arte en Colombia 2019, entre otros. | 88 En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Modificar el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146257#1) de la Resolución No.229 del 18 de abril de 2023, de conformidad con lo señalado en la parte considerativa, el cual quedará así:

_“ARTÍCULO 1_ _: Designar los jurados principales que evaluarán las propuestas de la convocatoria: “BECA PARA LA ACTIVACIÓN DE MURALISMO CON TÉCNICAS TRADICIONALES DE PINTURA (CENTRO HISTÓRICO)”, del Programa Distrital de Estímulos del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC 2023, quienes se señala a continuación:_

__

__ _CONVOCATORIA_ | __ _NOMBRE DEL JURADO_ | _No. DE DOCUMENTO DE_ _IDENTIDAD_ | **_VALOR_

_DEL ESTÍMULO_ ---|---|---|--- __ _BECA PARA LA_ | __ _PAUL SEBASTIÃN MESA_ | __ _C.C 1.020.740.267_ | __ _$2.500.000_ _ACTIVACIÓN DE_ | _VACCA_** | | _MURALISMO CON_ | | | _TÉCNICAS_ | _MÓNICA ANDREA PULIDO_ | _C.C. 52.881.574_ | _$2.500.000_ _TRADICIONALES DE_ | _VILLAMARÍN_ | | _PINTURA (CENTRO_ | | | _HISTÓRICO)_ | _MILDRED TATIANA MORENO_ _CASTRO (Jurado Ad honorem)_ | _C.C. 1.032.413.066_ | _Ad honorem_ ---|---|---|---

_PARÁGRAFO PRIMERO_ _. El jurado Ad honorem no recibirá reconocimiento económico por dicha labor._

__

_PARÁGRAFO SEGUNDO_ _. Designar como jurado suplente de la “BECA PARA LA ACTIVACIÓN DE MURALISMO CON TÉCNICAS TRADICIONALES DE _ _PINTURA (CENTRO HISTÓRICO)”, __y en caso de que alguno de los jurados principales presente renuncia, impedimento, inhabilidad, conflicto de intereses, ausencia temporal o absoluta, o cualquiera que fuere la causa que le impida cumplir con los deberes establecidos por la Entidad y las condiciones de participación del Banco de Expertos 2023, en cualquier etapa del proceso y previa comunicación formal dirigida a la Entidad, quien se señala a continuación:_

__ __ _CONVOCATORIA_ | __ _NOMBRE DEL JURADO_ | _No. DE DOCUMENTO DE_ _IDENTIDAD_ ---|---|--- __ _BECA PARA LA ACTIVACIÓN DE MURALISMO CON TÉCNICAS TRADICIONALES DE PINTURA_ _(CENTRO HISTÓRICO)_ | __ __ _LEIDY ANGULEY ISAZA URREGO_ | __ __ _C.C 53.091.187_ __ ARTÍCULO 2. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución No. [229](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146257) del 18 de abril de 2023 continúan vigentes, siempre que no sean contrarias a lo consagrado en el presente acto administrativo.

ARTÍCULO 3. Ordenar la publicación de la presente resolución en los portales web de Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC [www.idpc.gov.co](http://www.idpc.gov.co/) y de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD [www.culturarecreacionydeporte.gov.co](http://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/)

ARTÍCULO 4. Notificar el contenido de la presente Resolución a los participantes seleccionados como ganadores, vía electrónica a los correos indicados en la inscripción, de conformidad con lo señalado en el artículo [56](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#56) de la Ley 1437 de 2011 y lo definido en el documento denominado “ _Condiciones de Participación Banco de Expertos para el Sector Cultura”._

ARTÍCULO 5. Contra la presente Resolución proceden los recursos de ley, según la naturaleza del acto administrativo, en los términos del artículo [74](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#74) de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 6. La presente Resolución quedará en firme, en concordancia con el numeral [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#87.n.2) del Art. 87 de la Ley 1437 de 2011.

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los 02 días del mes de mayo de 2023.

CAMILA MEDINA ARBELÁEZ

SUBDIRECCIÓN DE DIVULGACIÓN Y APROPIACIÓN DEL PATRIMONIO

Nota: Ver norma original en Anexos.

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