Decreto Local 007 de 2023
Decreto Local 007 de 2023 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 007
- Año
- 2023
- Fecha
- 10 de mayo de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 007 DE 2023
(Mayo 10)
_Por el cual se liquida la adición al presupuesto de la Vigencia Fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, de conformidad con el Acuerdo Local N°[002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141617)aprobado por la Junta Administradora Local del 29 de abril de 2023_
EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, a 31 de diciembre de 2022, el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, cerro la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de TRES MIL OCHENTA Y CINCO MILLONES VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE ($ 3.085.026.840). Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular No. 04 del 05 de abril de 2023 y conforme a lo establecido en los artículos [37°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto Distrital 372 de 2010, comunicó la decisión tomada en su sesión No. 03 celebrada el 31 de marzo de 2023, con respecto a la determinación y distribución de los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local. Que, la citada circular establece que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2022, al Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe se le asignó una partida de MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/ CTE ($1.936.600.000). Que, los recursos adicionales, serán distribuidos DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($262.000.000), para promoción dotación para instancias de seguridad, y los lineamientos de líneas inversión en complementariedad y coordinación con el Sector de Seguridad, Convivencia y justicia y en el marco del Acuerdo [740](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666) de 2019 y Decreto [768](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448) de 2019, dentro del Proyecto de Inversión O23011603480000001684 - Confianza y seguridad ciudadana en Rafael Uribe Uribe; DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($200.000.000), para la realización de actividades culturales y navideñas que permitan, entre otras: el fortalecimiento de la apropiación ciudadana y la identidad local; la divulgación de la oferta institucional local y distrital y el fortalecimiento del desarrollo económico local, dentro del Proyecto de Inversión O23011601210000001647 - Apropiación del arte, la cultura y el patrimonio en Rafael Uribe Uribe; MIL TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.300.000.000), para infraestructura, dotación y otras prioridades propuestas por las Alcaldías Locales, tales como: terminación de sedes de alcaldías locales, dotaciones de equipo y mobiliario, entre otros - construcción casa de la cultura, dentro del Proyecto de Inversión O23011601210000001647 - Apropiación del arte, la cultura y el patrimonio en Rafael Uribe Uribe; CIENTO SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/CTE (174.600.000), para complementar recursos que financian gestores locales en áreas como: espacio público, convivencia, ambiental, etc., que contribuyen en el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control a cargo del nivel local de gobierno del Distrito Capital, dentro del Proyecto de Inversión O23011605570000001697 - Gestión pública transparente y que rinde cuentas a la ciudadanía en Rafael Uribe Uribe. Que, el 17 de abril de 2023, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable No. 2-2023- 38413, sobre la adición de recursos al presupuesto de gastos de inversión correspondiente a los excedentes financieros. Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular No. 05 del 05 de abril de 2023 y conforme a lo establecido en el artículo [31°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto Distrital 372 de 2010, artículo [11°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#11) del Decreto Distrital 192 de 2021, comunicó la decisión tomada en su sesión No. 03 celebrada el 31 de marzo de 2023. Que, en la citada circular emite concepto favorable a la adición en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la vigencia fiscal 2023 con recursos provenientes de la Conciliación Judicial Parcial - Convenio interadministrativo de cooperación No. 1292 de 2012, referencia 25000-23-36-000-2018- 00343-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Tercera Subsección C, que estableció un monto a liberar por CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DIEZ MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTIUN PESOS M/CTE ($49.610.639.321), correspondiente a los saldos de los recursos existentes en el mencionado Convenio, que no fueron ejecutados, pero que si´ fueron aportados por los Fondos de Desarrollo Local y sus respectivos rendimientos financieros. Que, el monto total y la distribución por Fondo de Desarrollo Local - FDL se estableció en la Conciliación Parcial, con base en el Balance financiero provisional del Convenio Interadministrativo No. 1292 de 2012, elaborado por la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y mantenimiento Vial - UAERMV para sustentar la propuesta conciliatoria. Que, los recursos a adicionar deberán ser destinados a la línea de inversión de Infraestructura, asociada a Movilidad y el Espacio Púbico, específicamente a la conservación de malla vial y espacio público y al mantenimiento y/o dotación de parques, conforme con las solicitudes presentadas por los Alcaldes locales, consolidada por la Secretaría de Gobierno según Consejo Local de Alcaldes del 29 de marzo de 2023. Que, al Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe se le asignó una partida de SEIS MIL SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN PESOS M/ CTE ($6.064.576.671). Que, los recursos adicionales, serán distribuidos de la siguiente manera CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA PESOS M/CTE ($4.245.203.670) dentro del Proyecto de Inversión O23011604490000001685 - Movilidad multimodal, incluyente y sostenible en Rafael Uribe Uribe y la suma de MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL UN PESOS M/CTE (1.819.373.001) dentro del Proyecto de Inversión O23011602330000001670 Más parques en Rafael Uribe Uribe. Que, el 30 de marzo de 2023, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable No. 2-2023- 32468, sobre la modificación a la inversión - Adición presupuestal vigencia fiscal 2023. Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2023, los recursos asignados por el CONFIS. Que, el Alcalde Local presentó para estudio y aprobación de la JAL el proyecto Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, remitió el Acuerdo Local N° [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141617) de fecha 29 de abril de 2023. Que, el Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe sancionó el Acuerdo Local N° [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141617) de 2023, mediante Decreto Local N° [006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141597) del 09 de mayo de 2023. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de OCHO MIL UN MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN PESOS M/CTE ($8.001.176.671), conforme al siguiente detalle: Artículo 2. \- Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de OCHO MIL UN MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN PESOS M/ CTE ($8.001.176.671),** conforme al siguiente detalle:
Artículo 3.
Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia. Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142057). COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.**
Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de mayo del año 2023.
EDUARD HUMBERTO QUINTANA ARELLANO
**Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe
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