Decreto Local 010 de 2023
Decreto Local 010 de 2023 Alcaldía Local de Puente Aranda
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 010
- Año
- 2023
- Fecha
- 10 de mayo de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de Puente Aranda
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 010 DE 2023
(Mayo 10)
_Por el cual se conforma la red local de protección animal y hogares de paso de la localidad de Puente Aranda_ __ EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021, el Acuerdo Distrital 814 de 2021 y el Decreto Distrital 538 de 2021.
CONSIDERANDO:
Que en la localidad de Puente Aranda existen diversos ciudadanos organizados y no organizados preocupados por la protección y el bienestar de los animales domésticos y silvestres de la localidad.
Que existe en Puente Aranda un Consejo Local de Protección y Bienestar animal creado mediante Acuerdo Local [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73522) de 2017, modificado por el Acuerdo Local [009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115342) de 2021, que busca la participación de ciudadanos a partir de representaciones y delegaciones en los temas relacionados con la protección y bienestar animal.
Que el Decreto Distrital 538 de 2021, en el Artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119538#15)° establece: “ _Conformación de las Redes Locales de Protección Animal y Hogares de Paso. Cada localidad del Distrito Capital conformará una Red Local de Protección Animal y Hogares de Paso…”._ Que el Acuerdo No. [814](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115961) de 2021 “ _Por el cual se reconoce, fortalece y apoya la labor de las cuidadoras, los cuidadores y los hogares de paso de animales domésticos rescatados en el distrito capital_ ”, determina que se debe incluir a las redes locales de protección animal y de hogares de paso como aliadas estratégicas en la formulación y ejecución de programas y proyectos de protección y bienestar animal en el Distrito Capital.
Que en consecuencia corresponde a la Alcaldía Local articular a través de una red, a todos los rescatistas, proteccionistas, animalistas, cuidadoras, cuidadores, y hogares de paso dedicados al rescate, la protección y el cuidado de animales domésticos de la localidad, con el ánimo de generar unos canales efectivos de comunicación, denuncia y reporte de acciones contrarias a las normas establecidas para dicha protección, fomentando el bienestar, la educación y la cultura del cuidado entre los tenedores de animales de compañía y ciudadanía en general para garantizar el buen trato, y en caso de no presentarse, se garantice la acción efectiva de la administración en busca bienestar animal. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1._Objetivo_: Conformar la Red Local de Protección Animal y Hogares de Paso de Puente Aranda con el fin de articular a los rescatistas, proteccionistas, animalistas, cuidadoras, cuidadores y hogares de paso dedicados al rescate, la protección y el cuidado de animales domésticos de Puente Aranda en una red que posibilite el intercambio de información, experiencias y generar unos canales efectivos de comunicación, denuncia y reporte de acciones contrarias a las normas establecidas para dicha protección, fomentando el bienestar, la educación y la cultura del cuidado entre los tenedores de animales de compañía y ciudadanía en general para garantizar el buen trato, y en caso de no presentarse, se garantice la acción efectiva de la administración en busca bienestar animal. Artículo 2. Convóquese a todas las personas naturales y jurídicas interesadas en integrar la “ _Red de Protección Animal y Hogares de Paso de la Localidad de Puente Aranda_ ” que sean cuidadores, cuidadoras y hogares de paso dedicado al rescate, protección y el cuidado de animales domésticos. Artículo 3. Defínase como punto de inscripción virtual a la Red la página web de la Alcaldía Local de Puente Aranda, a través del formulario Único de Registro, creado por el IDPYBA junto con la Secretaría de Gobierno (nivel central y alcaldías locales), a fin de dar cumplimiento al artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115961#3) del Acuerdo 814 de 2021, y como punto de inscripción presencial la Alcaldía Local. Para realizar la inscripción el ciudadano o ciudadana deberá cumplir con todos los requisitos estipulados en el artículo [16](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119538#16) del Decreto 538 de 2021, así: _“1. Ser mayor de edad._ __ _2. Los ciudadanos que deseen pertenecer a las redes locales deberán registrarse ante la Alcaldía Local._ __ _3. Los aspirantes e integrantes de las redes deberán acreditar ante la Alcaldía Local que residen en la localidad._ __ _4. Los integrantes de las redes locales debidamente avaladas solo podrán pertenecer a una red local._ __ _5. No podrán pertenecer a la red local: funcionarios, contratistas y colaboradores directos del IDPYBA.”_ Para tal efecto, será necesario aportar unos datos de ubicación para establecer comunicación en caso de ser necesario. El registro estará en custodia de la Alcaldía Local de Puente Aranda y los datos serán tratados conforme a la Ley de protección de datos personales vigente. Artículo 4. Articúlese la Red con el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA) y demás entidades y organizaciones necesarias para adelantar acciones conjuntas que permitan el logro de objetivos comunes. Artículo 5. La Alcaldía Local en asocio con las entidades públicas y privadas realizarán capacitaciones y procesos de formación para cualificar la labor proteccionista de la Red; así mismo, darán a conocer la normatividad vigente que se dicte al respecto. Artículo 6 _. Encuentros_. Para efectos del encuentro y comunicación entre la Red Local de Animalistas, Proteccionistas, Rescatistas y Hogares de Paso de Puente Aranda, se conformará por parte de la Alcaldía Local una estrategia de comunicación virtual de forma permanente y se establecerán reuniones al menos 4 veces al año según las necesidades manifestadas por los integrantes de la Red. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de mayo del año 2023.**
JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS
ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
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