Decreto Local 006 de 2023
Decreto Local 006 de 2023 Alcaldía Local de La Candelaria
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 006
- Año
- 2023
- Fecha
- 17 de mayo de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de La Candelaria
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**DECRETO LOCAL 006 DE 2023 (Mayo 17)
_Por medio del cual se liquida la adición al presupuesto de la vigencia fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, de conformidad con el Acuerdo Local No. 039 del 12 de mayo de 2022_** __
LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 31, numeral 2, literal [c](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.2.l.c) del Decreto 372 de 2010 _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L.”_, dispone frente a la adición por Excedentes Financieros: _“Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las obligaciones por pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá éste ser adicionado por cada FDL, mediante Acuerdo de la JAL, conforme a la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”_. Que, a 31 de diciembre de 2022, el Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $ 700.282.797. Que, el artículo [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) del Decreto 372 de 2010 establece que el CONFIS determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del presupuesto Distrital, con destinación a los Fondos de Desarrollo Local - FDL. Que, el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010 dispone que el excedente financiero de los FDL se distribuirá entre las localidades con criterio de eficiencia por parte del CONFIS. Que, en la Circular CONFIS No. 04 se comunica que en su sesión No.03, celebrada el 31 de marzo de 2023, el CONFIS determinó un monto total de $42.641.886.090 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2022 por los Fondos de Desarrollo Local. En dicha circular el CONFIS distribuye excedentes financieros para el Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria por un valor de $10.569.600.000, distribuidos de la siguiente manera: i) $10.200.000.000 realización de actividades culturales navideñas, La Candelaria cultural, artística y patrimonial; ii) $195.000.000 para acceso a la justicia y dotación para instancias de seguridad; iii) $174.600.000 para completar recursos que financian gestores locales en áreas como: espacio público y convivencia. Que, de igual manera, en la Circular No. 05, el CONFIS comunica que en sesión No.03 celebrada el día 31 de marzo de 2023, emitió concepto favorable a una adición en el presupuesto de Ingresos y Gastos 2023 para 15 Fondos de Desarrollo Local, por valor total de $49.610.639.321, por concepto de reintegro de recursos que provienen de una conciliación judicial parcial, del Convenio interadministrativo de cooperación No. 1292 de 2012, referencia 25000-23-36-000-2018-00343-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Tercera Subsección C, que estableció el monto relacionado, a liberar, por cuanto fueron recursos aportados por los Fondos de Desarrollo Local que no se ejecutaron, más los respectivos rendimientos financieros, de los cuales le corresponde al Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria la suma de $3.634.411.869, destinados a la línea de inversión de infraestructura, asociada a la conservación de Espacio Público. Que, mediante radicado No. 2-2023-38465 de 17 de abril de 2023, la Secretaria Distrital de Planeación emitió concepto previo favorable sobre la modificación a la inversión. - Adición de excedentes financieros. Que, mediante radicado No. 2-2023-36616 del 12 de abril de 2023, la Secretaria Distrital de Planeación emitió concepto previo favorable sobre la adición presupuestal a los recursos de inversión directa. Que, la Alcaldesa Local presentó para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local de La Candelaria el proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente o no previstas para un objeto de gasto. Que, la Junta Administradora Local de La Candelaria, mediante radicado No.20236710027802 del 17 de mayo de 2023, remitió el Acuerdo Local No.039 del 12 de mayo de 2023, debidamente aprobado. Que, la Alcaldesa Local de La Candelaria sancionó el Acuerdo Local No 039 de 12 de mayo de 2023, el día 17 de mayo de 2023. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por valor de CATORCE MIL DOSCIENTOS CUATRO MILLONES ONCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS MCTE ($14.204.011.869), conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- O1 | INGRESOS | $14.204.011.869 O12 | RECURSOS DE CAPITAL | $14.204.011.869 O1202 | Excedentes Financieros | $10.569.600.000 O120203 | Fondos de Desarrollo Local | $10.569.600.000 O1213 | Reintegros y Otros recursos no apropiados | $3.634.411.869 O121301 | Reintegros | $3.634.411.869 TOTAL INGRESOS | $14.204.011.869 Artículo 2. Efectúese una adición al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por valor de CATORCE MIL DOSCIENTOS CUATRO MILLONES ONCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS MCTE ($14.204.011.869), conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ADICIÓN ---|---|--- O23 | INVERSIÓN | $14.204.011.869 O2301 | DIRECTA | O230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | $14.204.011.869 O23011601 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política | $10.200.000.000 O2301160121 | Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural | $10.200.000.000 O23011601210000001625 | La Candelaria cultural, artística y patrimonial | $10.200.000.000 O23011603 | Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación | $195.000.000 O2301160348 | Plataforma institucional para la seguridad y justicia | $195.000.000 O23011603480000001788 | La Candelaria segura: dotación en seguridad | $195.000.000 O23011604 | Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible | $3.634.411.869 O2301160449 | Movilidad segura, sostenible y accesible | $3.634.411.869 O23011604490000002020 | La Candelaria sostenible: espacio público e infraestructura para la movilidad | $3.634.411.869 O23011605 | Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente | $174.600.000 O2301160557 | Gestión Pública Local | $174.600.000 O23011605570000002021 | La Candelaria gobierno abierto y transparente: fortalecimiento institucional | $174.600.000 TOTAL GASTOS DE INVERSIÓN | $14.204.011.869 Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=144260).
**COMUNÍQUESE, PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE.
**Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de mayo del año 2023.
ÁNGELA MARÍA QUIROGA CASTRO Alcaldesa Local de La Candelaria
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