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Decreto Local 012 de 2023

Decreto Local 012 de 2023 Alcaldía Local de Teusaquillo

Tipo
Decreto Local
Número
012
Año
2023
Fecha
5 de julio de 2023
Entidad
Alcaldía Local de Teusaquillo
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 012 DE 2023

(Julio 5)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2023._

EL ALCALDE LOCAL DE TEUSAQUILLO (E).

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que según los establecido en el párrafo tercero del artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, estipula: _“Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”._ Que el parágrafo único del artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 2021, dispone que … _“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”._ Que a la Alcaldía Local de Teusaquillo le compete la gestión de los asuntos propios de su territorio de tal forma que se pueda garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito, para cumplir tales actividades requiere contar con servicios en función de las actividades administrativas. Que, según memorando No. 20224400321063 remitido por el Director de Tecnologías e información de la Secretaria Distrital de Gobierno, en el cual se le informa a la señora Alcaldesa Local (E) que; “el pasado 25 de agosto de 2022 el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo adquirió bajo la modalidad CSP el licenciamiento de Office 365 para garantizar las cuentas de correo electrónico de sus colaboradores vinculados por Orden de Prestación de Servicios y cuentas de servicio que son necesarias para las funciones propias del FDL” y que las licencias adquiridas en esta fecha llegaran a su vida útil el próximo 24/08/2023.

Que actualmente el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo cuenta con equipos tecnológicos que permiten cumplir con las obligaciones contractuales de los funcionarios y contratistas de la entidad, por lo cual se hace necesario complementar dicha tecnología de hardware con el software de ofimática que permita dar continuidad a los procesos y planes realizados por la entidad. Por lo anterior, el Fondo de Desarrollo local de la Alcaldía de Teusaquillo, requiere adquirir servicio de internet y telefonía para el desarrollo de las actividades institucionales que contribuyan al fortalecimiento de las funciones propias de cada una de las dependencias.

Que existen saldos de apropiación disponibles en gastos de funcionamiento del rubro O2120202008078715614 “Servicio de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo para las actividades de impresión” por valor de $ 5.310.128 estos rubros no serán ejecutados al 100% en la vigencia 2023 Que, en consecuencia, dichos recursos serán adicionados al rubro de O21202020080383151 _“Servicios de alojamiento de sitios Web (hosting)_ ”, por valor de $ 5.310.128 dicha adición le permitirá a la Administración local adquirir licencias Microsoft office 365 E1 para el uso ofimático y correo electrónico de la Alcaldía Local de Teusaquillo y así dar cumplimiento al desarrollo de su misionalidad. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:

DECRETA:

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle: | CÓDIGO | NOMBRE | CONTRACRÉDITO ---|---|--- O2 | Gastos | $5.310.128 O21 | Funcionamiento | $5.310.128 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $5.310.128 O21202 | Adquisición de diferentes activos | $5.310.128 O2120202 | Adquisición de servicios | $5.310.128 O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $5.310.128 O212020200807 | Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) | $5.310.128 O2120202008078715614 | Servicio de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo para las actividades de impresión | $5.310.128 TOTAL CONTRACREDITOS | $5.310.128

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2023 de conformidad con el siguiente detalle:

CÓDIGO | NOMBRE | CRÉDITO ---|---|--- O2 | Gastos | $5.310.128 O21 | Funcionamiento | $5.310.128 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $5.310.128 O21202 | Adquisición de diferentes activos | $5.310.128 O2120202 | Adquisición de servicios | $5.310.128 O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $5.310.128 O212020200803 | Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad) | $5.310.128 O21202020080383151 | Servicios de alojamiento de sitios web (hosting) | $5.310.128 TOTAL CRÉDITOS | $5.310.128 Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=144077)

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 5 días del mes de julio del año 2023

ROSA ISABEL MONTERO TORRES

Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)

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