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Decreto Local 003 de 2023

Decreto Local 003 de 2023 Alcaldía Local de Engativá

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2023
Fecha
21 de abril de 2023
Entidad
Alcaldía Local de Engativá
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 003 DE 2023

(Abril 21) __ _Por el cual se convoca a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Engativá del veinticuatro (24) al veintiocho (28) de abril de 2023_ __ En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, y __

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 1421 de 1993, en su artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) establece que “ _Las juntas administradoras locales se reunirán, ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1o.) de marzo; el primero (1o.) de junio; el primero (1o.) de septiembre, y el primero (1o.) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más._También_ _se reunirán extraordinariamente por convocatoria_ _que les haga el respectivo alcalde_. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración_” (Subrayado y negrilla fuera de texto). __ Que de conformidad con el artículo [73](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#73) del Decreto Ley 1421 de 1993 se instituye que “ _El alcalde local instalará y clausurará las sesiones ordinarias y extraordinarias de las juntas administradoras y deberá prestarles la colaboración necesaria para garantizar su buen funcionamiento. Las juntas no podrán sesionar fuera del lugar señalado como sede oficial. Sin embargo, previa convocatoria efectuada con la debida antelación, podrán sesionar en sitio distinto para escuchar a las comunidades_ ”. __ Que el Acuerdo Local No.[001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53985)de 2013 por medio del cual se crea el reglamento interno de la Junta Administradora Local de Engativá, en el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53985#65) (modificado por el art. [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=128661#4) del Acuerdo Local 02 de 2022) se determinan las clases de sesiones de la Junta Administradora Local de Engativá indicando que “ _Las sesiones de la Junta Administradora Local de Engativá son públicas, con las limitaciones establecidas en el presente reglamento. Reglamentariamente se dividen en ordinarias, extraordinarias, y de comisiones permanentes. 1. SESIONES ORDINARIAS. Son las que se efectúen por derecho propio._2. SESIONES_ _EXTRAORDINARIAS. Son las que son convocadas por el Alcalde Local y/o previa solicitud de la_ _Mesa Directiva de la Corporación. En este evento_ _sesionarán por el término que señale el alcalde_ _local y únicamente se ocuparán de los asuntos_ _que él someta a consideración_ _._ 3. SESIONES DE COMISIONES PERMANENTES. (Modificado por el art. 41, Acuerdo Local 002 de 2021). Son las que se desarrollan en días diferentes a las ordinarias y extraordinarias para el estudio de proyectos en primer debate y temas de su competencia para el normal funcionamiento de la Corporación.4. SESIÓN CONJUNTA. Es aquella convocada para tramitar asuntos comunes de las Comisiones. Las comisiones permanentes podrán convocar a sesión conjunta cuando lo consideren necesario y será presidida por la Presidencia de la Corporación (…)”_ (Subrayado y negrilla fuera de texto). __ Que la Junta Administradora Local para el lapso del veinticuatro (24) de abril del 2023 al veintiocho (28) de abril del 2023, no se encuentra en sesiones ordinarias y según el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993 “ _(…) También _se reunirán extraordinariamente_ por convocatoria que les haga el respectivo alcalde. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que el mismo someta a consideración_” (Subrayado y negrilla fuera de texto). __ Que con el Oficio JAL-183-2023 (20-04-2023) la Presidenta de la Junta Administradora Local de Engativá solicitó “ _(…) convocatoria de la Junta Administradora Local de Engativá a sesiones Extraordinarias desde el lunes, 24 de abril hasta el viernes, 28 de abril de 2023. Lo anterior con el fin de que la Junta Administradora Local de Engativá pueda tratar temas de trascendental importancia para la localidad como lo es el _Proyecto_ _de Acuerdo No. 01 de 2023 “por el cual se efectúa una adición por valor de $4.889.152.852 en el_ _presupuesto de ingresos y gastos e inversión del_ _Fondo De Desarrollo Local De Engativá para la_ _vigencia fiscal 2023 al interior del agregado presupuestal de gastos de inversión_ ”” _(Subrayado y negrilla fuera de texto). Esta petición quedó cargada en el Sistema de Gestión Documental Orfeo con el No. 20236010075522 (21-04-2023). __ Que se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local de Engativá a sesiones extraordinarias para darle trámite al “ _Proyecto de Acuerdo No. 01 de 2023 por el cual se efectúa una adición por valor de $4.889.152.852 en el presupuesto de ingresos y gastos e inversión del Fondo De Desarrollo Local De Engativá para la vigencia fiscal 2023 al interior del agregado presupuestal de gastos de inversión”_. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Primero. Convocar a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Engativá para el periodo comprendido entre el veinticuatro (24) de abril del 2023 y el veintiocho (28) de abril del 2023. __ Segundo. En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local de Engativá se ocupará de darle trámite al Proyecto de Acuerdo No. 01 de 2023 “ _por el cual se efectúa una adición por valor de $4.889.152.852 en el presupuesto de ingresos y gastos e inversión del Fondo De Desarrollo Local De Engativá para la vigencia fiscal 2023 al interior del agregado presupuestal de gastos de inversión_ ”. __ Tercero. Una vez la Junta Administradora Local de Engativá aborde, analice, sintetice, y concluya el tema relacionado con el objeto de la convocatoria, se darán por terminadas las respectivas sesiones extraordinarias, periodo que no podrá superar el veintiocho (28) de abril de 2023. __ Cuarto. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140358). __ PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de abril del año 2023.

ÁNGELA MARÍA MORENO TORRES

Alcaldesa Local de Engativá

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