Decreto Local 019 de 2023
Decreto Local 019 de 2023 Alcaldía Local de Antonio Nariño
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 019
- Año
- 2023
- Fecha
- 11 de julio de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de Antonio Nariño
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 19 DE 2023
(Julio 11)
_Por el cual se modifica el Presupuesto Anual de Ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2023._
LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto[372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) de 2010 del 30 de agosto de 2010, _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.”_ en su artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31), establece las Modificaciones Presupuestales e indica que _“Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto”._ Que, el Decreto No. [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) de 2021 del 02 de junio de 2021, “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” en su artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10), establece las Modificaciones al anexo del decreto de liquidación e indica que _“Las modificaciones ala nexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual,incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación. _Parágrafo_ _. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros,A dquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).“_ Que, mediante Decreto Local No. [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=131040) de diciembre de 2022 “ _Por el cual se liquida el Presupuesto de Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023_ ”, fijó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023. Que, si los montos proyectados para los proyectos de inversión directa son menores a los programados en la vigencia 2023, el Fondo de Desarrollo Local debe tramitar un traslado presupuestal para cubrir los proyectos de inversión con recurso faltante, observando el proceso señalado en el manual operativo presupuestal de los FDL, para tal fin. Para efectos de garantizar que la Alcaldía Local de Antonio Nariño cuente con los recursos suficientesp ara el cumplimiento de los objetivos y las metas asociadas al Plan de Desarrollo Local, se verificaron las apropiaciones de Gastos de Inversión Directa, encontrando que, una vez surtidas las actividades de planeación para la adquisición de bienes y servicios relacionados con las metas establecidas para la vigencia 2023, se identificó: Que, se realiza la liberación de los saldos no ejecutados del contrato 154 de 2020 cuyo proveedor era compensar SAS, por valor de $ 407.961.047, los cuales se encuentran soportados en el memorando 20236520003953 y en el acta de liberación del 06 de junio de 2023.
Que mediante oficio No. 2-2022-71820, el 4 de julio de 2023 la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.
Que mediante oficio No. 2022EE245916O1 del de 2023, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuól os estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante lacual se efectúa un traslado del agregado de Inversión de la vigencia 2023, por valor de CUATROCIENTOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL CUARENTA Y SIETE PESOS. ($ 407.961.047) Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle: | | CONCEPTO | CONTRACRÉDITO ---|---|--- O2 | GASTOS | $407.961.047 O23 | INVERSIÓN | $407.961.047 O2306 | Obligaciones por pagar inversión | $407.961.047 O230690 | Obligaciones por pagar vigencias anteriores | $407.961.047 | TOTAL, CONTRA CRÉDITOS | $407.961.047 Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle:
| CONCEPTO | CRÉDITO ---|---|--- O2 | GASTOS | $407.961.047 O23 | INVERSIÓN | $ 407.961.047 O2301 | DIRECTA | $ 407.961.047 O230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la localidad de Antonio Nariño | $ 407.961.047 O23011601 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política | $ 167.024.309 O2301160106 | Sistema Distrital de Cuidado | $ 138.617.740 O23011601060000002191 | Acciones integrales para la productividad y el emprendimiento | $ 138.617.740 O2301160117 | Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI | $ 28.406.569 O23011601170000002199 | Acciones de fomento a la juventud | $ 28.406.569 O23011605 | Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente | $ 240.936.738 O2301160557 | Gestión pública local | $ 240.936.738 O23011605570000002198 | Acciones de fortalecimiento institucional | $ 240.936.738 TOTAL, CRÉDITOS | $407.961.047 Artículo 3. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 4. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.
Artículo 5. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=144259#65).
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de julio del año de 2023
MÓNICA ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN
Alcaldesa Local Antonio Nariño
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