Decreto Local 016 de 2023
Decreto Local 016 de 2023 Alcaldía Local de Antonio Nariño
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 016
- Año
- 2023
- Fecha
- 30 de junio de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de Antonio Nariño
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 016 DE 2023
(Junio 30)
_Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño los días primero (01) y siete (07) de julio de 2023, inclusive_
LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 50 del Acuerdo Local 02 de 2018 y,
CONSIDERANDO:
Que el Artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que las Juntas Administradoras Locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1°) de marzo, el primero (1°) de junio, el primero (1°) de septiembre y el primero (1°) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.
Que el inciso [segundo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71.i.2) de la misma disposición prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde; en cuyo caso sesionarán por el término que señale el alcalde local, ocupándose únicamente de los asuntos que se sometan a su consideración.
Que el inciso [segundo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71.i.2) de la misma disposición prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde; en cuyo caso sesionarán por el término que señale el alcalde local, ocupándose únicamente de los asuntos que se sometan a su consideración.
Que según dispone el literal [c](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.2.l.c)) del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, se deberá efectuar mediante acuerdo expedido por la Junta Administradora Local, el presupuesto a adicionar por excedentes financieros en los Fondos de Desarrollo Local.
Que mediante Circular CONFIS Nº. 05 de 2023 se les indica a las alcaldesas y alcaldes locales que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS) Distrital en sesión Nº. 03 celebrada el 31 de marzo de 2023 de acuerdo con lo establecido en el literal [f](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.f)) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31)° del Decreto Distrital 372 de 2010, “ _emitió Concepto Favorable a una adición en el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023 para 15 Fondos de Desarrollo Local, por un valor total de $49.610.639.321, (…)_ ”, y al Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño le adicionaron en el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023 un valor de $ 2.323.633.710, así: Presupuesto de Ingresos, Rubro Presupuestal: “ _Ingresos: 01 – Ingresos, 012 – Recursos de capital” la suma de $ 2.323.633.710. Presupuesto de Gastos e Inversiones, Rubro Presupuestal: “02 – Gastos. 023 – Inversión_ ” por valor de $ 2.323.633.710.
Que mediante oficio 2023-652-013127-1 del 30 de mayo de 2023, con mensaje de urgencia esta administración local presentó a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño, el Proyecto de Acuerdo_ 2023 “ _Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2023_ ” lo anterior, teniendo en cuenta que es función de las Juntas Administradoras Locales aprobar las modificaciones al presupuesto anual de los Fondos de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS.
Que mediante oficio 2023-652-013127-1 la edila Daniela Villamil Arteaga presidenta de la Junta Administradora Local, solicitó a la Alcaldesa Local convocar a la Junta Administradora Local a sesión extraordinaria en atención a lo señalado en el numeral [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76992#24.n.17) del artículo 24 del Acuerdo Local 02 de 20181 (sic), con el fin de continuar el trámite respectivo para el proyecto de acuerdo local 06 de 2023 “ _Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del fondo de desarrollo local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2023”_ Que, en atención a lo anterior, se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias con el fin de que se ocupe de manera exclusiva para del análisis, estudio, discusión y posterior aprobación de la adición presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño de la vigencia 2023. Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo Primero. Convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias los días primero (01) y siete (07) de julio de 2023, con el objeto de analizar, discutir y aprobar el proyecto de acuerdo local 06 de 2023 “ _Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del fondo de desarrollo local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2023”_ Artículo Segundo. Durante el término de convocatoria a sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Antonio Nariño solamente se podrá ocupar de los asuntos que se someten a consideración mediante el presente Decreto Local. Artículo Tercero. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de junio del año 2023.
MÓNICA ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN
Alcaldesa Local Antonio Nariño
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