Decreto Local 009 de 2023
Decreto Local 009 de 2023 Alcaldía Local de Antonio Nariño
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 009
- Año
- 2023
- Fecha
- 27 de abril de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de Antonio Nariño
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 009 DE 2023
(Abril 27) __ _Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño los días primero (1), cinco (5), seis (6), siete (7), ocho (8), doce (12) y trece (13) de mayo de 2023, inclusive_
LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO,
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 50 del Acuerdo Local 02 de 2018 y,
CONSIDERANDO:
Que el Artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que las Juntas Administradoras Locales sereunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1°) de marzo, el primero (1°) de junio, el primero (1°) de septiembre y el primero (1°) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más.
Que el inciso segundo de la misma disposición prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde; en cuyo caso sesionarán por el término que señale el alcalde local, ocupándose únicamente de los asuntos que se sometan a su consideración.
Que según dispone el literal [c](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.l.c)) del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, se deberá efectuar mediante acuerdo expedido por la Junta Administradora Local, el presupuesto a adicionar por excedentes financieros en los Fondos de Desarrollo Local.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS en sesión No. 03 celebrada el día 31 de marzo de 2023 y de acuerdo con lo establecido en el literal [h](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.h)) del artículo 10° y en el artículo [73](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#73)° del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37)° y [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38)° del Decreto Distrital 372 de 2010, determinó un monto de excedentes financieros como resultado del cierre presupuestal y financiero a 31 de diciembre de 2022 por valor de $42.641.886.090 para los 20 Fondos de Desarrollo Local (FDL). El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS emitió la Circular No. 04 de 2023 en la que comunica a las Alcaldías Locales la distribución de los excedentes, asignando a la localidad de Antonio Nariño el monto de $595.600.000.
Que la Secretaría Distrital de Planeación mediante oficio No. 2-2023-38472 del 17 de abril de 2023, emitió a este FDL, concepto previo favorable para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros.
Que es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones al presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS, conforme a lo señalado en el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449#9) del Decreto 777 de 2019, que establece: _“Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local”._ Que mediante oficio 2023-651-002253-2 la edila Daniela Villamil Arteaga presidenta de la Junta Administradora Local, solicitó a la Alcaldesa Local convocar a la Junta Administradora Local a sesión extraordinaria en atención a lo señalado en el numeral [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76992#24.n.17) del artículo 24 del Acuerdo Local 02 de 2018[1], con el fin de continuar el trámite respectivo para el proyecto de acuerdo local 05 de 2023 “Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del fondo de desarrollo local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2023” Que, en atención a lo anterior, se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias con el fin de que se ocupe de manera exclusiva para del análisis, estudio, discusión y posterior aprobación de los ajustes al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño de la vigencia 2023, por incorporación de excedentes financieros, de conformidad a las anteriores consideraciones: Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Convocar a la Junta Administradora Local de Antonio Nariño a sesiones extraordinarias los días primero (1), cinco (5), seis (6), siete (7), ocho (8), doce (12) y trece (13) de mayo de 2023, con el objeto de analizar, estudiar, discutir y decidir sobre la aprobación a los ajustes al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño de la vigencia 2023, por incorporación de excedentes financieros. Artículo 2. Durante el término de convocatoria a sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Antonio Nariño solamente se podrá ocupar de los asuntos que se someten a consideración mediante el presente Decreto Local. Artículo 3.** El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de abril del año 2023.
MÓNICA ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN
**Alcaldesa Local Antonio Nariño
NOTAS AL PIE DE PÁGINA:
* * * [1] “Por medio del cual se modifica el reglamento interno de la Junta Administradora Local de Antonio Nariño”.
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