Jurismart

Decreto Local 005 de 2023

Decreto Local 005 de 2023 Alcaldía Local de Tunjuelito

Tipo
Decreto Local
Número
005
Año
2023
Fecha
14 de junio de 2023
Entidad
Alcaldía Local de Tunjuelito
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO LOCAL 005 DE 2023

(Junio 14)**

_Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal de 2023._

EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993 y en especial las que confiere el artículo31 del Decreto 372 de 2010, el numeral [3.9.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) de la Resolución 191 de 2017 y los párrafos primero y segundo del artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) de Decreto 192 de 2021.

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto No. [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) de 2021 del 02 de junio de 2021, “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” en su artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10), establece las modificaciones al anexo del decreto de liquidación e indica que “ _Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local._ ” Que, una vez adelantado el cierre presupuestal de la vigencia fiscal 2022, se estableció que el Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito debe ajustar el agregado de las Obligaciones por Pagar del presupuesto aprobado para la vigencia 2023, fundamentado en el Decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) de 2010, artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36), párrafo 2°, el cual expresa: El Alcalde Local por Decreto incrementará o reducirá el monto de Obligaciones por Pagar presupuestadas hasta equipararlas al monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, siempre y cuando no supere los montos aprobados por la JAL. Si es necesario aumentar el valor presupuestado de las mismas se efectuará un traslado de la inversión directa, en caso contrario se disminuirá el sobrante por Decreto Local. Que, la Resolución SDH N° [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de Septiembre de 2017, Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, Modulo 3 Fondos de Desarrollo Local, numeral [4.5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948#4.n.5)., casos de ajustes de las obligaciones por pagar, estipula que, “Si el monto de Obligaciones por Pagar constituidas a 31 de diciembre de la vigencia que terminó es mayor a las programadas en la vigencia, se debe tramitar un traslado de funcionamiento y/o de la inversión directa de la vigencia al rubro de Obligaciones por Pagar por el monto faltante”. Que, se programaron obligaciones por pagar por valor de $ 22.406.362.000, de los cuales, $544.047.000 son de gastos generales de funcionamiento, divididos así, de la vigencia anterior $457.428.000 y de otras vigencias $ 86.619.000; y para los gastos de inversión directa se programaron $ 21.862.315.000, en la vigencia anterior $ 17.457.547.000 y en las vigencias anteriores $4.404.768.000. El Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito expidió el Decreto [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136938) de 2023 _“Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal de 2023_ ” con el cual se ajustó el agregado de las Obligaciones por Pagar del presupuesto aprobado para la vigencia 2023 y el cual consistió en contra acreditar en $889.482.792 los rubros de obligaciones por pagar que en el presupuesto 2022 resultaron mayores a las constituidas a 31 de diciembre de 2022, en Funcionamiento $ 12.205.356 y en gastos de Inversión Directa $ 877.277.436; con el fin de acreditar $ 889.482.792 en los rubros de obligaciones por pagar de gastos de funcionamiento e inversión. Sin embargo, persisten rubros pendientes de financiar dentro del presupuesto, a saber. Que, el Fondo buscar efectuar un traslado por valor de TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROSCIENTOS SESENTA PESOS M/CTE ($3.849.158.460), para acreditar el rubro O230690 “obligaciones por pagar vigencias anteriores”, que en el presupuesto de ingresos y gastos del 2023 resultó afectado por la programación deficitaria de las obligaciones por pagar respecto de las constituidas a 31 de diciembre de 2022. También, se pretende trasladar recursos de los rubros presupuestales de ncionamiento O212020200701030571355 “Servicios de seguros generales de responsabilidad civil” por valor de TREINTA Y DOS MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TRES PESOS M/CTE ($32.064.803) y O21202020080585330 “Servicios de limpieza general” por valor de VEINTE MILLONES DE PESOS M/ CTE ($20.000.000), para acreditar el rubro O219001 “Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior”. Que, mediante oficio 2-2023-45988 del 04 de mayo de 2023 la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable al presente traslado presupuestal. Que, mediante oficio 2023EE183141O1 del 13 de junio de 2023 de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al presupuesto de gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito por la suma de TRES MIL NOVECIENTOS UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS M/CTE ($3.901.223.263), conforme al siguiente detalle: | CONTRACREDITO | ---|--- O2 | GASTOS | 3.901.223.263 O21 | FUNCIONAMIENTO | 52.064.803 _O212_ | _Adquisición de bienes y servicios_ | _52.064.803_ O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | 52.064.803 O2120202 | Adquisición de servicios | 52.064.803 _O2120202007_ | _Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing_ | _32.064.803_ O212020200701 | Servicios financieros y servicios conexos | 32.064.803 O21202020070103 | Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) | 32.064.803 O2120202007010305 | Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | 32.064.803 O212020200701030571355 | Servicios de seguros generales de responsabilidad civil | 32.064.803 _O2120202008_ | _Servicios prestados a las empresas y servicios de producción_ | _20.000.000_ O212020200805 | Servicios de soporte | 20.000.000 O21202020080585330 | Servicios de limpieza general | 20.000.000 O23 | INVERSION | 3.849.158.460 O2301 | DIRECTA | 3.849.158.460** O230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | 3.849.158.460 O23011604 | Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible | 3.849.158.460 _O2301160449_ | _Movilidad segura, sostenible y accesible_ | _3.849.158.460_ O23011604490000001993 | Una nueva infraestructura con igualdad de condiciones para la inclusión social, productiva y de género | 3.849.158.460

Artículo 2. Efectúese un crédito al presupuesto de gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito por la suma de TRES MIL NOVECIENTOS UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS M/CTE ($3.901.223.263), conforme al siguiente detalle CREDITOS | ---|--- O2 | GASTOS | 3.901.223.263 O21 | FUNCIONAMIENTO | 52.064.803 _O2190_ | _Obligaciones por Pagar Funcionamiento_ | _52.064.803_ O219001 | Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior | 52.064.803 O23 | INVERSION | 3.849.158.460 _O2306_ | _Obligaciones por Pagar_ | _3.849.158.460_ O230690 | Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores | 3.849.158.460 Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese y cúmplase inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=144817).

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de junio del años 2023

JOSEPH SWITER PLAZA PINILLA

Alcalde Local de Tunjuelito

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar