Circular 004 de 2023
Circular 004 de 2023 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
- Tipo
- Circular
- Número
- 004
- Año
- 2023
- Fecha
- 15 de mayo de 2023
- Entidad
- Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 004 DE 2023
(Mayo 15) Para: Usuarios Operadores de Zonas Francas. Usuarios Calificados de Zonas Francas Directores Seccionales de Aduanas y de Impuestos y Aduanas Jefes División de la Operación Aduanera Jefes Grupos Internos de Trabajo de Zona Franca Asunto: Códigos de Operaciones en las Zonas Francas Teniendo en cuenta que en la actualidad existen distintas circulares en las cuales se establecen códigos de operaciones en las zonas francas, y en aras de unificarlas y de suprimir y/o establecer nuevos códigos que permitan adaptarse a las transiciones normativas y a las nuevas dinámicas del comercio exterior, se anexan los siguientes listados que contienen los códigos de las diferentes operaciones que se realizan en las Zonas Francas, así como su definición y documentos soporte que se deben presentar para cada caso. 1. Operaciones de Zona Franca con el resto del mundo (páginas 2 a 6) 2. Operaciones de Zona Franca con el resto del territorio aduanero nacional (páginas 7 a 12) 3. Operaciones entre Zonas Francas (páginas 13 a 15) 4. Operaciones entre usuarios de la misma Zona Franca (páginas 16 a 17) 5. Códigos de Ajustes (página 18). Conforme a lo anterior, una vez entre en vigencia la presente circular, quedan sin efecto las Circulares Externas 00043 de 2008, 00009 de 2009, 00005 de 2010, 0035 de 2012, 003 de 2020, 006 de 2021 y/o aquellas que sean contrarias a lo dispuesto en la presente. Es de resaltar que los documentos soporte que se señalan en esta circular tienen un carácter meramente indicativo y de orientación, pero no modifican o adicionan lo establecido en las normas aduaneras, cambiarias y de comercio exterior. La presente circular entra en vigencia a los treinta (30) días hábiles siguientes a su publicación en el _Diario Oficial_. El Director General,
Luis Carlos Reyes Hernández.
Nota: Ver Anexos.
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