Decreto Local 006 de 2023
Decreto Local 006 de 2023 Alcaldía Local de Usaquén
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 006
- Año
- 2023
- Fecha
- 21 de abril de 2023
- Entidad
- Alcaldía Local de Usaquén
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 006 DE 2023
(Abril 21)
_Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén con el fin de estudiar la viabilidad de la determinación y distribución de excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2022_
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN,
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 12 del Decreto Ley 107 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que la Alcaldesa Mayor de Bogotá por medio del Decreto Distrital No [107](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92052) de 2020, nombró a Jaime Andrés Vargas Vives de las funciones de Alcalde Local código 030 Grado 05 de la Alcaldía Local de Usaquén. Que, conforme con lo previsto en el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993, la Junta Administradora Local se reunirá extraordinariamente por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local; evento en el cual sesionará por el término que este le señale y para ocuparse exclusivamente de los asuntos que el mismo someta a su consideración. Que, de conformidad con lo establecido en el numeral [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94300#37.n.2) del artículo treinta y siete (37) (sic) del Acuerdo Local [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104012) de 2021, Por medio de la cual se modifica el Acuerdo No. [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94300) de 2020 que corresponde al reglamento interno de la corporación, se establecen mecanismos de socialización de informes de gestión y transparencia de la Junta Administradora Local y se dictan otras disposiciones, las sesiones extraordinarias son aquellas que _“convoca el Alcalde Local por iniciativa propia (…) Durante estas sesiones la corporación únicamente se ocupará de los asuntos para la cual fue convocada, la convocatoria a las sesiones extraordinarias debe hacerse por el Alcalde Local de Usaquén por medio de un Decreto Local, debidamente publicitado a los miembros de la Junta Administradora Local de Usaquén”_ Que de conformidad con las disposiciones contenidas en la Circular CONFIS No. [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140317) del 05 de abril de 2023, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal en sesión No. 03 llevada a cabo el día 31 de marzo de 2023, aprobó modificación a _“Los Lineamientos De Política Para Las Líneas De Inversión Local 2021-2024 y Presupuestos Participativos”_ Que conforme con lo anterior, se considera pertinente convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Usaquén, con el propósito de que se encarguen exclusivamente de estudiar la viabilidad de la Determinación y distribución de excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2022. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Convocar a la Junta Administradora Local de Usaquén, a sesiones extraordinarias para el periodo comprendido entre el Veintitrés (23) de abril y el siete (7) de mayo de 2023. Artículo 2. En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local se ocupará de estudiar la viabilidad de la distribución de los excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2022, determinados por el CONFIS Distrital en la sesión No. 03 llevada a cabo el día 31 de marzo de 2023, conforme a lo establecido en los artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37)° y [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38)° del Decreto Distrital 372 de 2010, de los recursos destinados para la Localidad de Usaquén. Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140297) PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de abril del año 2023. JAIME ANDRÉS VARGAS VIVES**
ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN
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