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Decreto Local 009 de 2023

Decreto Local 009 de 2023 Alcaldía Local de Engativá

Tipo
Decreto Local
Número
009
Año
2023
Fecha
3 de agosto de 2023
Entidad
Alcaldía Local de Engativá
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 009 DE 2023

(Agosto 03)

_Por el cual se convoca a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Engativá el ocho (08) de agosto del 2023_

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 1421 de 1993, en su artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) establece que “ _Las juntas administradoras locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1o.) de marzo; el primero (1o.) de junio; el primero (1o.) de septiembre, y el primero (1o.) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más._También se reunirán extraordinariamente por convocatoria_ _que les haga el respectivo alcalde_. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración_” (Subrayado y negrilla fuera de texto).

Que de conformidad con el artículo [73](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#73) del Decreto Ley 1421 de 1993 se instituye que “ _El alcalde local instalará y clausurará las sesiones ordinarias y extraordinarias de las juntas administradoras y deberá prestarles la colaboración necesaria para garantizar su buen funcionamiento. Las juntas no podrán sesionar fuera del lugar señalado como sede oficial. Sin embargo, previa convocatoria efectuada con la debida antelación, podrán sesionar en sitio distinto para escuchar a las comunidades_ ”.

Que el Acuerdo Local No. 001 de 2013 por medio del cual se crea el reglamento interno de la Junta Administradora Local de Engativá, en el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53985#65) (modificado por el art. [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=128661#4) del Acuerdo Local 02 de 2022) se determinan las clases de sesiones de la Junta Administradora Local de Engativá indicando que “ _Las sesiones de la Junta Administradora Local de Engativá son públicas, con las limitaciones establecidas en el presente reglamento. Reglamentariamente se dividen en ordinarias, extraordinarias, comisiones permanentes y conjuntas. 1. SESIONES ORDINARIAS. Son las que se efectúen por derecho propio._2. SESIONES EXTRAORDINARIAS. Son las que son convocadas por el Alcalde Local y/o previa solicitud de la Mesa_ _Directiva de la Corporación. En este evento_ _sesionarán por el término que señale el alcalde local y únicamente se ocuparán de los_ _asuntos que él someta a consideración_ _._ 3. SESIONES DE COMISIONES PERMANENTES. Son las que se desarrollan en días diferentes a las ordinarias y extraordinarias para el estudio de proyectos en primer debate y temas de su competencia para el normal funcionamiento de la Corporación.4. SESIÓN CONJUNTA. Es aquella convocada para tramitar asuntos comunes de las Comisiones. Las comisiones permanentes podrán convocar a sesión conjunta cuando lo consideren necesario y será presidida por la Presidencia de la Corporación (…)”_ (Subrayado y negrilla fuera de texto).

Que la Junta Administradora Local para el ocho (08) de agosto de 2023, no se encuentra en sesiones ordinarias y según el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993 “ _(…) También _se reunirán extraordinariamente_ por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que el mismo someta a consideración_” (Subrayado y negrilla fuera de texto).

Que con Radicado No. 20236010160642 (0308-2023) / JAL-352-2023, el Presidente de la Junta Administradora Local de Engativá manifestó _“(…)_ _Con ocasión a la _renuncia irrevocable presentada el pasado 28 de julio de 2023_ _por el Edil IVAN ERNESTO CASTIBLANCO_ _MOLANO_, la Corporación se permite solicitar se convoque a la plenaria de la corporación en sesión extraordinaria para el día martes 8 de agosto de 2023, con el fin de: 1) Someter a consideración de la plenaria la aceptación de la renuncia del EDIL IVAN ERNESTO CASTIBLANCO MOLANO, con radicado JAL – 5752023, leída el 1 de agosto de 2023. 2) Toma de posesión ante la Presidencia de la Junta Administradora Local de Engativá, de la curul vacante, según certificado emitido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, recibida el día 2 de agosto de 2023, donde consta en orden de votación el ciudadano JUAN CARLOS PERAFAN TRUJILLO y 3. Elección de nuevo Vicepresidente para la Corporación. Se aclara que en la certificación registral se identifica en segundo lugar a ADALBERTO RAMIREZ CAMACHO, quien falleció, por ello, se notificará y posesionará al tercero de la lista (…)”, _(Subrayado y negrilla fuera de texto).

Que el artículo [22](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53985#22) del Reglamento Interno de la JAL-Engativá, instituye que son funciones de la presidencia de la Junta Administradora Local de Engativá _“(…) 22. Dar trámite a las renuncias de los ediles o edilesas de conformidad con las normas vigentes (…)”._ Que el artículo [116](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53985#116) del Reglamento de la JAL Engativá (Modificado por el art. [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=128661#7), Acuerdo Local 002 de 2022. Modificado por el art. [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=111137#63), Acuerdo Local 002 de 2021) determina las formas de llenar las vacancias _“(…) Las vacancias temporales y absolutas de los ediles y edilesas serán ocupadas por los candidatos en el orden de inscripción o votación obtenida, según aplique. En el caso en que un edil o edilesa presente su renuncia a la Junta Administradora Local, corresponde a la Presidencia de la Corporación,_someter a consideración de la plenaria la aceptación de la misma_, contactar a quien tenga derecho a suplirlo, y darle posesión de conformidad con las normas legales vigentes. La Presidencia de la Junta Administradora Local de Engativá, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la declaratoria, solicitará la certificación del edil o edilesa que le corresponda ocupar la curul a la Registraduría Nacional del Estado Civil, y contactará a aquellos(as) candidatos(as) que se encuentren en dicha situación para que tomen posesión del cargo vacante que corresponda (…)_” (Subrayado y negrilla fuera de texto).

Que se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local de Engativá a sesiones extraordinarias para “ _Someter a consideración de la plenaria la aceptación de la renuncia del EDIL IVAN ER-NESTO CASTIBLANCO MOLANO, presentada con radicado JAL – 575-2023, leída el 1 de agosto de 2023. 2) Toma de posesión ante la Presidencia de la Junta Administradora Local de Engativá, de la curul vacante, según certificado emitido por la Registraduría Nacional del Esta-do Civil, recibida el día 2 de agosto de 2023, donde consta en orden de votación el ciudadano JUAN CARLOS PERAFAN TRUJILLO y 3. Elección de nuevo Vicepresidente para la Corporación. Se aclara que en la certificación registral se identifica en segundo lugar a ADALBERTO RAMIREZ CAMACHO, quien falleció, por ello, se notificará y posesionará al tercero de la lista (…)”_. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

PRIMERO. Convocar a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Engativá el ocho (08) de agosto del 2023.

SEGUNDO. En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local de Engativá se ocupará de _“(…) 1) Someter a consideración de la plenaria la aceptación de la renuncia del EDIL IVAN ERNESTO CASTIBLANCO MOLANO, con radicado JAL - 575-2023, leída el 1 de agosto de 2023. 2) Toma de posesión ante la Presidencia de la Junta Administradora Local de Engativá, de la curul vacante, según certificado emitido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, recibida el día 2 de agosto de 2023, donde consta en orden de votación el ciudadano JUAN CARLOS PERAFAN TRUJILLO y 3. Elección de nuevo Vicepresidente para la Corporación. Se aclara que en la certificación registral se identifica en segundo lugar a ADALBERTO RAMIREZ CAMACHO, quien falleció, por ello, se notificará y posesionará al tercero de la lista (…)”_.

TERCERO. Una vez la Junta Administradora Local de Engativá aborde, analice, sintetice, y concluya el tema relacionado con el objeto de la convocatoria, se darán por terminadas las respectivas sesiones extraordinarias, que no podrá superar el ocho (08) de agosto de 2023. CUARTO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=144857).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., al 03 día del mes de agosto del año 2023.

ANGELA MARIA MORENO TORRES

Alcaldesa Local de Engativá

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