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Circular Externa 0001 de 2023

Circular Externa DDP-000001 de 2023 Secretaría Distrital de Hacienda

Tipo
Circular Externa
Número
0001
Año
2023
Fecha
1 de febrero de 2023
Entidad
Circular Externa DDP-000001 de 2023 Secretaría Distrital de Hacienda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR EXTERNA 0001 DE 2023

(Febrero 01)

PARA: Secretarios de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos, Representantes Legales de Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales y Alcaldes Locales. DE: Directora Distrital de Presupuesto ASUNTO: Apropiación presupuestal para el rubro de Activos Fijos La Dirección Distrital de Presupuesto se permite indicar que de conformidad con la clasificación y definición de los rubros de gastos, establecidas en el artículo 47° del Decreto 612 de 2023 “ _Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Decreto_ ___571_ ___del 14 de diciembre de 2022, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá, Distrito Capital”_, las entidades y los Fondos de Desarrollo Local deben atender lo dispuesto para el rubro presupuestal _O2120101 Activos Fijos_ _,_ en cuento al monto apropiado en el año 2023, que establece: __ _O2120101. Activos fijos_ __ _Corresponden a las erogaciones efectuadas por las entidades distritales para la compra de bienes muebles, con las características de activos no financieros, utilizados en desarrollo de sus funciones y en forma continua.___ ____ __La cuantía de los activos fijos no podrá exceder de cincuenta (50) salarios__ __mínimos mensuales legales vigentes, calculados sobre el total del_ _presupuesto asignado en la vigencia a este agregado_. (subrayado fuera de texto)___

De conformidad con lo anterior, y teniendo en cuenta el salario mínimo mensual legal para 2023 ($1.160.000), el valor apropiado 2023 para el agregado total de Activos fijos, no puede superar los $58.000.000. Lo anterior teniendo en cuenta que las apropiaciones presupuestales en gastos de funcionamiento son para cumplir con las funciones de apoyo relacionadas con las actividades administrativas, técnicas y operativas de la entidad. En tal sentido, la adquisición de activos fijos con cargo recursos destinados al funcionamiento debe corresponder a la adquisición, reposición o reemplazo de equipos en menor cuantía y unidades. En el caso de adquisiciones de mayor cuantía a la señalada, la entidad debe atender el gasto con cargo al presupuesto de inversión. En consecuencia, las Entidades y Fondos de Desarrollo Local en las que la apropiación vigente del agregado de Activos fijos supere los $58.000.000, deben ajustarla a este valor, para lo cual efectuarán las modificaciones presupuestales de acuerdo con lo dispuesto en el Manual Operativo Presupuestal. Cordialmente, MARTHA CECILIA GARCÍA BUITRAGO

DIRECTORA DISTRITAL DE PRESUPUESTO

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