Resolución 374 de 2023
Resolución 374 de 2023 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Tipo
- Resolución
- Número
- 374
- Año
- 2023
- Fecha
- 6 de junio de 2023
- Entidad
- Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 374 DE 2023
(Junio 06) __ _Por medio de la cual se designa al Defensor del Ciudadano de la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte -SCRD y se deroga la Resolución[409](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=96291) del 21 de agosto de 2020 y la Resolución No.[716](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116899)de 2021_
LA SECRETARÍA DE DESPACHO
En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Consejo Distrital, el Decreto Distrital No.558 de 2006, modificado por el Decreto Distrital 402 de 2013, modificado por el Decreto Distrital 37 de 2017 y,
CONSIDERANDO:
El artículo [113](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#113) de la Constitución Política de 1991 establece _“(...) Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas, pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines”,_ en tanto que el artículo 209 señala _“(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”._ El artículo [9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, señala que: _“Las autoridades administrativas, en virtud de los dispuesto en la constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores.”_ El artículo [32°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#32) del Acuerdo 257 de 2006, “ _Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”_, emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.
Que el Decreto Distrital 197 de 2014 señala en su artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57396#15), parágrafo segundo que (..) El Defensor del Ciudadano será garante y veedor en la implementación y seguimiento de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía.
Que el documento CONPES D.C número [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=128902) de 2019, publicado en el Registro Distrital No. [6643](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86808) de fecha 26 de septiembre de 2019, contiene el plan de acción de la _“Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía”_ Que el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88588#13) del Decreto 847 de 2019 establece que _“... en todas las entidades y organismos del Distrito se deberá implementar la figura del Defensor de la Ciudadanía, a través de la designación de un servidor público del más alto nivel dentro de la estructura jerárquica de la entidad perteneciente a un área misional o estratégica, realizada por el representante legal.”_ Que de acuerdo con lo establecido en el artículo [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88588#14) del Decreto Distrital 847 de 2019, el rol de Defensor de la Ciudadanía debe ser ejercido por un servidor público del más alto nivel (cargo directivo o asesor) dentro de la estructura jerárquica de la entidad, perteneciente a un área misional o estratégica, y será designado por el representante legal, quien se encargará de definir lo lineamientos al interior de la entidad u organismo, para garantizar la implementación de la figura del Defensor de la Ciudadanía en materia presupuestal, técnica, de talento humano, entre otras. Por lo tanto, el rol de Defensor de la Ciudadanía debe ser ejercido por un servidor público que cuente con la capacidad técnica y conocimiento en los temas misionales o estratégicos de la entidad, cuyo análisis sea idóneo y relevante para la gestión de acciones para mejorar la gestión pública de cara a la ciudadanía, en las situaciones que sea requerido.
Que mediante la Resolución No. [409](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=96291) de 2020 se designó al “Director (a) de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte YANETH SUÁREZ ACERO como delegada (o) a las sesiones de la comisión Intersectorial de servicio a la ciudadanía y como Defensora del ciudadano”. Qué mediante la Resolución No. [716](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116899) del 2021 se modificó la Resolución No. [409](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118980) del 21 de agosto de 2020 y se designó al (a) jefe (a) de la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte como Defensor de la Ciudadanía, no obstante lo anterior, y teniendo en cuenta la disposición emanada de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor contenida en el numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=109479#2.n.4) del artículo 2 del Decreto Distrital 140 de 2021, la cual establece que: _“(...)Artículo 2º.- Funciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.__Para el cumplimiento del objeto general, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. tendrá las siguientes funciones básicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 48 del Acuerdo Distrital 257 de 2006: (...)_ __ _(...)4. Formular, orientar y coordinar las políticas, planes y programas para la atención y prestación de los servicios a la ciudadanía y al ciudadano en su calidad de usuarios de los mismos en el Distrito Capital. Para tal fin la Secretaría General reglamentará lo referente al defensor del ciudadano en cada una de las entidades u organismos distritales conforme a las normas legales y reglamentarias. (...)”_ En consonancia con lo dispuesto por el parágrafo del artículo [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88588#14) del Decreto Distrital 847 de 2019, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. es la encargada de expedir el Manual Operativo del Defensor de la Ciudadanía, el cual, será adoptado por las entidades y organismos del Distrito Capital. En consecuencia, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., expidió el 16 de diciembre de 2021 el “Manual Operativo del Defensor de la Ciudadanía en el Distrito Capital”, en el que se estipulan los lineamientos del Defensor de la Ciudadanía, dentro de los cuales está: “(...) Lineamientos debe: (...) 2. Velar para que la entidad programe dentro de su presupuesto anual los recursos necesarios para el área de servicio a la ciudadanía.“(...) ” Cabe señalar que, conforme con el “Manual Operativo del Defensor de la Ciudadanía en el D.C.”, el rol del Defensor de la Ciudadanía está orientado a que al interior de las entidades y organismos distritales se cuente con servidores que velen por el cumplimiento de las disposiciones normativas relativas a la adecuada prestación del servicio a la ciudadanía y por tanto, su designación deberá recaer no solo en un servidor público del más alto nivel dentro de la estructura jerárquica de la entidad, sino que cuente con la capacidad técnica y conocimiento en los temas misionales o estratégicos de la entidad y cuyo análisis, en las situaciones que sea requerido, sea idóneo y relevante para la gestión de acciones para mejorar la gestión pública de cara a la ciudadanía.
Que el (la) Director(a) de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, reúne las calidades exigidas por el Decreto mencionado con anterioridad, en virtud de lo anterior, la Resolución No. 753 del 30 de septiembre de 2022 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte \- SCRD “por medio de la cual se modifica y se consolida el manual específico de funciones y de competencias laborales para los empleos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”, asignó al Director de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano la función de “liderar los procesos de atención al ciudadano de la Secretaría, incluídos los relacionados con la administración de las peticiones, quejas reclamos y sugerencias - PQRS, dentro del marco normativo vigente y las políticas distritales”. Sumado a lo anterior y teniendo en cuenta que, el Director(a) de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano es el(la) ordenador(a) del gasto del proyecto de inversión del cual se destinan los recursos para el área de servicio a la ciudadanía y que, dentro de sus funciones se contempla el liderazgo de los procesos de atención a la ciudadanía, se hace pertinente y necesario delegar la función de Defensor de la Ciudadanía, en la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, y, dictar los lineamientos para la debida implementación de la figura del Defensor de la Ciudadanía. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Derogar la Resolución No. [716](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116899) de 22 de septiembre de 2021 _“Por la cual designa el(la) Defensor(a) de la ciudadanía en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte al (a) jefe (a) de la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte como Defensor de la Ciudadanía.”_ Artículo 2. Derogar la Resolución [409](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=96291) del 21 de agosto de 2020 “ _Por la cual se efectúa una delegación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para unas instancias de participación en el Distrito Capital”_ Artículo 3. Designar al(la) Director(a) de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte como Defensor(a) de la Ciudadanía. Artículo 4. Comunicar la presente a las instancias de las cuales se ejercerá la delegación. Artículo 5. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en el régimen legal de Bogotá y/o Gaceta Distrital. Artículo 6.** La presente Resolución rige a partir de su publicación de conformidad con el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley No. 1437 de 2011.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de junio del año 2023.
JAIME ANDRÉS TENORIO TASCÓN
Secretario de Despacho (E) Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
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