Resolución 247 de 2023
Resolución 247 de 2023 Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES
- Tipo
- Resolución
- Número
- 247
- Año
- 2023
- Fecha
- 9 de junio de 2023
- Entidad
- Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 247 DE 2023
(Junio 09)
_Por la cual se modifica la Resolución[157](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143647)de 20 de abril de 2023, a través de la que se estableció el calendario para los exámenes Icfes Saber Pro y Saber TyT del segundo semestre del año 2023_
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES),
en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 1324 de 2009, por el numeral 9 del artículo 9° del Decreto número 5014 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36838#1) de la Ley 1324 de 2009 dispone que, al Estado en ejercicio de su función de inspección y vigilancia de la educación, le corresponde el deber de valerse de exámenes de Estado para medir el nivel de cumplimiento de sus objetivos y buscar el mejoramiento continuo de la educación.
Que de conformidad con el artículo [7º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36838#7) de la Ley 1324 de 2009, un examen de Estado es aquel que presentan las personas que terminan los programas de pregrado en las instituciones de educación superior. Que, por su parte, el numeral [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36838#12.n.2)[1] del artículo 12 de la Ley 1324 de 2009, establece que el Icfes tiene entre sus funciones la de desarrollar la fundamentación teórica, y diseñar, elaborar y aplicar instrumentos de evaluación de la calidad de la educación, dirigidos a los estudiantes de los niveles de educación básica, media y superior, de acuerdo con las orientaciones que para el efecto defina el Ministerio de Educación Nacional.
Que los exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior que aplica el Icfes, Saber Pro y Saber TyT, forman parte de un conjunto de instrumentos establecidos por el gobierno Nacional con el propósito de evaluar la calidad del servicio público educativo y ejercer su inspección y vigilancia, en los términos señalados por el artículo [2.5.3.4.1.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#2.5.3.4.1.1) del Decreto número 1075 de 2015.
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo [2.5.3.4.1.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#2.5.3.4.1.3) del Decreto número 1075 de 2015 el calendario de aplicación de los exámenes de Estado Saber Pro y Saber TyT debe ser determinado por el Icfes. Que, el 5 de junio de 2023 el Comité Primario de la Dirección General del Icfes aprobó la modificación del calendario establecido para los exámenes Saber Pro y Saber TyT del segundo semestre del presente año (Nacional y Exterior) contenido en el artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143647#1) de la Resolución 157 de 20 de abril de este año, siempre y cuando, para el 9 siguiente, el porcentaje de inscripciones a las aludidas pruebas fuera inferior al 95%. Que, en cumplimiento de lo anterior, el 9 de junio de 2023 el tablero de control de inscripciones de los exámenes Saber Pro y Saber TyT de segundo semestre, administrado por la Dirección de Tecnología e información, presentó que para ese momento el 29,99% de las personas estimadas para la presentación de dichas pruebas, aún no había culminado su proceso de inscripción. Que, en consecuencia, de acuerdo con lo decidido el 5 de junio de 2023 por el Comité Primario de la Dirección General del Icfes resulta necesario ampliar los plazos inicialmente otorgados para las etapas de registro y recaudo ordinario y extraordinario, reclamaciones y solicitudes, con el propósito de que la población faltante pueda terminar su proceso de inscripción exitosamente y de esa manera sea dable garantizar su participación en los aludidos exámenes de Estado. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Modifíquese el artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143647#1) de la Resolución número 157 de 20 de abril de 2023 _“Por la cual se establece el calendario de los exámenes Icfes Saber Pro y Saber TyT del segundo semestre del año 2023”_, en lo que atañe a los plazos contemplados para las etapas de registro y recaudo ordinario y extraordinario, reclamaciones y solicitudes para las pruebas Saber Pro y Saber TyT Nacional y Exterior, los cuales quedarán así: EXAMEN SABER PRO Y TYT SEGUNDO SEMESTRE (EN COLOMBIA O EN EL EXTRANJERO)
Artículo 2º. Las demás etapas y disposiciones contenidas en la Resolución número [157](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143647) de 20 de abril de 2023, que no se modifican expresamente por el presente acto administrativo continúan vigentes. Artículo 3°. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los 09 días del mes de junio del año 2023.
El Director General,
ANDRÉS MOLANO FLECHAS.
(C. F.).
NOTA DE PIE DE PÁGINA:
* * * [1] 2. Desarrollar la fundamentación teórica, diseñar, elaborar y aplicar instrumentos de evaluación de la calidad de la educación, dirigidos a los estudiantes de los niveles de educación básica, media y superior, de acuerdo con las orientaciones que para el efecto defina el Ministerio de Educación Nacional”.
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