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Resolución 251 de 2023

Resolución 251 de 2023 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
251
Año
2023
Fecha
26 de mayo de 2023
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 251 DE 2023

(Mayo 26)

_Por la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para el periodo 2023-2025_

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 1° del Decreto Distrital 101 de 2004 y el articulo 13 del Decreto Distrital 140 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución No. [2013](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5411) de 1986, los entonces Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud reglamentaron la organización y el funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo, actualmente denominados Comités Paritarios en Seguridad y Salud en el Trabajo – COPASST.

Que el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5411#1)° de la Resolución en cita, dispone que “ _todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, están obligadas a conformar el Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial”,_ cuya organización y funcionamiento deberá estar acorde con lo dispuesto en el Decreto [614](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1357) de 1984 y con la Resolución en mención.

Que de acuerdo con el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5411#2)° ibídem, la conformación del COPASST debe ser de tres (3) representantes por cada una de las partes (trabajadores y empleadores) en las empresas donde hayan entre 500 y 999 trabajadores, lo cual aplica para el caso de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en razón al número de servidores (as) que se encuentran vinculados a su planta de empleos, la cual está conformada por 722 empleos.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5411#5)° ibídem, el empleador nombrará directamente a sus representantes al Comité y los servidores (as) elegirán los suyos mediante votación libre.

Que atendiendo lo dispuesto por el literal [a](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2629#63.l.a)) del artículo 63 del Decreto 1295 de 1994, el período de los representantes ante el COPASST es de dos (2) años.

Que mediante memorando electrónico radicado bajo el No. 3-2023-10776 del 14 de abril de 2023, se convocó a los servidores(as) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. a la elección de sus representantes al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST 2023-2025.
Que las elecciones se llevaron a cabo de manera virtual el 15 de mayo de 2023 en el horario comprendido entre las 8:00 am. y las 4:00 p.m.

Que en desarrollo de la convocatoria en mención, se postularon seis (6) servidores(as) públicos(as) en tres (3) listas conformadas por un principal y un suplente, y llevada a cabo la votación el día fijado se suscribió el Acta de Escrutinio respectiva, la cual, terminado el conteo de votos, determinó el siguiente resultado: | DUPLA | CANDIDATO PRINCIPAL | CANDIDATO SUPLENTE | VOTOS OBTENIDOS ---|---|---|--- 1 | Edisson Valencia López | José Germán Vargas Malaver | 125 2 | Janet Sánchez Franco | William Andrés Parraga Vargas | 47 3 | Carlos Alberto Gutiérrez Parada | Andrea Liliana Cuestas Rodríguez | 54 Votos por candidatos | 226 ---|--- Votos nulos | 8 Votos en blanco | 24 Total votos | 258 Que de acuerdo con los resultados de las elecciones, se designarán como representantes de los empleados (as) a los (as) siguientes servidores (as) públicos (as):

REPRESENTANTE PRINCIPAL | REPRESENTANTE SUPLENTE ---|--- EDISSON VALENCIA LÓPEZ Dirección de Talento Humano | JOSÉ GERMÁN VARGAS MALAVER Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía JANET SÁNCHEZ FRANCO Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito | WILLIAM ANDRÉS PÁRRAGA VARGAS Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito CARLOS ALBERTO GUTIÉRREZ PARADA Despacho Secretaria General | ANDREA LILIANA CUESTAS RODRIGUEZ Despacho Secretaria General Que con el fin de integrar en su totalidad el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo para el periodo 2023-2025, se hace necesario designar a los representantes de los(as) servidores(as) elegidos (as) y designar a los representantes del empleador.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Conformar el Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para el periodo 2023-2025, así REPRESENTANTES DEL EMPLEADOR --- REPRESENTANTE PRINCIPAL | REPRESENTANTE SUPLENTE Director (a) Técnico Código 009 Grado 07 Dirección Administrativa y Financiera | Profesional de la Dirección Administrativa y Financiera que el (la) Director (a) designe. Director(a) Técnico Código 009 Grado 07 Dirección Distrital de Calidad del Servicio | Profesional de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio que el (la) Director(a) designe Director(a) Técnico(a) Código 009 Grado 07 Dirección de Talento Humano | Profesional de la Dirección de Talento Humano que el (la) Director (a) designe REPRESENTANTES DE LOS (AS) SERVIDORES PÚBLICOS (AS) REPRESENTANTE PRINCIPAL | REPRESENTANTE SUPLENTE EDISSON VALENCIA LÓPEZ Dirección de Talento Humano | JOSÉ GERMÁN VARGAS MALAVER Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía JANET SÁNCHEZ FRANCO Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito | WILLIAM ANDRÉS PÁRRAGA VARGAS Subdirección de Gestión del Patrimonio Documental del Distrito CARLOS ALBERTO GUTIÉRREZ PARADA Despacho Secretaria General | ANDREA LILIANA CUESTAS RODRÍGUEZ Despacho Secretaria General Parágrafo 1. El periodo de los miembros del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo será de dos (2) años, contados a partir del día siguiente a la fecha de la comunicación del presente acto administrativo.

Parágrafo. 2. El cambio de empleo de los (as) servidores (as) públicos (as) o de dependencia, no afectará la designación realizada a través del presente acto administrativo.

Artículo 2. Designar al (la) Director(a) Técnico(a) Código 009 Grado 07 de la Dirección de Talento Humano de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., como Presidente del Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo para el periodo 2023- 2025, de conformidad con lo establecido en el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5411#9) de la Resolución 2013 de 1986, expedida por los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud.

Artículo 3. Comunicar el contenido de la presente Resolución a los servidores y servidoras indicados en el artículo 1° y a la Dirección de Talento Humano, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.

Artículo 4. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su comunicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, particularmente, la Resolución No. [226](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112798) de 2021.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de mayo del año 2023.

MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE

Secretaria General

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