Jurismart

Decreto Local 018 de 2023

Decreto Local 018 de 2023 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Tipo
Decreto Local
Número
018
Año
2023
Fecha
11 de julio de 2023
Entidad
Alcaldía Local de Antonio Nariño
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 18 DE 2023

(Julio 11)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado_ _Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de_ _Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2023_

LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo[31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) del Decreto 372 de 2010,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) de 2010 del 30 de agosto de 2010, _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.”_ en su artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31), establece las Modificaciones Presupuestales e indica que _“Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto”._ Que, el Decreto No. [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) de 2021 del 02 de junio de 2021, “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” en su artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10), establece las Modificaciones al anexo del decreto de liquidación e indica que _“Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación._ __ _Parágrafo_ _.__Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).“_ Que, mediante Decreto Local No. [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=131040) de diciembre de 2022 “ _Por el cual se liquida el Presupuesto de Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023_ ”, fijó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023. Que, la alcaldesa Local de Antonio Nariño solicitó a la Profesional de Presupuesto adelantar las gestiones pertinentes para realizar el traslado presupuestal al nivel de “O2120201003083899998 Artículos n.c.p. para escritorio y oficina”. Que, para el rubro O219001 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior, se tiene un recurso de $ 20.000.000 el cual corresponde a la liberación de liberación de recursos del contrato 86538 del 2022, con número de memorando 20236520004573. Que, en consideración a lo expuesto, la Administración Local requiere efectuar el traslado presupuestal por valor de VEINTE MILLONES DE PESOS MCTE ($ 20.000.000). Que, teniendo en cuenta la situación presupuestal actual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, se hace preciso adelantar un traslado presupuestal con el propósito de cubrir la necesidad de las erogaciones por concepto de Gastos de Funcionamiento “O2120201003083899998 Artículos n.c.p. para escritorio y oficina”. Que, para el rubro O2120201003083899998 Artículos n.c.p. para escritorio y oficina, el proceso se está formulado para la adquisición de adquisición de sillas por valor de $ 20.000.000, en la actualidad no se tiene recurso en este rubro.

Que mediante oficio No. 2022EE245907O1 del 11 de julio de 2023, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado del agregado de Funcionamiento de la vigencia 2023, por valor de VEINTE MILLONES DE PESOS MCTE ($ 20.000.000). Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle: | O2 | GASTOS | $ 20.000.000 ---|---|--- O21 | FUNCIONAMIENTO | $ 20.000.000 O2190 | Obligaciones por Pagar Funcionamiento | $ 20.000.000 O219001 | Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior | $ 20.000.000 | TOTAL, CONTRACRÉDITOS | $ 20.000.000 Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle:

O2 | GASTOS | $ 20.000.000 ---|---|--- O21 | FUNCIONAMIENTO | $ 20.000.000 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ 20.000.000 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $ 20.000.000 O2120201 | Materiales y suministros | $ 20.000.000 O2120201003 | Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) | $ 20.000.000 O212020100308 | Muebles; otros bienes transportables n.c.p. | $ 20.000.000 O2120201003083899998 | Artículos n.c.p. para escritorio y oficina | $ 20.000.000 | TOTAL, CONTRACRÉDITOS | $ 20.000.000 Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido de este a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Se expide en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de julio del año 2023.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

MÓNICA ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN

Alcaldesa Local de Antonio Nariño

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar