Decreto Local 009 de 2023
Decreto Local 009 de 2023 Alcaldía Local de Bosa
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 009
- Año
- 2023
- Fecha
- 4 de mayo de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de Bosa
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 009 DE 2023
(Mayo 04) __ _Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Bosa_ __ LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que según el artículo 31 numeral 2 literal [c)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.2.l.c) del Decreto N° 372 de 2010 “ _Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local-F.D.L_ ” dispone frente a la Adición por Excedentes Financieros: “ _Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las obligaciones por pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá éste ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultara criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes_ ”.
Que en la Circular CONFIS N° 04 del 05 de abril de 2023, se comunica que en sesión N° 03 celebrada el día 31 de marzo de 2023, el CONFIS determinó un monto total de $42.641.886.090 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2022 para los Fondos de Desarrollo Local, $1.094.004.593 para cubrir faltantes de Funcionamiento en los Fondos de Desarrollo Local de Usme y Puente Aranda; $11.119.461.497 para promoción de la convivencia ciudadana, acceso a la justicia, y dotación para instancias de seguridad, y los lineamientos de líneas inversión en complementariedad y coordinación con el Sector de Seguridad, Convivencia y justicia y en el marco del Acuerdo [740](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666) de 2019 y Decreto [768](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448) de 2019; $17.000.000.000 para la realización de actividades culturales y navideñas que permitan, entre otras: el fortalecimiento de la apropiación ciudadana y la identidad local; la divulgación de la oferta institucional local y distrital y el fortalecimiento del desarrollo económico local; $3.492.000.000 para complementar recursos que financian gestores locales en áreas como: espacio público, convivencia, ambiental, etc., que contribuyen en el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control a cargo del nivel local de gobierno del Distrito Capital; y $9.936.420.000 para infraestructura, dotación y otras prioridades propuestas por las Alcaldías Locales, tales como: terminación de sedes de alcaldías locales, dotaciones de equipo y mobiliario, entre otros.
Que la Secretaría Distrital de Planeación mediante oficio N° 2-2023-38466 del 17 de abril de 2023, emitió concepto previo favorable a la adición presupuestal.
Que con base a lo enunciado y la necesidad expuesta por el Sector Seguridad, desde el FDL de Bosa se registró en el Banco de Programa y Proyectos Local el proyecto de inversión “2222 - Infraestructura para una Bosa más segura”, a través del cual ejecutarán los recursos asociados al concepto de gasto “Diseño, construcción, dotación, mantenimiento y arrendamiento de equipamientos que permitan el fortalecimiento de la seguridad, convivencia y justicia” dentro de la línea de inversión de “Infraestructura”, aprobado en la Circular CONFIS N° [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140317) del 05 de abril de 2023.
Que conforme al oficio N° 2-2023-38466 de la Secretaría Distrital de Planeación, para la incorporación de los recursos asociados al componente de infraestructura, desde el FDL se requiere formular, inscribir, y registrar un nuevo proyecto de inversión local. Que, en concordancia con lo señalado en el CONFIS, se asignó al FDL de Bosa la suma de $1.382.600.000, distribuidos así: $670.000.000 para infraestructura en seguridad; $133.000.000 para dotación de organismos de seguridad; 205.000.000 para sistemas de video vigilancia; $200.000.000 para temas de cultura y; $174.600.000 para temas de fortalecimiento institucional en la línea de gestores.
Que en la Circular CONFIS N° 05 del 05 de abril de 2023, se comunica que en sesión N° 03 celebrada el día 31 de marzo de 2023, el CONFIS emitió Concepto Favorable a una adición en el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023 para 15 Fondos de Desarrollo Local, por un valor total de $49.610.639.321, conforme al siguiente detalle: | No FDL | FDL | 01 INGRESOS | 02 GASTOS ---|---|---|--- 012 Recursos de capital | 023 Inversión 1 | Usaquén | 1.757.724.231 | 1.757.724.231 2 | Chapinero | 1.183.307.968 | 1.183.307.968 3 | Santa Fe | 3.165.950.019 | 3.165.950.019 4 | San Cristóbal | 2.872.863.753 | 2.872.863.753 6 | Tunjuelito | 3.596.762.443 | 3.596.762.443 7 | Bosa | 3.716.708.223 | 3.716.708.223 8 | Kennedy | 2.226.031.671 | 2.226.031.671 10 | Engativá | 4.189.552.852 | 4.189.552.852 11 | Suba | 289.541.578 | 289.541.578 12 | Barrios Unidos | 1.235.221.178 | 1.235.221.178 15 | Antonio Nariño | 2.323.633.710 | 2.323.633.710 16 | Puente Aranda | 1.700.615.942 | 1.700.615.942 17 | La Candelaria | 3.634.411.869 | 3.634.411.869 18 | Rafael Uribe Uribe | 6.064.576.671 | 6.064.576.671 19 | Ciudad Bolívar | 11.653.737.213 | 11.653.737.213 | TOTAL ADICIÓN | 49.610.639.321 | 49.610.639.321 Que los recursos a adicionar provienen de la Conciliación judicial parcial - Convenio interadministrativo de cooperación No. 1292 de 2012, referencia 25000-2336-000-2018-00343-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Tercera Subsección C, que estableció un mono a liberar por $49.610.639.321 correspondiente a los saldos de los recursos existentes en el mencionado Convenio, que no fueron ejecutados, pero que sí fueron aportados por los Fondos de Desarrollo Local y sus respectivos rendimientos financieros.
Que, conforme a lo establecido, los recursos a adicionar deben ser destinados a la línea de inversión de Infraestructura, asociada a Movilidad y el Espacio Púbico, específicamente a la conservación de malla vial y espacio público y al mantenimiento y/o dotación de parques, de acuerdo con las solicitudes presentadas por los Alcaldes locales, consolidada por la Secretaría de Gobierno según Consejo Local de Alcaldes del 29 de marzo de 2023.
Que, conforme a la distribución realizada en la Circular N° 05 del CONFIS, se asignó al FDL de Bosa la suma de $ 3.716.708.223, distribuidos así: $ 2.601.695.756 para conservación de malla vial y espacio público y; $1.115.012.467 para mantenimiento y/o dotación.
Que la Secretaría Distrital de Planeación mediante oficio N° 2-2023-32414 del 30 de marzo de 2023, emitió concepto para la inclusión de recursos liberados del acuerdo conciliatorio parcial Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 1292 de 2012.
Que por lo anterior y previo el trámite respectivo, mediante Acuerdo Local No. 008 de 2022 se expide el presupuesto de ingresos y gastos e inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2023.
Que el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993- Estatuto Orgánico de Bogotá, prevé que, cuando existan asuntos prioritarios cuya deliberación no pueda tratarse en sesiones ordinarias, los alcaldes o alcaldesas locales pueden convocar a la Junta Administradora Local a sesiones extraordinarias por el tiempo que se señale y para ocuparse de los asuntos que se sometan a su consideración.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Convocar a sesiones extraordinarias de la Junta Administradora Local de Bosa entre el 5 y el 13 de mayo de 2023, inclusive, a efectos que se debatan de forma exclusiva los siguientes temas: i) Discusión y aprobación de la incorporación de excedentes financieros y adición del Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023.
Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141537).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de mayo del año 2023.
LIZETH JAHIRA GONZÁLEZ VARGAS
Alcaldesa Local de Bosa
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