Decreto Local 008 de 2023
Decreto Local 008 de 2023 Alcaldía Local de Sumapaz
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 008
- Año
- 2023
- Fecha
- 8 de mayo de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de Sumapaz
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 008 DE 2023
(Mayo 08)
_Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal de 2023_
EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 y el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010 _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L.”_, sobre la distribución de los excedentes financieros, señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes Financieros determinados por el F.D.L., teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.
Que el Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz a 31 de diciembre de 2022, presentó un monto de excedentes financieros por valor de CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS M/CTE. ($4.230.879.982).
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-CONFIS en su sesión No. 3 celebrada el 31 de marzo de 2023, conforme a lo establecido en los artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, determinó un monto total de CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVENTA PESOS M/CTE. ($42.641.886.090), por excedentes financieros a 31 de diciembre de 2022, generados por los veinte (20) Fondos de Desarrollo Local.
Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS en la Circular No. 04 de 2023 y, en la distribución de los excedentes financieros, se asignó al Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, un monto total de DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($2.874.600.000) distribuidos así: Terminación de Infraestructuras (Sedes administrativas locales) ($1.000.000.000), Más y Mejor Espacio Público ($1.500.000.000), Acciones para la promoción de la cultura, tradición y costumbres sumapaceñas ($200.000.000) y Gestión pública local ($174.600.000).
Que mediante radicado No. 2-2023-38469 del 17 de abril de 2023, la Secretaría Distrital de Planeación emitió CONCEPTO FAVORABLE, sobre la asignación de los excedentes financieros asignados al Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, conforme a lo estipulado en la Resolución SDH No. [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 2017, que establece el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital.
Que la Junta Administradora Local de Sumapaz mediante Acuerdo Local 002 de 2023, aprobó la adición de excedentes financieros para el presupuesto de la vigencia 2023, sancionado por el Alcalde local. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1.[Corregido por el art. 1, Decreto Local 009 de 2023](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142510#1). _< El nuevo texto es el siguiente>_ Adicionar el presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, en la cuantía de DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($2.874.600.000) para la vigencia fiscal de dos mil veintitrés (2023), conforme al siguiente detalle:__| _Agregados_| _Concepto_| _Valor ---|---|--- _O1_| _Ingresos_| _2.874.600.000_ _O12_| _Recursos de capital_| _2.874.600.000_ _O1202_| _Excedentes financieros_| _2.874.600.000_ _O120203_| _Fondos de Desarrollo Local_| _2.874.600.000”_
_El texto original era el siguiente:_
_Artículo 1. Adicionar el presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, en la cuantía de DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($2.874.600.000) para la vigencia fiscal de dos mil veintitrés (2023), conforme al siguiente detalle:_
_Agregados_ __ | _Concepto_ __ | _Valor_ __ ---|---|--- _O1_ __ | _Ingresos_ __ | _2.874.000.000_ __ _O12_ __ | _Recursos de capital_ __ | _2.874.000.000_ __ _O1202_ __ | _Excedentes financieros_ __ | _2.874.000.000_ __ _O120203_ __ | _Fondos de Desarrollo Local_ __ | _2.874.000.000_ __ Artículo 2. Adicionar el presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, en la cuantía de DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($2.874.600.000) para la vigencia fiscal de dos mil veintitrés (2023), conforme al siguiente detalle:
Código Presupuestal | Rubro | Presupuesto 2023 ---|---|--- O23 | INVERSIÓN | 2.874.600.000 O2301 | DIRECTA | 2.874.600.000 O230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | 2.874.600.000 O23011601 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política | 200.000.000 O2301160121 | Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural | 200.000.000 O23011601210000001633 | Acciones para la promoción de la cultura, tradición y costumbres sumapaceñas | 200.000.000 O23011602 | Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática | 1.500.000.000 O2301160233 | Más árboles y más y mejor espacio público. | 1.500.000.000 O23011602330000001655 | Más y mejor espacio público | 1.500.000.000 O23011605 | Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenibilidad | 1.174.600.000 O2301160556 | Gestión pública efectiva | 1.174.600.000 O23011605560000001693 | Terminación de infraestructuras (sedes administrativas locales) | 1.000.000.000 O2301160557 | Gestión Pública Local | 174.600.000 O23011605570000001696 | Gestión Pública Local | 174.600.000 Artículo 3. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites de su competencia.
Artículo 4. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. El presente Decreto rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141797).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de mayo del año 2023.
SEBASTIÁN SALDARRIAGA RIVERA
Alcalde Local de Sumapaz
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