Decreto Local 009 de 2023
Decreto Local 009 de 2023 Alcaldía Local de Usaquén
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 009
- Año
- 2023
- Fecha
- 4 de mayo de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de Usaquén
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 009 DE 2023
(Mayo 04) _Por el cual se adiciona el presupuesto de la Vigencia Fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, de conformidad con el Acuerdo N°[002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140857)aprobado por la Junta Administradora Local el 03 de mayo de 2023_
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 31 numeral 2 literal [c](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.2.l.c) del Decreto N° 372 de 2010 _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -F.D.L”_ dispone frente a la adición por Excedentes Financieros: _“Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las obligaciones por pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá éste ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultara criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”._ Que, según el artículo [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) del Decreto 372 de 2010, establece que el CONFIS determinará la cuantía de los excedentes financieros que entraran a hacer parte de los recursos de capital del presupuesto Distrital, con destinación a los Fondo de Desarrollo Local - FDL. Que, según el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, el excedente financiero de los FDL se distribuirá entre las localidades con criterio de eficiencia por parte del CONFIS. Que, a 31 de diciembre de 2022, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $968.302.264. Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular 04 del 05 de abril de 2023, y conforme a lo establecido en los artículos [37°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto 372 de 2010, comunicó la decisión tomada en su sesión N° 03, celebrada el 31 de marzo 2023, indicando que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2022, al Fondo de Desarrollo Local de Usaquén se le asignó una partida de $862.243.486. En este sentido, se incorporarán estos recursos recibidos al presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2023 a los componentes: Usaquén con Acceso a la Justicia $172.643.486, Usaquén Fortalecida y Segura $315.000.000, Usaquén Cultura Creativa y Diversa $200.000.000 y Fortalecimiento Local y Participativo $174.600.000. Por otra parte, mediante Circular Confis N° 05 de 2023, en sesión No. 03 celebrada el día 31 de marzo de 2023 de acuerdo con lo establecido en el literal [f](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.f)) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, y en el artículo [31°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto Distrital 372 de 2010, emitió Concepto Favorable a una adición en el Presupuesto de Ingresos y Gastos 2023 para 15 Fondos de Desarrollo Local, por un valor total de $49.610.639.321 de los cuales para el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén le correspondieron $1.757.724.231. Los recursos provienen de la Conciliación judicial parcial - Convenio interadministrativo de cooperación No. 1292 de 2012, referencia 25000-23-36-000-2018- 00343-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Tercera Subsección C, que estableció un monto a liberar por $49.610.639.321 correspondiente a los saldos de los recursos existentes en el mencionado Convenio, que no fueron ejecutados, pero que sí fueron aportados por los Fondos de Desarrollo Local y sus respectivos rendimientos financieros. Los recursos a adicionar deberán ser destinados a la línea de inversión de Infraestructura, asociada a Movilidad y el Espacio Púbico, específicamente a la conservación de malla vial y espacio público y al mantenimiento y/o dotación de parques, conforme al siguiente detalle y de acuerdo con las solicitudes presentadas por los Alcaldes locales, consolidada por la Secretaría de Gobierno según Consejo Local de Alcaldes del 29 de marzo de 2023, de los cuales para el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén son para Conservación de malla vial y espacio público $1.230.406.962 y para Mantenimiento y/o dotación Parques $527.317.269 Que, el 30 de marzo de 2023, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable N° 2-202332394, sobre la modificación a la inversión – adición de recursos de inversión por liberación de saldos y rendimientos financieros. Que, el 17 de abril de 2023, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable N° 2-202338476, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes. Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2023, los recursos asignados por el CONFIS. Que, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el proyecto acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos para Excedentes Financieros como para saldos y rendimientos financieros derivados del Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 1292 de 2012. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, la Junta Administradora Local de Usaquén, remitió el Acuerdo Local N° 002 de fecha 03 de mayo de 2023, aprobado el mismo día. Que, el Alcalde Local de Usaquén sancionó el Acuerdo Local N° [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140857) de 2023 el día 04 de mayo de 2023. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, por valor de DOS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DIECISIETE PESOS ($ 2.619.967.
717. M/CTE , conforme al siguiente detalle: [Corregido por el art. 1, Decreto Local 011 de 2023.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142178#1) _< El cuadro de clasificación corregido es el siguiente>_ | CÓDIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- O1 | INGRESOS | $ 2.619.967.717 O12 | RECURSOS DE CAPITAL | $ 2.619.967.717 O1202 | EXCEDENTES FINANCIEROS | $ 862.243.486 O120203 | Fondos de Desarrollo Local | $ 862.243.486 O1213 | Reintegros y Otros Recursos no Apropiados | $ 1.757.724.231 O121301 | Reintegros | $ 1.757.724.231 TOTAL INGRESOS | | $ 2.619.967.717**
** _El cuadro de clasificación_
_original_
_era el siguiente:_**
_CÓDIGO_ | _NOMBRE_ | _VALOR_ ---|---|--- _O1_ | _INGRESOS_ | _$ 2.619.967.717_ _O12_ | _RECURSOS DE CAPITAL_ | _$ 2.619.967.717_ _O1202_ | _EXCEDENTES FINANCIEROS_ | _$ 862.243.486_ _O120203_ | _Fondos de Desarrollo Local_ | _$ 862.243.486_ _O1205_ | _Rendimiento Financieros_ | _$ 1.757.724.231_ _O120502_ | _Depósitos_ | _$ 1.757.724.231_ _O12050205_ | _Recursos Propios de Libre Destinación_ | _$ 1.757.724.231_ _TOTAL INGRESOS_ | __ | _$ 2.619.967.717_ Artículo 2. Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, por valor de DOS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DIECISIETE PESOS ($ 2.619.967.717) M/CTE., conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- O2 | GASTOS | $ 2.619.967.717 O23 | INVERSION | $ 2.619.967.717 O2301 | DIRECTA | $ 2.619.967.717 O230116 | Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI | $ 2.619.967.717 O23011601 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política | $ 200.000.000 O2301160121 | Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural | $ 200.000.000 O23011601210000001992 | Usaquén cultura creativa y diversa | $ 200.000.000 O23011602 | Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática | $ 527.317.269 O2301160233 | Más árboles y más y mejor espacio público | $ 527.317.269 O23011602330000001945 | Parques más verdes y activos | $ 527.317.269 O23011603 | Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación | $ 487.643.486 O2301160348 | Plataforma institucional para la seguridad y justicia | $ 487.643.486 O23011603480000001951 | Usaquén con acceso a la justicia | $ 172.643.486 O23011603480000001956 | Usaquén fortalecida y segura | $ 315.000.000 O23011604 | Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible | $ 1.230.406.962 O2301160449 | Movilidad segura, sostenible y accesible | $ 1.230.406.962 O23011604490000001954 | Movilidad sostenible local | $ 1.230.406.962 O23011605 | Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente | $ 174.600.000 O2301160557 | Gestión Pública Local | $ 174.600.000 O23011605570000001949 | Fortalecimiento local y participativo | $ 174.600.000 Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.
Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140837).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 4 días del mes de mayo del año 2023.
JAIME ANDRÉS VARGAS VIVES
Alcalde Local de Usaquén
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto Local 008 de 2025
DECRETO LOCAL 008 DE 2025 (Septiembre) Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Ru…
-
Decreto Local 008 de 2020
Por el cual se Conforma y reconoce a los miembros elegidos del Consejo de Planeación Local de Usaquén 2020-2023 EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN, (E) En uso de sus …
-
Decreto Local 005 de 2014
DECRETO LOCAL 005 DE 2014 Por el cual se convoca a los integrantes de la Junta Zonal de Seguridad y Convivencia de la Localidad de Antonio Nariño, de la anteri…
-
Decreto Local 004 de 2007
DECRETO LOCAL 004 DE 2007 "Por medio del cual se conforma la Comisión Ambiental Local, de acuerdo al decreto 697 de 1993, LA ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES En …
-
Decreto Local 013 de 2004
DECRETO LOCAL 013 DE 2004 Por medio del cual se liquida el Acuerdo Local No. 006 de 2004, mediante el cual se aprueba el Presupuesto de la Localidad de Chapine…