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Decreto Local 011 de 2023

Decreto Local 011 de 2023 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Tipo
Decreto Local
Número
011
Año
2023
Fecha
3 de mayo de 2023
Entidad
Alcaldía Local de Antonio Nariño
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 011 DE 2023

(Mayo 03) __ _Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2023_

LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto Distrital 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Distrital No. 372 de 2010 en su artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36) estipula que, los Fondos de Desarrollo Local, efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante Decreto Local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda — Dirección Distrital Presupuesto.

Que en la Resolución N° SHD-[000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) de 2017, sobre el ajuste por Cierre Presupuestal e indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.

Que mediante oficio No 2022EE031202O1 del 10 de febrero de 2023, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda informó a la Alcaldesa Local de Antonio Nariño los ajustes a la Disponibilidad Inicial, una vez distribuidos los excedentes financieros de los FDL por CONFIS. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia 2023, conforme al siguiente detalle: | Código

| Concepto | Reducir ---|---|--- O10 | DISPONIBILIDAD INICIAL | $ 6.420.369.413 O1002 | BANCOS | $ 6.420.369.413 Artículo 2. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=105225#15) de la Ley 2080 de 2021.

Artículo 3. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes Artículo 4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C, a los tres 03 días del mes de mayo del año 2023.

MÓNICA ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN

Alcaldesa Local Antonio Nariño

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