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Decreto Local 006 de 2023

Decreto Local 006 de 2023 Alcaldía Local de Fontibón

Tipo
Decreto Local
Número
006
Año
2023
Fecha
24 de mayo de 2023
Entidad
Alcaldía Local de Fontibón
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 006 DE 2023

(Mayo 24)

_Por medio del cual se ajusta el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la vigencia fiscal 2023_

EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN (E)

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 372 de 2010 en su Artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36) estipula que los Fondos de Desarrollo Local efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante Decreto Local previa viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

Que en la Resolución No. SHD-[191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 2017, y la Circular No. 016 de 2021, conforme con lo dispuesto en el numeral 4.5 del Manual Operativo Presupuestal – FDL sobre el “Ajuste por cierre Presupuestal”, se indica el procedimiento para el ajuste en mención. Que, el Fondo de Desarrollo Local procede a ajustar las obligaciones por pagar hasta el monto real constituido a 31 de diciembre del 2022 observando el proceso señalado en el manual operativo presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local, para tal fin.

Que mediante comunicación con radicado No. 2-2023- 44261 del 02 de Mayo, de 2023 de la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite del ajuste presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.

Que mediante comunicación con radicado No. 2023EE137605O1 del 19 de Mayo de 2023, la directora Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para efectuar el ajuste presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.

DECRETA:

Artículo 1.** Ajustar el presupuesto de gastos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón de conformidad con el siguiente detalle:

Artículo 2. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, y de Gobierno. Artículo 3. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. Artículo 4. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142517).

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de mayo del año 2023.

DIEGO ALEJANDRO MALDONADO ROLDÁN

Alcalde Local de Fontibón (E)

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